_
_
_
_
_

El juez archiva la acusación contra el director general que otorgó las subvenciones a un hermano de Ximo Puig

El PP se querelló por prevaricación y la justicia concluye que las ayudas cumplían con los requisitos de concesión

Ruben Trenzano absuelto
El director general de Política Lingüística de la Generalitat, Rubén Trenzano, a su llegada a la Ciudad de la Justicia de Valencia, en septiembre de 2021.Manuel Bruque (EFE)
María Fabra

El Juzgado de Instrucción número 4 de Valencia ha archivado la causa abierta contra el director general de Política Lingüística de la Generalitat Valenciana, Rubén Trenzano, al que el PP acusó de prevaricación y malversación por las subvenciones concedidas al empresario Francis Puig, hermano del presidente del Consell, Ximo Puig, y a los hermanos Adell Bover, antiguos socios.

En un auto fecha el 10 de mayo, el juez atiende la petición de su letrado que consideró que Trenzano no había incurrido en ninguna conducta delictiva y que no se había acreditado que no se cumplieron los requisitos exigidos para la concesión de la subvenciones. En el escrito, el instructor afirma que no existen indicios suficientes como para mantener la acusación. Es decir, que las ayudas se concedieron legalmente.

Trenzano ya fue absuelto en 2021 de otra querella presentada por el PP en la que le acusaba de supuesta falsedad documental por asegurar, en una carta, que se fiscalizaron las ayudas públicas a la promoción del valenciano concedidas a dos empresas de Francis Puig. Según el PP, ese control no existía. Según aquella sentencia, los testimonios aportados durante el juicio sostienen que “se realizó la comprobación administrativa de la concesión de la subvención en cada una de sus fases (solicitud, justificación y pago) y la comprobación material se realizó en el trámite de justificación en el que además de la documentación correspondiente se aportó el disco duro”.

El PP presentó la querella en 2019. En este tiempo de instrucción, el juez no ha llamado a declarar a Trenzano, que ha estado imputado durante estos años. La instrucción se ha dado por concluida, excepto por las diligencias acordadas hasta ahora entre las que no se encontraba la declaración del director general. : “Continuar la instrucción teniéndole como investigado sería tanto como aplicarle la pena de banquillo”, apela el juez.

Así, el juzgado considera que la administración autonómica no incurrió en ningún delito en la concesión de las subvenciones y que el procedimiento cumplió con la legalidad.

La parte que el juez mantiene abierta, de momento, es la referente a la recepción de esas ayudas. El instructor destaca así que las diligencias pendientes están encaminadas a determinar si hubo delito de fraude de subvenciones por los investigados o una posible falsedad documentación en la actuación de Francis Puig o los hermanos Adell Bover, “delitos en los que ninguna participación tendría Trenzano, pues la querella se dirigía contra él en calidad de director de Política Lingüística por una presunta ausencia de control en su concesión, de los que no hay indicio alguno”, sentencia.

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
Suscríbete

Durante la instrucción, el juzgado ha recibido un informe de la Guardia Civil en el que los agentes advertían: “No va a ser un informe tipo, con conclusiones”. “A modo de resumen, se han encontrado varias irregularidades que pueden deberse a errores humanos o informáticos de mecanización y otro pudieran tratarse de mala fe”, señalaba también el informe que, en cualquier caso, no dirimían cuáles pueden encuadrarse en cada una de las tipologías señaladas. Ante la falta de conclusiones concretas, el titular del juzgado reclamó a los Gobiernos de Cataluña y de la Comunidad Valenciana información sobre las subvenciones recibidas por las empresas en las que trabaja Francis Puig y de las que es accionista, junto con otros socios.

El juez ya cuenta con el informe de la Generalitat de Cataluña, cuyo sistema para la fiscalización de la concesión de subvenciones dista mucho del implantado en el Generalitat Valenciana. Así, la de Cataluña ya ha apuntado que la función de la Intervención de esa administración autonómica se centra en un “control documental dirigido a comprobar el cumplimiento de las disposiciones normativas aplicables y el cumplimiento del objeto y la finalidad” y que no se exige “la aportación de facturas como medio de justificación”, como sí hace la Generalitat Valenciana. “Los documentos portados se presumen válidos y no consta que durante la tramitación administrativa se hubieran puesto de manifiesto indicios de falsesas u otra irregularidad similar”, concluye la Intervención de la Generalitat catalana.

Ahora falta que la administración autonómica valenciana aporte su informe para determinar si existieron irregularidades en la concesión estas ayudas, entre 2015 y 2018, y si se dio un fraude que supere los 120.000 euros, cantidad a partir de la cual se considera un delito de subvenciones.


Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte
_

Más información

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_