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La delgada línea roja entre el castigo físico y una dura instrucción militar

La denuncia de que uno de los soldados ahogados en Cerro Muriano llevaba como sanción una mina inerte en su mochila cuestiona la pervivencia de prácticas teóricamente abolidas en el Ejército

Miguel González
Miembros del Ejército español en un curso en la Guayana Francesa, en 2023.
Miembros del Ejército español en un curso en la Guayana Francesa, en 2023.Ejército de Tierra

Carlos León Rico, uno de los dos militares que murieron el pasado 21 de diciembre en un embalse de la base de Cerro Muriano (Córdoba), cuando realizaban un cruce de curso de agua dentro de su plan de instrucción, llevaba una mina inerte en su mochila. Según el abogado de su familia, Luis Romero, tanto él como muchos de sus compañeros cargaban desde días antes del suceso con una simulación de mina anticarro “como castigo” por haber hecho mal un ejercicio.

Por su parte, el titular del juzgado togado militar número 21, que ha imputado al capitán jefe de la compañía, un teniente y un sargento supervisores del ejercicio por no haber tomado las medidas necesarias para garantizar la seguridad de los soldados, ha confirmado que varios de ellos tenían “exceso de peso”, pues cargaban una mina de instrucción de 3,5 kilos. Eso, unido a que las mochilas adolecían de falta de estanqueidad y no flotaban como se suponía, pudo coadyuvar a que se hundieran al fondo del estanque, de tres metros de profundidad, arrastrando a sus portadores.

El juez no explica las razones por las que el teniente imputado ordenó a los soldados que cargaran con una mina inerte, pero, si se confirma que se trató de un castigo, tendría que añadir una nueva imputación —abuso de poder o maltrato a inferior— al delito contra la eficacia del servicio con resultado de muerte (homicidio imprudente) por el que ha decidido abrir un sumario.

El artículo 15 de la Constitución consagra el derecho de los ciudadanos “a la integridad física y moral, sin que, en ningún caso, puedan ser sometidos a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes”; y el 25.2 proscribe los trabajos forzados. “Cualquier infracción por la que un militar sea castigado debe estar prevista en la ley disciplinaria y también la sanción correspondiente”, explica Javier de León, catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Castilla-La Mancha.

El código disciplinario castrense, de 2014, incluye una batería de sanciones que van desde la simple reprensión a la expulsión de las Fuerzas Armadas, pasando por la multa, el arresto o la pérdida de destino. Pero ninguna tiene que ver con unos castigos físicos que “han sido desterrados del sistema jurídico español”, explica este estudioso del Derecho militar. Y apostilla: “Pocas instituciones están tan reglamentadas como las Fuerzas Armadas, donde cualquier actividad está sujeta a un protocolo”.

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Muerte militares Cerro Muriano
Un ramo de flores dejado en homenaje a los militares muertos en Cerro Muriano.Rubén Somonte

“Sobre el papel, los castigos físicos están erradicados en el Ejército”, confirma el subteniente Iñaki Unibaso, secretario general de la Asociación Unificada de Militares Españoles (AUME), una de las asociaciones profesionales que se sientan en el Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas (Coperfas), órgano asesor del Ministerio de Defensa. Un antiguo suboficial ya retirado reconoce que, cuando estaba en activo, vivió escenas propias de La chaqueta metálica, la película de Stanley Kubrick —como ordenar a un recluta supuestamente patoso dar vueltas alrededor del patio, ponerse a reptar o recoger colillas—, pero esos hechos se remontan a muchos años atrás y su asociación no tiene noticia de que se produzcan ahora. “Nos gustaría creer que ya no se dan”, apostilla el subteniente Unibaso.

“No nos podemos engañar, hay partes y denuncias”, responde Marco Antonio Gómez, presidente de la Asociación de Tropa y Marinería Española (ATME). En 2022, los tribunales militares impusieron cinco condenas por abuso de autoridad, seis por maltrato de obra y otras cuatro por trato degradante a inferior. No se sabe cuántas de ellas se referían a castigos físicos. Por eso, el cabo Gómez quiere que, a través del Coperfas, la ministra de Defensa, Margarita Robles, “clarifique si estas actuaciones se mantienen en las Fuerzas Armadas”. En su opinión, la única forma de conocer la realidad sería realizar una encuesta anónima entre los soldados.

Las dos asociaciones coinciden en que la falta de denuncias no implica necesariamente que estos hechos no se den. Aseguran que algunos soldados no se atreven a denunciar por temor a que ello repercuta en una calificación negativa en su expediente (lo que implica la no renovación del contrato temporal) o, en el peor de los casos, si la denuncia es archivada, puedan ser acusados de deslealtad. Por su parte, Francisco José Durán, vicepresidente de la Unión de Militares de Tropa (UMT), cree que los castigos físicos han sido eliminados en el Ejército hace décadas y que el acoso laboral, cuando se produce, toma formas más sutiles.

El momento crítico es el periodo de instrucción, justo el que estaban concluyendo los militares ahogados en el embalse de Sierra Morena. Los instructores no pueden imponer castigos físicos a los soldados, explican las asociaciones, pero sí “reforzar” la instrucción de aquellos que están menos en forma para “endurecerlos” y que alcancen el nivel de los demás. El objetivo es mejorar el rendimiento físico, individual y colectivo. Sin embargo, la línea que separa una instrucción física adaptada a las condiciones de cada soldado del ensañamiento con los más torpes puede llegar a ser muy delgada, advierten.

Miquel Peñarroya, presidente de Asfaspro, una asociación surgida en la escala de suboficiales, subraya que su organización consiguió que, en las marchas de unidad, se estableciera un tiempo mínimo, para evitar que los mandos compitieran entre sí por ver cuál llegaba antes y dejaran exhaustos a los soldados. Después de que en los últimos años varios militares fallecieran mientras hacían ejercicio, Peñarroya sostiene que se ha extremado la vigilancia y “ahora todo el mundo se tienta la ropa”. “Sinceramente, no se dan las condiciones para que nadie se extralimite y, si lo hace, sería un caso aislado”, apostilla. En su opinión, el hecho de que algunos soldados de Cerro Muriano cargaran con minas inertes en las mochilas no implica necesariamente que se tratara de un castigo. “Las minas forman parte del armamento colectivo de la unidad, igual que la ametralladora, y algunos soldados tienen que cargar con ella, no todos”, explica.

Más allá de la investigación judicial, que la Justicia castrense reclama para sí mientras las familias de los fallecidos quieren mantener en el juzgado civil, las asociaciones de militares ponen el dedo en algunas incoherencias. Por ejemplo, que a los soldados se les haga cruzar un embalse de aguas heladas donde no hacen pie cargados con su equipo de combate cuando, para ingresar en el Ejército, nadie les preguntó si sabían nadar.

Mariano Casado, presidente del Observatorio de la Vida Militar, un organismo dependiente de las Cortes que evalúa la situación del personal de las Fuerzas Armadas, subraya que la dureza de la instrucción y el adiestramiento al que se somete a los soldados tiene dos límites: el respeto a la dignidad de la persona y la salvaguarda de su salud y seguridad. Esas son, advierte, las líneas rojas que no se pueden cruzar.

Las familias recelan de que el juez militar tome ventaja

La muerte de dos militares durante unos ejercicios en el embalse de la base de Cerro Muriano (Córdoba) ha dado lugar a un insólito solapamiento de investigaciones entre la justicia castrense y la ordinaria. El juzgado togado militar territorial de Sevilla se ha adelantado a elevar las diligencias a la condición de sumario e imputar a tres mandos –un capitán, un teniente y un sargento—cuando todavía no está claro que sea suya la competencia. El juzgado de instrucción número 4 de Córdoba se ha inhibido en favor del juez togado, pero el auto no es firme, ya que las acusaciones que representan a las familias de los fallecidos han anunciado que van a recurrirlo e insisten en que sea la Justicia civil la que investigue. Los abogados de los padres y la viuda del cabo Miguel Ángel Jiménez, los letrados Francisco José Pérez y Antonio Granados, consideran que el juez militar “se extralimitó en sus competencias y se infralimitó en sus acusaciones”, al no pedir responsabilidades a los mandos por encima del capitán, por lo que recurrirán también su decisión.

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Sobre la firma

Miguel González
Responsable de la información sobre diplomacia y política de defensa, Casa del Rey y Vox en EL PAÍS. Licenciado en Periodismo por la Universidad Autónoma de Barcelona (UAB) en 1982. Trabajó también en El Noticiero Universal, La Vanguardia y El Periódico de Cataluña. Experto en aprender.
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