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El Constitucional avala en tres meses leyes clave de la legislatura

El tribunal de garantías ha rechazado los recursos contra la ley de eutanasia, la reforma educativa de la ‘ley Celáa’ y en mayo aprobará el fallo que respalda la ley de plazos sobre el aborto

Tribunal Constitucional
El Tribunal Constitucional celebra su primer pleno tras la renovación de sus miembros, en enero.Alberto Ortega (Europa Press)
José María Brunet

El Tribunal Constitucional ha decidido apretar el acelerador para dictar antes del verano las sentencias más importantes que tenía pendientes desde hace años. La relativa a la ley del aborto se conocerá el próximo 9 de mayo, y con ello el tribunal cerrará un primer ciclo de resoluciones que han supuesto el aval en un trimestre —entre enero y abril de este año— a algunas de las principales leyes de la legislatura. Entre ellas, la reforma educativa de la ley Celáa y la ley de Eutanasia. La relativa a la interrupción voluntaria del embarazo, a su vez, ha sido reelaborada durante los últimos dos meses, asegurando su coherencia con la nueva legislación en vigor en esta materia. El tribunal también ha dado respaldo a importantes medidas sociales recurridas por el PP y/o Vox, según los casos. Entre ellas, el decreto-ley que equiparó el permiso de paternidad al de maternidad, o el que prohibió los desahucios durante el estado de alarma decretado frente a la pandemia, en 2020 y 2021.

La nueva mayoría progresista del órgano de garantías ha actuado de forma cohesionada en todos estos asuntos, con alguna discrepancia en casos concretos. Pero en general lo han hecho en términos que ponen en evidencia tanto los motivos que tuvo el PP para su férrea oposición a la renovación del Constitucional como las razones que tuvo el PSOE para insistir en el cambio constitucionalmente previsto de cuatro magistrados, que debieron cesar en junio de 2022, pero cuyo mandato se extendió hasta enero pasado. Con los relevos, el tribunal ha pasado a contar con siete magistrados del sector progresista, por cuatro del bloque conservador. En algunas materias ha sido factible cierta aproximación, aunque la dinámica general del tribunal lleva a la constatación habitual de la existencia de dos grupos que traducen a lo jurídico las alternativas de las respectivas tendencias ideológicas que encarnan.

Ello se ha visto reflejado en los primeros pulsos de tanteo entre ambos sectores, en los meses iniciales de la nueva etapa del tribunal renovado. La mayoría progresista ha cerrado filas frente a la primera ofensiva de recusaciones presentadas, cuyo principal objetivo ha sido dificultar, si no impedir, que el Constitucional dictase sentencia sobre la ley del aborto. El tribunal, sin embargo, las rechazó todas, e incluso impidió que la magistrada Concepción Espejel se abstuviese de participar en la deliberación del recurso contra la ley de interrupción voluntaria del embarazo, presentado por el PP en 2010.

El motivo de Espejel para abstenerse era su posible falta de apariencia de imparcialidad, puesto que había criticado este proyecto siendo vocal del Poder Judicial. Los magistrados conservadores abogaron por admitir esa abstención, pero la mayoría progresista se opuso, estimando que las opiniones de Espejel, expuestas hace 12 años en informes no vinculantes y que no llegaron a formalizarse, no eran motivo suficiente para apartarla de la deliberación. Los magistrados Juan Carlos Campo y Laura Díez, en cambio, sí se han abstenido sin oposición del tribunal en los casos relativos a leyes o decretos-leyes en cuya confección tuvieron una participación directa. Campo lo hizo en la sentencia de la ley Celáa, y Díez en relación con la normativa lingüística catalana, que avaló en informes oficiales y que ha sido cuestionada ante el Constitucional, por no atenerse a los fallos que impusieron un 25% de castellano en el sistema educativo en Cataluña.

Frente a las sentencias relativas a la ley Celáa o la ley de Eutanasia también ha habido votos discrepantes, pero no siempre han sido presentados por los magistrados conservadores en bloque. Así, en el primer caso los cuatro integrantes de este grupo votaron en contra, mientras que en el segundo solo lo hicieron dos, Enrique Arnaldo y Concepción Espejel. En el fallo sobre la ley Celáa, por otra parte, el tribunal reiteró que la Constitución no impone porcentajes para el uso de las lenguas en el sistema educativo. Sobre esta materia, el tribunal también rechazó el amparo solicitado por una empresa que exigió la traducción al castellano de una sentencia redactada en catalán por el Tribunal Superior de Justicia de Baleares, dado que esta parte solo cuestionó un auto de ejecución de la sentencia dictada, sin haber objetado antes el uso de dicha lengua durante el proceso.

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Segunda etapa

El órgano de garantías ya prepara para una segunda etapa una nueva lista de fallos sobre otros importantes recursos pendientes, como el relativo a la reforma legal que dejó al Consejo General del Poder Judicial sin la competencia para efectuar nombramientos mientras esté en funciones, o el presentado contra las fórmulas de juramento de numerosos diputados de grupos minoritarios, cuyos miembros accedieron a sus cargos parlamentarios sin ceñirse al estricto acatamiento a la Constitución, usando diversas expresiones alternativas. También se conocerá antes del verano la sentencia relativa a la pérdida del escaño por parte del diputado de Podemos Alberto Rodríguez, condenado a una pena de multa por dar una patada a un policía en una manifestación que tuvo lugar en la Laguna (Tenerife) en 2014.

Por los contactos previos entre magistrados, fuentes del tribunal estiman altamente probable que el Constitucional avale la prohibición de dichos nombramientos del Poder Judicial, así como que ampare al exdiputado Alberto Rodríguez, por considerar que la pérdida de su escaño implicó una clara falta de proporcionalidad entre su conducta y las consecuencias que se derivaron de ella. En dichos medios se estima que la cuestión de los juramentos de los diputados de grupos minoritarios será muy debatida, pero que nada de la sentencia que se dicte cuestionará la legitimidad de su acceso al cargo parlamentario.

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