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La Audiencia Nacional deja en libertad al juez para que decida si procesa a los administradores del Banco de Levante

La Audiencia Nacional ha dejado al juez instructor libertad de criterio para que decida sobre los procesamientos por apropiación indebida, estafa y falsedad solicitados por el fiscal contra José Miguel Garrigues Walker, José Antonio Madruga Castaño, Ildefonso Santos Bustos, Alfredo de Matías Hernández, Antonio Reneses Sanz, Alberto Echávarri Suberbiola y Manuel Nucier Ferradal, antiguos miembros del consejo de administración del Banco de Levante (comprado, tras su paso por el Fondo de Garantía de Depósitos, por el Citibank).

Esta decisión de la Sección Tercera de la Audiencia Nacional revoca otra de esta misma sección en la que ordenaba al juez que procesara a los citados administradores del Banco de Levante por los delitos citados. Sin embargo, un defecto formal en aquella resolución, consistente en que se admitió un recurso del fiscal en el que pedía el procesamiento cuando no estaba legalizado para hacerlo, ya que no había presentado recurso de reforma contra el auto del juez en que denegaba los procesamientos, ha motivado la modificación del criterio anterior.La Audiencia Nacional estima que existen indicios racionales de criminalidad en la actuación de los administradores del Banco de Levante citados, pero señala que "no resulta aconsejable" que el tribunal acuerde los procesamientos sin que lo haya pedido previamente la acusación, pues sería contrario a su papel "imparcial". No obstante, añade la audiencia, una vez que se practiquen nuevas diligencias, las acusaciones podrán pedir nuevamente los procesamientos de los administradores, y si el juez instructor, Carlos Divar, los niega, estarán legitimadas para recurrir tal decisión ante esta audiencia, que podrá entonces ordenar al juez que dicte los procesamientos.

En la actualidad, se ha solicitado a la Bolsa de Madrid que certifique la cotización de los títulos de Renta Inmobiliaria en 1979, 1980 y 1981, y al Fondo de Garantía de Depósitos que informe sobre cuál ha sido el perjuicio que han sufrido los depositantes del Banco de Levante.

Indicios probables

En el auto dictado el 6 de febrero pasado la Audiencia concluía que existían indicios racionales de criminalidad suficientes contra el Banco de Levante, y por consiguiente procedía que el instructor dirigiera el procedimiento contra los querellados, y que no existían indicios de criminalidad contra los miembros del consejo de administración nombrados por el Fondo de Garantía de Depósitos.El fiscal de la Audiencia Nacional presentó en julio de 1983 una querella criminal contra los miembros del Consejo de Administración del Banco de Levante por presuntos delitos de estafa y falsificación de documento mercantil. La querella estaba dirigida contra José Miguel Garrigues, Madruga, Santos, De Matías, Reneses, Echávarri y Nucier -representante de Liga Financiera, SA-, así como contra aquellos administradores de compañías que, de acuerdo con el Banco de Levante, realizaron los presuntos hechos delictivos.

El fiscal consideraba que existió delito de estafa de acuerdo con los artículos 528 y 529 del Código Penal, y que al concurrir las agravantes de afectar a múltiples perjudicados y el alto valor de la defraudación, la pena que corresponde es la de prisión mayor, es decir, de seis años y un día a 12 años. Para la comisión del delito de estafa, según el fiscal, fue necesaria una falsificación de documento mercantil.

Estos presuntos delitos se derivan de la compra de acciones de Inmoleasing, SA, por parte del Banco de Levante; la compra de un edificio en la calle de Serrano, de Madrid; la admisión de más de seis millones de acciones de Renta Inmobiliaria, SA, como pago de deudas al Banco de Levante; la compra de Artefondo; el levantamiento de garantías sobre créditos comerciales; los créditos a sociedades del consejero del banco Luis Miguel Colino y su anulación de forma atípica, y las alteraciones de los balances y cuentas de resultados y su incidencia fiscal.

El servicio de inspección del Banco de España realizó una investigación en diciembre de 1981 sobre el Banco de Levante que concluyó con la verificación de una apariencia documental y contable que no se correspondía con la realidad objetiva. El Banco de España nombró tres interventores provisionales y decidió cancelar la totalidad de las reservas del Banco de Levante absorbiendo las pérdidas; reducir el capital social en casi 2.000 millones de pesetas, dejando el valor nominal de cada acción en una peseta, y ampliar simultáneamente el capital, con aportación de efectivo, en 5.500 millones.

Todos los administradores del Banco de Levante dimitieron de sus cargos a raíz de estos acuerdos del Banco de España.

El fiscal entiende que esos hechos son una parte pequeña de las actividades fraudulentas y delictivas derivadas de la coincidencia de intereses del Banco de Levante y una serie de sociedades vinculadas al mismo.

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