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Un jurado popular declara no culpable a una acusada de matar a su marido

La mujer sostuvo durante el juicio que era víctima de malos tratos

Un jurado popular ha declarado este sábado no culpable a la acusada de matar a su marido en Guadix (Granada) en mayo de 2011 al considerar que acabó con la vida de su esposo pero con sus capacidades volitivas alteradas, por lo que ha quedado en libertad. El jurado ha concluido esta tarde su veredicto en el que ha considerado no culpable de un delito de asesinato a Ana María P. H., una mujer de nacionalidad cubana para la que la fiscalía y las acusaciones particulares solicitaban 20 años de cárcel.

Los hechos juzgados desde el lunes en la Audiencia de Granada tuvieron lugar el 25 de mayo de 2011 en el domicilio conyugal, ubicado en la calle Santiago de Guadix, tras una relación matrimonial "deteriorada". La pareja se conoció en Cuba dos meses antes de contraer matrimonio en octubre de 2008, aunque los enfrentamientos y discusiones fueron "constantes".

El jurado ha determinado la no culpabilidad de la mujer por una mayoría simple de cinco votos al argumentar que durante los hechos tuvo temporalmente afectadas sus capacidades cognitivas y volitivas. Los nueve miembros del jurado solo han reconocido por unanimidad que la mujer acabó con la vida de su marido, aunque han considerado que no existen pruebas suficientes para culparla de asesinato, por lo que ha quedado este sábado en libertad.

Durante la última sesión de la vista oral, la fiscalía y las acusaciones particulares mantuvieron su petición de veinte años de cárcel para la acusada, que en el juicio declaró haber sido víctima de malos tratos continuados por parte de su marido. La acusada aseguró que nunca quiso hacerle daño y que el día de los hechos él le había dicho que iba a poner punto y final a la situación insostenible que ambos vivían. En el relato de hechos, tanto la fiscalía como las dos acusaciones particulares, que representan a los hijos y los hermanos del fallecido, tuvieron en cuenta que la procesada pudo sufrir algún tipo de maltrato psicológico -aunque no estuviera acreditado- y eliminaron referencias a unas supuestas prácticas de santería que la mujer realizó tras la muerte de su marido.

La defensa pidió por su parte la libre absolución de su representada al entender que la mujer actuó en legítima defensa y movida por un "miedo insuperable".

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