La jueza amplía el caso del incendio de las discotecas de Murcia por posible vulneración de derechos de los trabajadores
La instructora acepta la petición de los familiares de una de las víctimas mortales, que trabajaba como camarera sin contrato


La jueza que instruye el caso por el incendio en dos discotecas de Murcia en el que murieron 13 personas va a ampliar la investigación para determinar si los responsables de los locales cometieron posibles delitos contra los derechos de los trabajadores. Accede así a la petición que hizo la familia de una de las 13 víctimas mortales, que la noche del incendio trabajaba de camarera en uno de los locales pero sin contrato.
Desde que se abrió la instrucción a los pocos días del incendio, que tuvo lugar en la madrugada del 1 de octubre de 2023, la jueza ha mantenido como investigadas a seis personas por la posible comisión de 13 delitos de homicidio por imprudencia, uno por cada una de las víctimas mortales. Se trata del gerente de la discoteca Fonda Milagros, donde fallecieron las 13 personas, y tres responsables de la sala Teatre, donde la investigación sitúa el origen del fuego. Además, están investigados el DJ que organizó la fiesta temática que se celebraba esa noche en el local, y el propietario de una máquina de chispas o fuegos fríos que, según los informes policiales, pudo haberse usado de manera negligente y provocar el incendio.
La jueza amplía ahora la investigación abierta a los cuatro responsables de las salas “habiéndose constatado de manera indiciaria la existencia de hechos delictivos nuevos que podrían dar lugar a la comisión de un delito contra los derechos de los trabajadores”, según señala en una providencia notificada a las partes este lunes. La jueza los cita de nuevo a los cuatro a declarar para ahondar sobre este posible delito. Todos ellos pasaron ya por la fase de instrucción para dar su versión sobre el origen del fuego, con acusaciones cruzadas entre ellos.
Fueron los familiares de una de las víctimas mortales, Olga Lucrecia Nieto, conocida como Lula, quienes solicitaron que se ampliara la investigación en este sentido. Su abogada, Rosa Egea, ha recordado a EL PAÍS que varios testigos, entre ellos, el viudo de Nieto, explicaron el pasado 20 de febrero a la jueza la situación irregular de esta mujer, que llevaba años trabajando como camarera y haciendo labores de limpieza en Fonda Milagros sin tener contrato y cobrando en mano. Su marido era también trabajador del local, donde actuaba como animador, una labor que había desempeñado durante dos décadas para el dueño de la sala, y siempre sin contrato. La noche del incendio también estaba en la sala, de la que logró salir con vida, y explicó a la jueza cómo él mismo avisó por un “pinganillo” a otros compañeros cuando se percató del fuego y ayudó a salir a diversos clientes.
La abogada ha señalado que otros testigos que han declarado durante esta fase de instrucción del procedimiento también dejaron patente que tanto en Fonda Milagros como en Teatre había personal sin contrato. Varios empleados de esta última sala testificaron el pasado 6 de marzo y reconocieron además que ninguno —ni siquiera los empleados de seguridad de la sala— había recibido ningún tipo de formación en materia de riesgos laborales, prevención o evacuación. De hecho, la Inspección de Trabajo y Seguridad Social ya impuso una sanción de 100.000 euros a la discoteca Teatre por una infracción muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, en junio de 2024.
Los delitos contra los derechos de los trabajadores están recogidos en el artículo 311 y siguientes del Código Penal y, en función de su tipología, pueden conllevar penas de prisión de hasta 6 años de cárcel. En cuanto al delito de homicidio por imprudencia, las penas se mueven en una horquilla entre 1 y 4 años de prisión.
En la providencia notificada este lunes, la jueza cita también en calidad de perito testigo a una arquitecta que elaboró un informe pericial sobre la nave industrial en la que se ubicaban los locales y la separación entre ellos, ya que las partes han cuestionado a lo largo del procedimiento que las medidas de seguridad, principalmente las salidas de emergencias, fueran las adecuadas para este tipo de negocios. La evacuación la noche del incendio se hizo por las puertas de entrada de los locales. En el caso de Fonda Milagros, no había ninguna otra salida, salvo dos puertas en la pared que separaba las dos discotecas y que empleados y clientes de los negocios han señalado que siempre estaban cerradas con llave. Teatre tenía otra puerta trasera que daba a un callejón y que los bomberos encontraron cerrada con rejas y candados.
Los familiares de las víctimas han cuestionado también a lo largo del procedimiento el papel del Ayuntamiento, que dictó una orden de cese de actividad para Teatre que no llegó a ejecutarse. Las dos salas operaban con una única licencia de actividad a pesar de ser dos negocios diferentes, tal y como reconocieron desde el Consistorio en los días posteriores al incendio. La jueza ha rechazado hasta el momento investigar en este caso a ningún responsable o funcionario municipal y la decisión está recurrida en la Audiencia Provincial de Murcia, que aún no se ha pronunciado al respecto.
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