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El Constitucional admite a trámite el recurso de Vox contra la supresión del delito de sedición

El partido de Abascal denuncia que la desaparición de esta figura penal implica un riesgo para los principios constitucionales básicos

El presidente de Vox, Santiago Abascal, atiende a los medios antes de presentar el recurso de inconstitucionalidad contra la supresión del delito de sedición, el 19 de enero.
El presidente de Vox, Santiago Abascal, atiende a los medios antes de presentar el recurso de inconstitucionalidad contra la supresión del delito de sedición, el 19 de enero.Marta Fernández Jara - Europa P (Europa Press)
José María Brunet

El Constitucional ha admitido a trámite el recurso presentado por el grupo parlamentario Vox contra la reforma del Código Penal que supuso la supresión del delito de sedición. El Gobierno lo justificó como un paso necesario para la equiparación de la legislación española con la de otros países europeos. Para Vox, en cambio, la desaparición de la citada figura penal implica un riesgo para principios constitucionales básicos, como el de la unidad territorial de España, al privar a los tribunales de instrumentos para su defensa.

Este recurso es sobre el fondo de la reforma. Se trata, por tanto, de una iniciativa distinta a la que tomó el PP para cuestionar la tramitación de dos enmiendas que perseguían aprovechar la misma ley para introducir unas normas que facilitaran la renovación del propio Constitucional. El PP pidió medidas cautelares que el tribunal aprobó y que impidieron que el Senado pudiera votar las citadas enmiendas.

El recurso de Vox conta la reforma del Código Penal fue presentado el pasado 19 de enero, centrándose en cuestionar la desaparición de la sedición como tipo penal y una rebaja de penas en el caso de la malversación. La impugnación solicitaba al tribunal que anule estos cambios legales por considerar que constituyen “una amnistía para los autores de ambos delitos”.

Afirma que con estos cambios legislativos se ha producido “una flagrante violación del principio de legalidad”, porque se han hecho “para beneficiar a unos pocos, por motivos de oportunidad política”. Lo que se pretende —añade el recurso― es “permitir que los condenados por los más graves delitos contra la nación y la Constitución puedan volver a participar, en igualdad de condiciones con cualquier español, en la vida política”.

El texto incide en que “los derechos no se establecen para personas singulares, sino para la generalidad de los ciudadanos”, y que “en esto radica el principio de igualdad ante la ley y en la aplicación de la ley consagrado en los artículos 1 y 14 de la Constitución”.

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La tesis de Vox es que la citada ley ha tenido “por exclusiva finalidad beneficiar a los condenados y encausados por delito de sedición” en el juicio del procés, “e indirectamente facilitar o proteger penalmente a quienes en el futuro pudieran desarrollar actos de la misma naturaleza o contenido”, así como permitir que los ya indultados por el Gobierno “vean reducida la pena accesoria de inhabilitación para el empleo o cargo público y poder concurrir a procesos electorales o administrativos, al reducir las penas de la malversación”.

Durante el debate parlamentario de la reforma de la sedición el pasado diciembre, Vox ya intervino contra esta ley, al igual que el PP, mediante una solicitud de amparo y la petición de una medida cautelarísima contra las enmiendas del PSOE y Podemos, cuyo objetivo era que el tribunal de garantías pasara a tener una mayoría progresista a la mayor brevedad. La propuesta de estos cambios obedecía a que la anterior composición del Constitucional –que hasta enero tuvo una mayoría conservadora- y los relevos de cuatro magistrados se tenían que haber producido en junio pasado, cuando terminaba su mandato.

En su recurso de inconstitucionalidad, Vox pidió que el tribunal anule en su integridad la reforma del Código Penal “de forma urgentísima”, y en paralelo recusó a su presidente, Cándido Conde-Pumpido, así como a los magistrados Juan Carlos Campo, Laura Díez y María Luisa Segoviano. Tanto en este caso como en otros 54 planteados por Vox, el Constitucional ha rechazado estas recusaciones, ya sea por entender que no son admisibles las que cuestionan el mantenimiento del quórum –que requiere la presencia de al menos 8 de sus 11 magistrados-, como por considerar que ya han perdido sentido. Éste es el caso de las recusaciones presentadas contra el exministro de Justicia Juan Carlos Campo, que ya se ha abstenido en una veintena de asuntos debido a su anterior cargo, o en aquello recursos que afectan a decisiones tomadas desde la presidencia del Congreso, por su actual relación con la presidenta de la Cámara Baja, Meritxell Batet.





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