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La muerte de ‘Yako’ también tenía un precio

El juzgado de lo Penal número 2 de Santiago condena a dos hombres a un año de prisión por colgar, apalear y disparar a un pastor alemán en A Pobra

Un can en una perrera en Cataluña.
Un can en una perrera en Cataluña.Carles Ribas

Matar a un perro sigue costando poco, pero al menos en Galicia ya empieza a tener un precio. La tortura de Yako, un pastor alemán que fue colgado en su propia vivienda, apaleado y acribillado a perdigonazos el 16 de noviembre de 2015, también va a salir cara, aunque solo sea por las costas procesales que tendrán que pagar los autores. El miércoles la juez de lo Penal número 2 de Santiago, Elena Fernández Currás, sumó esta nueva sentencia condenatoria a la escasa colección de decisiones judiciales que han castigado hasta ahora el maltrato animal en la comunidad. Un padre y un hijo de Santa Cruz (A Pobra do Caramiñal, A Coruña) han sido condenados a un año de prisión y tres de inhabilitación para cualquier tipo de actividad con animales, además de al pago de las costas, incluidas las de la acusación popular que ejerció el grupo animalista Vox Ánima, por la brutal muerte de Yako, el perro de la casa. Se trata de una de las condenas más rotundas que se han dictado hasta ahora en algún juzgado gallego.

Un vecino denunció los hechos, y su valentía fue clave para que la investigación abierta en el juzgado de Instrucción 3 de Ribeira acabase traduciéndose en una condena, que sin embargo todavía se puede recurrir y no alcanza por completo las aspiraciones de la acusación. La fiscalía y la abogada de Vox Ánima, María de los Ángeles Horta, pedían 18 meses de cárcel, el escaso margen que les permitía la ley y que ni siquiera es suficiente para que los condenados lleguen a ingresar realmente en prisión. Por su parte, la defensa de estos vecinos de la comarca do Barbanza exigía la libre absolución por no considerarlos "autores de delito alguno".

Probablemente eso mismo, que no cometían ningún delito penado por la ley, pensaban A.R.V. y su hijo S.R.H. el día que decidieron castigar hasta la muerte a Yako el pastor. Aunque cuando irrumpió en la casa la Guardia Civil trataron de ocultar los hechos con una serie de mentiras contradictorias que ni los agentes ni la juez creyeron. La magistrada considera probado que sobre las seis y media de la tarde del 16 de noviembre de 2015 el padre golpeó con un objeto contundente al can del que era dueño su hijo, en presencia de este, que ni siquiera trató de impedirlo. El vecino de la casa de al lado se asomó a la ventana al oir los gemidos del perro y vio al animal colgado en el cobertizo, mientras su verdugo lo golpeaba. Salió a increparlo y entonces, según él, el acusado dejó de apalear al animal y lo "ocultó". Después de aquel día nadie más volvió a ver vivo a Yako, y su supuesto cadáver "en avanzado estado de descomposición" apareció enterrado cerca de la autovía AG-11, a 1,4 kilómetros de la casa de sus dueños, el 9 de diciembre de aquel año.

La necropsia del cuerpo del perro fue reveladora. Yako no solo había sido colgado y apaleado antes de morir con enorme sufrimiento, sino que la causa más probable de su fallecimiento era una "fractura cervical por el impacto de perdigones disparados a muy poca distancia". A pesar del deterioro del cadáver, los veterinarios descubrieron un hematoma en el lado izquierdo del cuello; la fractura de las vértebras 4, 5 y 6, donde aparecieron incrustados perdigones; otro "hematoma severo en la tráquea y el esófago"; y uno más "a nivel dorsal de las costillas".

Las pruebas circunstanciales, las flagrantes contradicciones en el relato de los parientes y el testimonio "claro y contundente" del vecino no dejan lugar a dudas a la juez del Penal número 2: considera a A.R.V. y S.R.H. autores de un delito de maltrato animal aunque solo el primero fuese visto con la vara en la mano. No obstante ha decidido absolver a la esposa y madre, respectivamente, de los condenados, que también estaba en la casa y supuestamente encubrió el delito cuando llegaron los guardias civiles. La magistrada entiende que la mujer no tenía "capacidad para impedir lo que estaba haciendo su marido".

Cuando el vecino gritó a los condenados para que dejasen de maltratar al perro, estos "no le negaron" que lo estuviesen apaleando. En su lugar, trataron de justificar su acción diciéndole que el pastor alemán había mordido al hijo en el brazo. Pero el hombre avisó a la policía y esta alertó a la Guardia Civil.

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Los agentes llegaron tan rápido que a la familia no le dio tiempo de borrar las huellas del delito. En el lugar donde el perro había estado colgado había una gran mancha de sangre y restos de pelo. También un trozo de madera roto y ensangrentado. El hombre improvisó una respuesta: contó a los investigadores que había "sacrificado un gallo" para comer, pero en la mancha de sangre "no había plumas", sino pelos. Además, ni él ni su esposa pudieron enseñar el ave muerta, a pesar de que uno de los cónyuges dijo que estaba "en la nevera" y el otro, "en un capacho". El perro no estaba, contaron también, porque había "desaparecido". Pero mientras el padre aseguraba a los agentes que Yako faltaba desde hacía "unos días", el propietario del can contaba que se había marchado aquella misma tarde.

La sentencia recoge también que la familia insistía en conducir a los agentes a la salida por dentro de la casa, en un intento de que los guardias civiles no descubrieran otro rastro alargado de sangre que penetraba hasta el garaje. Podía ser consecuencia del arrastre del pesado cadáver del can, o bien de la rueda ensangrentada de una carretilla. A los dos días, los investigadores regresaron al lugar para inspeccionar el coche. Al levantar la alfombrilla que había puesta en el maletero (y que no se correspondía con el modelo original del vehículo) hallaron más manchas de sangre en el anclaje del cierre de la puerta; una zona, explica la magistrada, difícil de limpiar.

Yako no "apareció muerto en una cuneta, atropellado o en cualquiera de las formas en que cabría pensar que puede aparecer un perro perdido o abandonado", destaca la juez Fernández Currás. "Lo que sí se encontró, 23 días después de la escena presenciada por el testigo, fue a un perro enterrado". A pesar del estado de descomposición, las fotos del can vivo y muerto han sido suficientes para hacer un estudio "comparativo" que a la magistrada le sirve para confirmar que es el mismo perro. "Coincide en la morfología de sus patas, pezuñas, muslo, hocico, tamaño, raza y pelo con las de Yako", enumera la sentencia, y también los vecinos que conocían al guardián de la casa y vieron el cadáver dan fe de ello.

"El inicial maltrato del animal con un objeto contundente presenciado por el testigo concluyó con la muerte del perro con un arma, hechos estos que revisten los caracteres del delito del artículo 337.1, 2 y 3 del Código Penal", zanja el fallo judicial. El padre es, para la acusación y ahora para la magistrada, "autor material y dominador del hecho", mientras que el hijo es igualmente responsable del delito por ser "conocedor del maltrato" y haber sido parte activa en "su muy probable traslado a otro lugar para darle muerte". "En su condición de propietario del perro, ostentaba una posición de garante que le obligaba a impedir lo que hacía su padre, sin haberlo hecho".

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