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Condenada a dos años de cárcel una madre de Infancia Libre por sustracción de menores

La mujer, que recurrirá la sentencia, alega que su hija sufría abusos, que no han sido probados judicialmente. Le ha sido retirada la patria potestad durante cuatro años

María Sosa Troya
Infancia Libre
Madres de Infancia Libre, tras ser invitadas por Podemos al Senado, en 2017.Twitter de Unidas Podemos

El juzgado de lo penal número 11 de Madrid ha condenado a Patricia González, la segunda madre de la asociación Infancia Libre detenida en 2019, a dos años de cárcel y a cuatro años de inhabilitación del ejercicio de la patria potestad por sustracción de menores. El juzgado considera probado que se ocultó con su hija en el municipio madrileño de La Cabrera entre octubre de 2017 y mayo de 2019, cuando fue localizada por la policía. Durante ese tiempo, el padre no supo nada de la menor ni tuvo ningún contacto con ella. González alegó que la alejó de su padre para protegerla, porque sufría abusos sexuales, según le confesó la menor, unas acusaciones que nunca fueron probadas judicialmente y que el padre niega. La niña, que ahora tiene 12 años, vive con él desde el arresto de su madre, a quien lleva dos años sin ver. La mujer recurrirá la sentencia.

González fue la segunda de las madres de Infancia Libre cuyo nombre se hizo público tras ser detenida en 2019. Su arresto se produjo un mes y medio después del de María Sevilla, la presidenta de esta organización, cuyas integrantes solicitaban protección para los menores que sufren abusos sexuales o maltrato intrafamiliar. Sevilla también ha sido condenada por sustracción de menores, una pena que ha recurrido ante el Tribunal Supremo. La Fiscalía archivó en 2020 la causa contra Infancia Libre, abierta después de que la unidad de la Policía Nacional adscrita a los juzgados de la plaza de Castilla emitiera un informe en el que se apuntaba que la asociación operaba como una “organización criminal”, que impulsaba denuncias para perjudicar a los padres.

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El juzgado considera probado que la intención de González fue “alejar a la menor de su padre y desvincularla totalmente del progenitor paterno y apartarla definitivamente tanto de él como del entorno familiar de este”, así que “se llevó a la menor del domicilio en el que residían en la localidad de Madrid, así como del centro escolar al que acudía”. En la sentencia se indica que González “mantuvo oculta a la menor respecto de su padre en un domicilio de la localidad de La Cabrera y sin escolarizar, a fin de evitar que fuera localizada”. En el texto se precisa que a la hora de imponer la pena el juzgado tiene en consideración “el motivo o temor alegado por la madre a que su hija pudiera sufrir un daño, y que en cierta medida fue lo que la movió a realizar la conducta delictiva de la que se le acusa, aunque el mismo no estuviera justificado, al ser sobreseída la causa”.

Durante el juicio, que se celebró el pasado abril, el padre de la niña, Daniel I. Aguirre, declaró, según consta en la sentencia, que “el juzgado de instrucción que siguió el caso dijo que no había abusos sexuales” y que él “se sometió a estudios voluntarios para acreditar que no los había”. Aseguró que “actualmente la niña es feliz” y dijo que era consciente de que su hija “le dijo a su madre lo de los abusos, pero es porque la acusada preparaba a la niña para que dijera eso”. Este viernes, Aguirre ha afirmado que está “conforme con la sentencia”: “Estoy muy contento de que por fin se haya hecho justicia y me gustaría que estas situaciones no se vuelvan a producir, en las que una persona que es inocente es atacada sistemáticamente durante años, acusándole de algo que es totalmente incierto. Me alegra que se haya demostrado que la delincuente era la madre de la niña”, ha dicho.

El abogado de González, Jaime Montero Román, explica que ellos sí recurrirán la sentencia, porque entiende que “no se ajusta a la jurisprudencia del Tribunal Supremo: el progenitor custodio no puede ser condenado por sustracción de menores, aunque incumpla el régimen de visitas”. En 2017, González tenía la custodia de su hija, el padre tenía un régimen de visitas y la patria potestad era compartida. Recientemente, en un procedimiento de medidas provisionales, un juzgado ha otorgado la custodia de la menor al padre. Aún están a la espera de que el juez determine las medidas definitivas.

Durante el juicio, la madre explicó que su hija estaba siendo objeto de abusos sexuales por parte de su padre, porque así se lo aseguró la menor, y que por eso presentó una denuncia. Según consta en la sentencia, González explicó que “después de que la vieran varios especialistas, a los que la niña narraba cosas que no le había contado” a ella, decidió “irse a vivir a La Cabrera”, pero que no estaban escondidas “porque su casa estaba en medio del pueblo”. Añadió que durante su estancia en esa localidad, “la menor fue al colegio de pedagogía activa y también iba a clases extraescolares, tres días a la semana” y que ella, al ser profesora de instituto, también le daba clases. Este viernes, González ha afirmado que “cuatro profesionales certificaron en sus informes que la niña sufrió abusos” y que en “el procedimiento penal para juzgar al padre nunca se les escuchó, que solo se les ha escuchado ahora, en el juicio por sustracción”. “Yo voy a estar peleando siempre por los derechos de mi hija”, ha afirmado. “Espero que algún día se haga justicia, aunque tenga que venir de fuera de España”.

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Sobre la firma

María Sosa Troya
Redactora de la sección de Sociedad de EL PAÍS. Cubre asuntos relacionados con servicios sociales, dependencia, infancia… Anteriormente trabajó en Internacional y en Última Hora. Es licenciada en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid y cursó el Máster de Periodismo UAM-EL PAÍS.

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