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tribuna
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Un “agujero negro” llamado califato

La tarea de juzgar a las mujeres yihadistas retornadas de Siria se ve dificultada por la destrucción de todo tipo de información y de pruebas llevada a cabo por el Estado Islámico

Mujeres con niños abandonaban Baghuz (Siria) arrastrando sus pertenencias, el 5 de marzo.
Mujeres con niños abandonaban Baghuz (Siria) arrastrando sus pertenencias, el 5 de marzo.DELIL SOULEIMAN (AFP)
Pilar Cebrián

El desembarco de las dos yihadistas españolas en territorio nacional ha abierto un tortuoso laberinto judicial que puede alargarse durante meses. Unas horas después de entrar en España, las dos mujeres que vivieron en el califato del Estado Islámico (ISIS, en sus siglas en inglés) prestaron declaración ante la Policía para pasar después a disposición de la Audiencia Nacional. Ese mismo día ingresaron en prisión preventiva donde, posiblemente, permanecerán hasta la celebración del juicio. Un juicio que las enfrenta, como ha pedido la Fiscalía, al delito de pertenencia a una organización terrorista.

“No hay ningún fundamento razonable”, insiste por teléfono José Luis Laso, el abogado de las investigadas Yolanda Martínez y Luna Fernández, porque dice que no se puede condenar a unas mujeres por haber sido simplemente “amas de casa” en Siria. Cualquiera arquearía las cejas al observar a dos mujeres cubiertas de pies a cabeza, defendiendo la ley de Alá en la tierra, capturadas en la trinchera más radical del ISIS, negar su implicación delictiva. Pero la acusación pública, como ha ocurrido en otros tribunales europeos, va a tener que superar algunos escollos para incriminar a las españolas retornadas del califato.

“Nos enfrentamos a un agujero negro de pruebas”, me explicó en 2019 el inspector de la CGI —la Comisaría General de Información de la Policía Nacional— que en ese momento construía el informe sobre la imputación. Se refería a que las infranqueables fronteras de los dominios yihadistas en Siria e Irak han albergado uno de los períodos más negros de la historia. Los bombardeos, el apagón de internet, la ausencia de periodistas o el secretismo entre los adeptos han arrasado cualquier tipo de información o pruebas. Y por eso no hay rastro, archivo, censo o documento de lo que los integrantes foráneos han hecho en su paso por el ISIS.

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En otros países, como en Alemania, los jueces se han servido de los pocos fragmentos que emergían a la superficie, como el proselitismo que difundían estas mujeres en las redes sociales o sus conversaciones por wasap, para emitir una resolución. Por ejemplo, el mensaje que la alemana Romiena Scheer envió a su madre sobre la asistencia con su hija a una lapidación, o los comentarios que publicó en Twitter apoyando el atentado de Niza, sirvieron después a un tribunal para acusarla de integración en una organización terrorista. Sin embargo, en los últimos años, no se han descubierto pruebas semejantes sobre el periplo de las españolas.

Cuando entrevisté a Yolanda Martínez en los campamentos de prisioneros en Siria, ella me respondió que se había desplazado al conflicto engañada por su marido y que había pasado los días simplemente al cuidado de una numerosa prole: “Yo he estado estos cinco años y medio con mi familia, con mis cuatro hijos, a los que quiero un montón, pero no hemos hecho nada ilegal”. Puede que cueste creer la inocencia de estas mujeres, quienes al fin y al cabo participaron durante años en un entorno radical. Pero no está claro que su mera presencia en el califato pueda encausarlas como terroristas sino que esto permita presentarlas como víctimas de sus propios esposos.

Precisamente la CGI ha trabajado estos últimos cuatro años para demostrar, por primera vez en las actuaciones de la policía judicial, que la mujer en la yihad “es un integrante activo en la organización”, y que, aunque “son mujeres, sus funciones no eran solo aquellas de la crianza”, dicen en el departamento. Pero, ¿a qué funciones se refieren? ¿Se han conseguido demostrar con pruebas? ¿O sirve la noción general de la mujer difundida por la organización para establecer la culpabilidad individual? “Lo demostramos en base a otras francesas que han vuelto del conflicto”, comenta otro inspector, “se trata de establecer un paralelismo”.

La Policía sí conserva una prueba concreta, que ellos consideran concluyente, para probar el delito de integración. Una carta de despedida que Yolanda dejó en su domicilio de Marruecos horas antes de partir a la yihad. Según la transcripción reflejada en la sentencia de la Audiencia Nacional 25/2016, la misiva decía que “ante el conflicto sirio, no hay que quedarse estático y pasar a la acción”. Sobre la carta no ha trascendido más contenido pero, según lo revelado, la defensa podría alegar que Yolanda no confiesa lealtad a ninguna agrupación, porque además la madrileña cruzó la frontera de Siria un mes antes de la instauración del autodenominado califato.

Para ahondar en los propios actos delictivos, la Policía ha tenido que rescatar las pesquisas de un caso anterior: la Brigada al Ándalus (2012-2014), una célula de envío de combatientes a Siria para la que los esposos de Yolanda y Luna desempeñaron un papel fundamental, pero por la que ninguna de las mujeres fue entonces imputada. “Es porque el papel de la mujer no se interpretaba antes como se interpreta ahora”, dice el investigador. Y para ello han retomado las escuchas telefónicas e informes de vigilancia para volver a analizar, diez años más tarde, el nivel de adoctrinamiento y radicalización de aquellos encuentros pasados entre Luna y Yolanda.

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