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Análisis
Exposición didáctica de ideas, conjeturas o hipótesis, a partir de unos hechos de actualidad comprobados —no necesariamente del día— que se reflejan en el propio texto. Excluye los juicios de valor y se aproxima más al género de opinión, pero se diferencia de él en que no juzga ni pronostica, sino que sólo formula hipótesis, ofrece explicaciones argumentadas y pone en relación datos dispersos

Obispos rebeldes ante la Justicia

La maestra de religión casada con un divorciado se reincorpora a la docencia en Almería tras 17 años

Si los obispos creen que seleccionar a los profesores de catolicismo en todas las escuelas españolas es como “la elección de un párroco o decidir el horario de las misas” (así ha opinado el de Almería durante 17 años, empecinado en incumplir leyes y sentencias españolas), prepárense quienes vayan a negociar, más pronto que tarde, el necesario pacto educativo. La idea de la Conferencia Episcopal es que quien manda en la enseñanza religiosa escolar, tan conveniente para acabar con el analfabetismo religioso de los jóvenes, es el Estado vaticano y que sus docentes, escogidos por cada obispo pero contratados y pagados por el Estado (se gasta cada curso en pagarlos 700 millones), deben someterse a sus caprichos, sin derechos laborales y, por tanto, susceptibles de ser despedidos por irse de copas, presentarse a las elecciones por un partido de izquierdas, vivir con un hombre que no es su marido y casarse por lo civil. O porque sí.

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Miles de profesores han sido enviados al paro por motivos tan extravagantes o sin motivo alguno, y cuando los tribunales declaran nulos esos despidos, la jerarquía católica no hace caso de las sentencias. Docentes hay que suman una docena. Lo extravagante es que quien paga las indemnizaciones no es la Iglesia romana, sino el Ministerio de Educación o las correspondientes consejerías autonómicas, allí donde la materia ha sido transferida. Este es el punto del conflicto que le ha parecido “surrealista”, textualmente, al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, cuando anuló por cuarta vez el despido de la profesora Resurrección Galera, enviada al paro por casarse por lo civil, hace 17 años, con el exfuncionario del Parlamento alemán, Johannes Romes.

Comoquiera que sea, los obispos, al negarse a cumplir ocho sentencias que les obligaban a readmitir a Galera, abrieron un debate inevitable: ¿Es posible un pacto educativo sobre la enseñanza de la religión (o de las religiones) en las escuelas sin reformar o anular lo concordado con el Vaticano en esa materia por el entonces dirigente de la Asociación Católica de Propagandistas (ACdP), Marcelino Oreja, que actuó entonces más como súbdito del Vaticano que como ministro de Exteriores en el Gobierno de Adolfo Suárez? Por cierto, la Constitución nada dice sobre que la religión confesional deba enseñarse en las escuelas. Afirma sólo lo lógico, en su artículo 27.3: que “los poderes públicos garantizan el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones”.

Con esa redacción, Oreja entregó a los obispos el privilegio de colonizar las escuelas con sus catequistas y, años más tarde, en 1998, el ministro de Educación del momento, Mariano Rajoy, amplió esos derechos metiéndolos a todos en plantilla en las mismas condiciones que las de los profesores de matemáticas. La Conferencia Episcopal recibió el regalo con regocijo, pero el caramelo llevaba veneno. Desde entonces, pagan con gran desprestigio sus manejos y despidos cuando maltratan a sus docentes como si fueran catequistas, cuando en realidad son profesores con todos los derechos del Estatuto de los Trabajadores.

Es el caso de la profesora Galera, que les ganó ocho sentencias, una del Constitucional, por atentar, el obispo de Almería, contra derechos fundamentales de su docente, el primero de ellos investigando la vida privada hasta averiguar cómo se había casado solo por lo civil. Lo kafkiano (Kafka lleva décadas instalado en ese obispado) es que la diócesis sostuvo, textualmente, que “la señora Galera no fue nunca despedida por el Obispado, pues nunca estableció relación contractual con esta institución; sino que, una vez acabado y extinguido su contrato anual con la instancia civil competente, de acuerdo con lo que establece la normativa, no fue propuesta por la autoridad eclesiástica para el siguiente curso académico”.

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En 2001, cuando fue despedida sin miramientos, Galera enseñaba catolicismo desde hacía siete años en el colegio público Ferrer Guardia, de los Llanos de la Cañada (Almería) y cobraba cada mes 234.000 pesetas (ahora, 1.400 euros), que le pagaba Educación. Se ha disputado en sede judicial sobre la cifra que podría percibir por el despido nulo y por los salarios dejados de percibir en los 17 años que ha durado el pleito. En todo caso, al obispado le sale gratis. Pagará el Ministerio como “auténtico empleador”, pese a que el tribunal tacha al episcopado de “cooperador necesario” en el atropello laboral.

El Constitucional ha sentenciado que, cuando Galera perdió su empleo por casarse por lo civil, se aplastaron varios de sus derechos fundamentales: “a no sufrir discriminación por razón de sus circunstancias personales”; “a la libertad religiosa”; “a su derecho a contraer matrimonio en la forma legalmente establecida”, y “a la intimidad personal y familiar”. Los obispos replicaron que los acuerdos firmados entre el Vaticano y España les permiten hacer eso y mucho más, si quisieran. Y aún se quejan cuando algunos partidos anuncian que semejante concordato (se enfadan por llamar así a los Acuerdos, porque la palabra Concordato esta manchada desde que los últimos firmados por el Vaticano fueron con Hitler, Mussolini y el dictador Franco), debe ser revisado o anulado si de verdad se toma en serio la aconfesionalidad del Estado que proclama la Constitución.

Pero no han sido solo los obispos los rebeldes ante la justicia. Cuando hace un año, convocados por la justicia para decidir cómo ejecutar la definitiva sentencia del Supremo favorable a Galera, la Abogacía del Estado a impulsos del Gobierno Rajoy dijo compartir la tesis episcopal de que era imposible “material y legalmente" cumplirla porque “lo impedían los Acuerdos” (con el Vaticano, como si Galera fuese súbdita de la llamada Santa Sede). Esta fue, textual, la tesis del obispado, ante un perplejo juzgado de lo Social: “El Obispo no está obligado a prestar consentimiento [para volver a contratar a Galera]. Es una actuación de naturaleza religiosa, como la elección de un párroco o del horario de las misas, que nadie piensa deba ser fijado por el Subdelegado del Gobierno [en Almería]”. Lo extravagante fue que el abogado del Estado no solo se unió a tan provocativa disculpa, sino que, incluso, se dijo “atado por una norma supra legal de rango superior al Estatuto de los Trabajadores". Se refería a los dichosos Acuerdos de 1976 y 1979. O sea, al Estado vaticano. Puro Kafka.

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