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Un bombero gana un primer juicio al Ayuntamiento de Madrid: no se puede estar 24 horas activable sin cobrar las horas extra

Si los 83 funcionarios que están en el mismo caso siguen la misma vía judicial, el coste de las sanciones para el Consistorio puede superar los ocho millones

Bomberos del Ayuntamiento de Madrid acudían el 13 de junio a una vivienda del distrito de Fuencarral-El Pardo tras un aviso de incendio.
Bomberos del Ayuntamiento de Madrid acudían el 13 de junio a una vivienda del distrito de Fuencarral-El Pardo tras un aviso de incendio.EMERGENCIAS MADRID (Europa Press)
Berta Ferrero

Mazazo judicial para el Ayuntamiento de Madrid. El juzgado de lo contencioso-administrativo número 29 de Madrid ha dado la razón a un primer oficial de bomberos que denunció que no le pagaran las horas extraordinarias que consideraba que le debían por haber estado desde el principio de la pandemia “activable las 24 horas”, incluso cuando se levantó el estado de alarma. En total, dos años. Eso significaba que debía tener el móvil encendido siempre, incluso en sus días de libranza, y no se podía alejar mucho de la comunidad, tampoco en vacaciones, ya que en 40 minutos debía estar en su lugar de trabajo (60, si estaba justificado) si se lo llamaba. El bombero calculaba, siguiendo la ley que recoge las obligaciones y deberes de los funcionarios, que el Consistorio le debía unos 100.000 euros. Y la jueza le ha dado la razón, según la sentencia a la que ha tenido acceso EL PAÍS, que todavía se puede recurrir: “Por ser tiempo de trabajo, el tiempo de guardia en régimen de disponibilidad no presencial”. Es decir, por haber estado activable entre marzo y junio de 2020, el Ayuntamiento deberá pagarle 20.739,88 euros, por lo que el oficial espera que cuando salga el segundo fallo del tiempo restante que ha estado en esa situación (entre junio de 2020 y marzo de 2022) la cantidad que deberá recibir alcance lo que había estimado al principio.

Este pago extra provocado por la negativa del jefe de Emergencias a cerrar una orden que dio al principio de la pandemia, le puede costar caro al Ayuntamiento de José Luis Martínez-Almeida. Hay 83 afectados ―entre oficiales y suboficiales―, de los que 20 ya habían reclamado lo mismo que el primer oficial y están pendientes de que se celebre su juicio. “Ahora, con esta sentencia, está habiendo un aluvión de denuncias que siguen los mismos pasos”, admiten fuentes del cuerpo de bomberos. La cifra total que puede estar obligado a desembolsar el Ayuntamiento puede alcanzar los ocho millones de euros. Según fuentes del Consistorio, los servicios jurídicos están estudiando “la resolución judicial actual y se va a preparar el recurso”, ya que tienen un plazo de 30 días.

Los oficiales y suboficiales han estado dos años “localizables y disponibles” las 24 horas de cada día, sin excepción, y, por tanto, sin poder salir de la región madrileña. Todo se debía a una instrucción del director general de Emergencias, Enrique López Ventura. La razón esgrimida: la pandemia. Al ser un servicio esencial, el alto cargo, del que dependen los Bomberos de la capital y Samur-Protección Civil, sacó una orden el 15 de marzo de 2020 (que prorrogó después en varias ocasiones) para exigir que estos bomberos estuvieran los 365 del año “activables” por lo que pudiera pasar. Dio igual que el 9 de mayo de 2021 concluyera el estado de alarma y que médicos, enfermeras, técnicos sanitarios, políticos, incluso la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, o el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, destensaran sus agendas y pudieran salir de la región madrileña en su tiempo libre. Estos bomberos no podían hacerlo. Y dio igual que le pidieran al jefe por escrito que, por favor, cerrara aquella instrucción cuando finalizó el estado de alarma.

Hasta que este periódico publicó la denuncia de los afectados el febrero pasado. Fue entonces cuando López Ventura ordenó cerrar aquella orden. Habían pasado justo dos años.

El director de Emergencias se defendió entonces, antes de cerrar la orden, negando la mayor. Argumentó que se trataba de un servicio esencial en una situación extraordinaria y que, por supuesto, el Consistorio no tenía que nada que pagar. “El Cuerpo de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid previene tal medida para los oficiales ante una obligación existente, haya o no pandemia, que ya está establecida desde 1984 por el reglamento”, dijo entonces.

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Eso, sin embargo, era una verdad a medias. En época prepandémica, los mandos de bomberos de Madrid hacían guardias de 24 horas por turnos y tenían un teléfono corporativo para esos días. De esa manera pueden permitirse desconectarlo cuando están librando. Sin embargo, durante esos dos años, si los llamaban y no se presentaban en su puesto de trabajo cualquier día de la semana y en el tiempo estimado, podían cometer una falta disciplinaria grave o muy grave que está sancionada con la “suspensión firme de funciones” que puede acarrear sanciones de hasta seis años sin empleo ni salario, según las normas disciplinarias que regula las obligaciones de los empleados públicos, como los bomberos.

Las quejas, en todo caso, llegaron tiempo después. Según contaron varios de los afectados, los oficiales y suboficiales de bomberos acataron al principio sin problema la instrucción porque consideraban que en una situación excepcional, las medidas debían ser excepcionales. Pero cuando la situación sanitaria se fue relajando para todos y tanto sus superiores como los máximos responsables políticos pudieron permitirse desconectar, ellos se vieron atados por una orden que su superior se negó a cerrar.

Lo primero que hicieron varios afectados fue pedir por escrito el cierre de la instrucción. Este periódico tuvo acceso a la respuesta del propio director de Emergencias a varios de los bomberos, que antes de interponer la demanda en el juzgado decidieron registrar un recurso de reposición, calificado como de alzada. Eso ocurrió hace un año y medio. En aquella respuesta, el máximo responsable de Bomberos insistía en que se trataba de un servicio esencial y que, por supuesto, no se iban a pagar guardias extraordinarias.

“Una cosa es asistir a siniestros fuera del turno de trabajo y otra muy distinta es el desempeño del servicio consistente en estar localizado y disponible en situación de activable”, esgrimió López Ventura a este periódico en febrero. “En ningún caso se establece compensación económica alguna. Se establece la forma de computar esta parte de la guardia que forma parte de su jornada ordinaria de trabajo y no se abonan retribuciones extraordinarias”, insistió en una nota remitida a este periódico a través de un portavoz del Ayuntamiento. “En el acuerdo de condiciones de trabajo del personal de la Escala Técnica del Cuerpo de Bomberos no se regula el abono de guardias extraordinarias a personal que está localizable sin prestar servicio”.

Fuentes del área de Emergencias añaden ahora que el Plan Territorial de Emergencia Municipal del Ayuntamiento de Madrid (PEMAM) siguió activado mucho tiempo después del estado de alarma en nivel naranja, y por eso se mantuvo abierta la instrucción. El nivel naranja constituye el primer nivel de activación, frente a una materialización de un riesgo o situación de emergencia que suponga un extraordinario despliegue de efectivos municipales. “Dos años seguidos no es algo extraordinario”, defienden varios afectados.

El quid del conflicto se centraba, por tanto, en una pregunta: ¿Se debe pagar (o cobrar) por estar siempre disponible? El juzgado de lo contencioso-administrativo número 29 de Madrid piensa que sí, y así lo refleja en su sentencia.

Ahora, el Ayuntamiento tiene 30 días para recurrir. Y previsiblemente será el Tribunal Supremo el que decida, sin pasar por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, ya que la jueza ha aplicado el artículo 86 de la ley de la jurisdicción contenciosa al entender que la sentencia contiene una doctrina que puede ser gravemente dañosa para los intereses generales y que hay más afectados que se pueden adherir al fallo. Si se confirma, “el empecinamiento” del director de Emergencias, según las palabras de varios de sus subordinados, le puede costar a las arcas públicas unos ocho millones de euros. El área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias, dirigida por Inmaculada Sanz, no ha querido responder si exigirá algún tipo de responsabilidad a López Ventura.

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Sobre la firma

Berta Ferrero
Especializada en temas sociales en la sección de Madrid, hace especial hincapié en Educación o Medio Ambiente. Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en EL PAÍS. Es licenciada en Periodismo por la Universidad Cardenal Herrera CEU (Valencia) y Máster de Periodismo de EL PAÍS.

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