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Los patinetes buscan su sitio en la ciudad

Los municipios retrasan la aprobación de sus ordenanzas a la espera de que la DGT apruebe la normativa nacional, paralizada por la falta de Gobierno

Una joven conduce un patinete eléctrico por el centro de Sevilla.
Una joven conduce un patinete eléctrico por el centro de Sevilla.alejandro ruesga
Eva Saiz
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Marta González se baja de su patinete eléctrico con el que ha llegado a una farmacia del centro de Sevilla en la que trabaja. “Empecé a utilizarlo hace poco más de un año porque con el calor que hace aquí y las distancias era más práctico que ir en bici, donde no paras de sudar, o tener que esperar al autobús”, explica. González es una de los miles de usuarias de los denominados vehículos de movilidad personal (VMP), una terminología que abarca una variedad heterogénea de aparatos propulsados por motor eléctrico y que alcanzan distintas velocidades que han empezado a proliferar por las calles de toda España, rompiendo la tradicional división peatón-vehículo de motor. Su coexistencia con los transeúntes, las bicicletas y el tráfico rodado no está siendo pacífica.

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Las particularidades técnicas y estéticas y el concepto un tanto difuso de lo que es un vehículo de movilidad personal han hecho que no tengan un encaje claro en la mayoría de las ordenanzas municipales que regulan la circulación. El boom de estos aparatos y de las empresas de alquiler que los suministran ha estallado al albur de un vacío legal que ha obligado a algunos Ayuntamientos a tener que redactar instrucciones o nuevas normas para establecer una regulación que ponga cierto orden al caos generado por la presencia de los vehículos de movilidad personal. La DGT dictó una instrucción en 2016, aunque ha reconocido que ha quedado obsoleta por la evolución tecnológica de los modelos. La institución ha redactado un borrador de real decreto para unificar criterios y orientar a los consistorios que están a la espera de esa legislación nacional para aprobar sus propias directrices. La norma debía entrar en vigor en julio, pero el adelanto electoral la ha dejado en un limbo.

Los propios usuarios de estos vehículos son conscientes de la incertidumbre legal, una circunstancia que ha reducido las ventas ante las dudas sobre si los aparatos que quieren adquirir van a cumplir con los requisitos que establezcan las normativas, como reconocen los responsables de Recambios Alamillo, uno de los establecimientos que vende estos aparatos en Sevilla.

El borrador del real decreto define los VMP como vehículos de una o dos ruedas dotados de una única plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos que puedan alcanzar una velocidad máxima de 25 kilómetros/hora. “Al considerarlos vehículos estará prohibido circular por aceras, bajo los efectos del alcohol y con auriculares”, explica Jorge Ordás, subdirector de la DGT. La propuesta de regulación, explica Ordás, es pionera en Europa y está basada en una prenorma europea. “El articulado ahora es sencillo porque lo que queríamos era dar una respuesta inmediata a los Ayuntamientos. En una segunda fase abordaremos temas como la exigencia de seguro, que ahora no es obligatorio, la edad mínima para conducirlos o la obligatoriedad del casco o de chaleco reflectante”, señala.

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La nueva normativa pretende simplificar los tipos de aparatos a dos: los patinetes con motor y plataformas de una o dos ruedas, que pesan 25 kilos y tienen capacidad para una persona (que incluiría a los hoverboards, patinetes eléctricos, skateboards eléctricos y monociclos eléctricos); y los segways y patinetes eléctricos con sillón que pueden alcanzar los 30 km/h. “Ningún VMP podrá circular a más de 25 kilómetros por hora”, señala Ordás.

Todos estos vehículos deberán tener un certificado para la circulación que tendrá que proporcionar el fabricante. El real decreto no obliga a la inscripción, pero sí facilitará el registro del que ya dispone la DGT para tratar de centralizar toda la información. “Sin que eso signifique que los Ayuntamientos no puedan disponer de su propia base de datos”, señala el subdirector. No hay cifras oficiales del número de vehículos de movilidad personal que circulan en España, pero la DGT calcula que están en torno a los 100.000.

Durante el anterior mandato, el Ayuntamiento de Sevilla aprobó por unanimidad el borrador de ordenanza municipal que regulaba los vehículos de movilidad personal, pero las elecciones han retrasado su entrada en vigor. Reconocen, además, que están a la espera de que se apruebe el decreto de la DGT para consensuar el articulado. La misma situación en la que se encuentra Granada, Murcia, Pamplona y Zaragoza, entre otros.

Críticas de los ciclistas

La urgencia ha hecho que ciudades como Barcelona, Málaga, Valencia, Mallorca o Madrid no hayan esperado a que la DGT apruebe el decreto para regular una situación en algunos casos caótica. Los límites de velocidad y de potencia y las condiciones para que algunos de ellos, sobre todo los segways, circulen por el centro urbano son distintas, una circunstancia que desde las asociaciones de usuarios de vehículos de movilidad personal denuncian por la inseguridad que genera. “Un mismo aparato puede ser legal en una ciudad porque tenga el permiso, pero no en otra y del mismo modo, en unas puedo circular y meterlo en un autobús urbano y en otras no, en una puede utilizarlo un chaval de 15 años y en otra no poder circular”, advierte Andrés Nadal, de la asociación Ampe, que agrupa a los usuarios de este tipo de aparatos.

Los vehículos de movilidad personal contribuyen a la movilidad y la sostenibilidad de las ciudades, ofreciendo una vía de solución a la masificación del tráfico y la contaminación, pero la determinación de las vías por las que puedan circular tampoco es pacífica. El decreto de la DGT prohíbe que puedan rodar por las aceras y lo circunscribe a los carriles bici, las zonas 30 y las plataformas donde no hay desnivel acera-arcén, si bien deja a los Ayuntamientos libertad para que acoten estos límites. Las asociaciones de ciclistas reclaman que el carril bici únicamente sea utilizado por bicicletas normales y eléctricas y por cualquier otro vehículo de movilidad personal con las mismas características que las bicicletas propulsadas: potencia no superior a 250 vatios y velocidad máxima de 25 km/h.

Donde asociaciones de ciclistas y de usuarios de vehículos de movilidad personal coinciden es en criticar la prohibición absoluta que contempla la DGT para la circulación en vías interurbanas. “Un niño de 14 años puede ir por autovía en bicicleta, pero no en patinete”, reprocha Nadal. “Los modelos más básicos de estos vehículos hacen 30 kilómetros de recorrido sin problema, por lo que se pueden usar para trayectos interurbanos por la distancia. La DGT no los va a utilizar para recorridos por carretera, pero seguramente todo sea cuestión de innovación tecnológica”. Una innovación que ha revolucionado la forma de moverse en la ciudad, desbordando las previsiones del legislador.

Los reguladores tienen la obligación de evitar ir a la zaga de los avances en el sector y de dar respuesta a las nuevas demandas de los ciudadanos.

Con información de Cristina Vázquez, Lucía Bohórquez, Virginia Vadillo y Nacho Sánchez.

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Sobre la firma

Eva Saiz
Redactora jefa en Andalucía. Ha desarrollado su carrera profesional en el diario como responsable de la edición impresa y de contenidos y producción digital. Formó parte de la corresponsalía en Washington y ha estado en las secciones de España y Deportes. Licenciada en Derecho por Universidad Pontificia Comillas ICAI- ICADE y Máster de EL PAÍS.

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