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Transparencia afea a Sanidad su opacidad durante la pandemia

El organismo lamenta que el ministerio, que ignora los requerimientos de este organismo, esté dificultando “el derecho constitucional de acceder a la información pública”

Elena G. Sevillano
El director del Centro de Alertas y Emergencias Sanitarias, Fernando Simón, durante su comparecencia el martes.
El director del Centro de Alertas y Emergencias Sanitarias, Fernando Simón, durante su comparecencia el martes.FERNANDO VILLAR (EFE)

El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (CTBG), el órgano oficial que vela por el cumplimiento de la ley de transparencia, está dejando por escrito en sus resoluciones una crítica nada velada al Ministerio de Sanidad, máxima autoridad durante los meses del estado de alarma y responsable por tanto de la gestión de la crisis ocasionada por la pandemia. El Consejo, creado en 2015, afea a Sanidad que esté “dificultando la adecuada protección y garantía del derecho constitucional a acceder a la información pública”. Este ministerio no solo está ignorando la gran mayoría de las peticiones de información de la ciudadanía, sino que tampoco contesta al propio CTBG, que forma parte de la misma Administración.

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Un análisis de las 17 resoluciones emitidas por el órgano de Transparencia respecto de peticiones al Ministerio de Sanidad cursadas desde marzo muestra que en 15 de ellas la respuesta fue el silencio administrativo. En una de las que sí tuvo contestación, Sanidad se limitó a enviar un link que no respondía a lo que pedía el solicitante, que eran expedientes de compra de material sanitario (el CTBG estimó su reclamación). En 11 casos el ministerio ni siquiera mandó alegaciones cuando se las solicitó Transparencia, es decir, ignoró a un organismo público que, aunque es independiente en sus juicios, depende orgánicamente del Ministerio de Política Territorial y Función Pública. Entre las preguntas que no ha querido responder Sanidad durante los meses de la pandemia figuran cuestiones como las reuniones que ha mantenido el ministro, Salvador Illa; con quién y cuándo ha mantenido encuentros Fernando Simón, director del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias; los expedientes de compra de material sanitario; informes o protocolos sobre cuándo pueden los miembros del Gobierno saltarse la cuarentena; actas de reuniones de comités creados para luchar contra la covid-19 y diversa información estadística relacionada con el coronavirus.

Emilio Guichot, catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad de Sevilla y autor de manuales sobre la Ley de Transparencia, califica de “patológico” el comportamiento del ministerio. “La Administración está obligada a contestar; el silencio no es una opción, sino una patología, un incumplimiento de un deber”, asegura. Cuando se produce acerca de información “de la máxima relevancia” como la relacionada con la covid-19, “es lamentable, máxime cuando además, de forma criticada y criticable, se suspendió el plazo para responder durante todo el anterior período de estado de alarma”, añade.

La entrada en vigor del primer estado de alarma, el 15 de marzo pasado, congeló la aplicación de la ley de transparencia durante varios meses al dejar suspendidos los plazos de respuesta (que son de un mes, dos si la información es voluminosa). Las peticiones no se empezaron a tramitar hasta el 1 de junio, cuando se levantó la suspensión de los plazos administrativos, pero la mayoría fueron ignoradas. En esas fechas, durante lo más crudo de la crisis, muchos ciudadanos preguntaron por la composición de los comités de expertos, por los informes que estos elaboraban como guía para las decisiones políticas o por datos estadísticos que el Gobierno no estaba facilitando. Pasados los meses algunas de esas personas, entre las que hay varios medios de comunicación, presentaron reclamaciones ante Transparencia, que las está resolviendo ahora.

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Que la Administración ignore a quien solicita información está siendo cada vez más frecuente, asegura Isaac Martín, profesor de Derecho Administrativo de la Universidad de Castilla-La Mancha y autor de monografías sobre transparencia. No solo Sanidad, sino todos los ministerios y empresas públicas recurren al silencio administrativo. “En algún caso concreto, la falta de respuesta en plazo puede deberse a la falta de dotación de medios adecuados en las unidades de transparencia, pero en la inmensa mayoría de los casos, sencillamente, la no respuesta es la manera de retrasar la obligación de dar acceso a la información”, señala Martín. Y lo ilustra con un ejemplo: en 2019, más del 40% de las reclamaciones que presentaron los ciudadanos ante el CTBG lo hicieron por desestimación presunta, es decir, por silencio administrativo. “Sin duda, es el principal límite al derecho de acceso en la práctica en estos momentos”. Un dato, añade, que no coincide con el del Portal de Transparencia, donde se indica que solo el 1,93 % de las solicitudes incurren en silencio. “Es, sencillamente, falso”, asegura. Las estadísticas de este portal están muy cuestionadas porque, por ejemplo, la Administración suele responder que estima la solicitud pero no facilita la información requerida. En la estadística computa simplemente como pregunta respondida satisfactoriamente.

Sin alegaciones, no hay elementos de juicio

Al menos seis resoluciones dictadas entre septiembre y octubre incluyen el párrafo con el que Transparencia afea a Sanidad su opacidad. Los textos, en los que se dirime si la información solicitada debe entregarse o no, dedican varios párrafos a recordarle al ministerio sus obligaciones: la ley “dispone que la Administración está obligada a dictar resolución expresa y a notificarla”, señala. También critica que no mande alegaciones, algo que “garantiza el principio de contradicción en la tramitación del procedimiento” y permite al Consejo “obtener todos los elementos de juicio necesarios, de tal forma que la resolución atienda a todas las circunstancias que sean de aplicación al caso concreto”. Preguntado acerca del motivo de la falta de cumplimiento de la ley de transparencia, el ministerio no hizo ningún comentario.

A los problemas ya mencionados se suma el del cumplimiento de las resoluciones de Transparencia. Trece de las 17 analizadas son estimatorias, es decir, dan la razón a quien pedía los datos e instan al Ministerio de Sanidad a cumplir. Pero como Transparencia solo puede instar, y no obligar, el departamento que dirige Salvador Illa no está entregando la información. Guichot cree que habría que modificar la ley para dar a Transparencia la potestad de imponer sanciones. Pero más allá de las normas, afirma, “la clave en esta materia es de cultura política de la transparencia, de si el Gobierno y la Administración están dispuestos a cumplir con la ley o a sabotearla”.

Martín opina también que la propuesta de reglamento que desarrolle la ley de transparencia no solucionará el problema porque solo mejorará aspectos muy concretos que no tienen que ver con la falta de cumplimiento. Tampoco la promulgación de una nueva norma, anunciada para 2023. “La mejor opción es una reforma parcial de la actual ley de transparencia para dotar al Consejo de poderes coercitivos y para habilitar una vía de reclamación preferente frente a los casos de silencio administrativo”.

La judicialización del derecho a la información

Emilio Guichot asegura que la falta de voluntad de transparencia de la Administración “abocará siempre a un combate desigual a periodistas, las organizaciones no gubernamentales y los ciudadanos y, en su caso, llevará a victorias tardías, cuando ya la información carezca de valor para conocer y enjuiciar el presente”. El proceso para obligar a un ministerio a entregar un informe o unos datos que Transparencia considera que deben ser públicos puede prolongarse durante años. Cuando este organismo estima una reclamación y la Administración incumple —algo que “se ha incrementado en los últimos años de forma alarmante”— la única posibilidad para el solicitante es acudir a los tribunales “con el consiguiente gasto económico y retraso en la obtención de la información”, asegura Guichot. Esto explica que, de los 200 recursos contencioso-administrativos presentados contra resoluciones de Transparencia sobre la Administración central, solo 32 los hayan presentado particulares.

Lo más común es que sea la Administración la que discrepe de su propio órgano especializado en transparencia y lleve el caso a los tribunales, “algo que resulta injustificable si previamente has guardado silencio y siquiera has hecho alegaciones”, apunta el experto. La elevada litigiosidad ha provocado que el Consejo de Transparencia se encuentre sin medios materiales y económicos. Cuando es la Administración la que recurre, le representa la Abogacía del Estado y Transparencia debe buscar y pagar abogados externos. “La consecuencia de todo ello es que solo años más tarde, si se ha sido muy constante, se obtendrá información que habrá perdido ya el valor para el conocimiento y control de la actuación pública a los que pretende servir la ley de transparencia”, resume Guichot.

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Sobre la firma

Elena G. Sevillano
Es corresponsal de EL PAÍS en Alemania. Antes se ocupó de la información judicial y económica y formó parte del equipo de Investigación. Como especialista en sanidad, siguió la crisis del coronavirus y coescribió el libro Estado de Alarma (Península, 2020). Es licenciada en Traducción y en Periodismo por la UPF y máster de Periodismo UAM/El País.

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