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La Fiscalía del Constitucional apoya la recusación de dos magistrados conservadores

El ministerio público pide apartar de la deliberación a Trevijano y Narváez antes de resolver esta tarde sobre la suspensión del pleno del Senado

José María Brunet
La fachada del Tribunal Constitucional, en Madrid.
La fachada del Tribunal Constitucional, en Madrid.Fernando Sánchez - Europa Press (Europa Press)

La Fiscalía del Tribunal Constitucional, personada en la causa sobre la suspensión de la tramitación legislativa de la reforma legal del Gobierno para renovar el órgano de garantías, ha registrado un escrito este miércoles en el que apoya la recusación de los magistrados Pedro González-Trevijano y Antonio Narváez, ambos elegidos en 2013 a propuesta del Gobierno del PP y con el mandato prorrogado desde el pasado 12 de junio. “Esta fiscalía”, señala el escrito, “entiende procedente que el pleno del Tribunal aborde el tratamiento [de los incidentes de recusación] con carácter previo a resolver sobre la pretensión del Senado y a cualquier otro trámite procesal subsiguiente que haya de llevarse a cabo en el presente procedimiento”. La pretensión del Senado, que el Constitucional estudiará esta tarde, es que el tribunal rectifique su decisión del lunes —cuando suspendió la votación de la reforma legal al admitir un recurso de amparo del PP— y permita proseguir con la tramitación parlamentaria.

El líder del Partido Popular, Alberto Núñez Feijóo, durante una sesión de control al Gobierno en el Senado, a 21 de diciembre de 2022, en Madrid, España. Foto: AFP | Vídeo: EPV

El fiscal del Constitucional apoya que tanto González-Trevijano, presidente del tribunal, como Narváez se aparten del procedimiento: “La incuestionable vinculación directa de los citados miembros del pleno con el objetivo de tramitación parlamentaria sobre la que se proyecta el recurso de amparo, en particular la disposición transitoria que contiene la enmienda 62, sustenta, razonablemente, a priori, dicha pretensión de recusación conforme al supuesto previsto en el artículo 219.10 de la Ley Orgánica del Poder Judicial”. Se refiere a que la reforma legal del Gobierno, si prosperase, implicaría la sustitución automática de esos dos magistrados por los designados por el Ejecutivo, lo que, según el ministerio fiscal, hace que ellos tengan un interés personal en el asunto a debatir.

Si prospera la petición de la Fiscalía, el pleno del tribunal quedaría conformado por solo nueve magistrados, de los que cinco pertenecen al sector progresista, que se opuso a la suspensión de la votación parlamentaria aprobada el lunes por el órgano de garantías. En ese caso, lo previsible sería que atendieran a las alegaciones del Senado y retiraran la medida cautelar, con lo que mañana se podría celebrar el pleno en el Senado y la reforma legal saldría adelante.

La Fiscalía del Tribunal Constitucional censura con dureza la decisión adoptada por la mayoría conservadora (seis de los 11 magistrados) por entender que se ha adoptado con premura y sin que existieran precedentes de un acuerdo parecido. Es la primera vez en la historia reciente que el Tribunal Constitucional suspende la tramitación de una iniciativa legislativa.

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El PP argumentó que se había vulnerado los derechos de sus parlamentarios al tramitarse dos enmiendas para reformar la Ley del Poder Judicial y la del Tribunal Constitucional. Esas enmiendas no tenían nada que ver con el objeto de la proposición de Ley original, presentada para reformar el Código Penal, derogando el delito de sedición y reduciendo el castigo para la malversación sin lucro personal.

El fiscal también alerta en su escrito del peligro de que la decisión del Constitucional establezca un precedente ante futuros recursos de amparo. El escrito también lamenta que se haya conocido solo la parte dispositiva del auto que suspende la tramitación de la reforma legal, pero que se ignoren los argumentos jurídicos: “Las singulares circunstancias que concurren en la tramitación del presente procedimiento limitan considerablemente las posibilidades de alegación y argumentación de esta Fiscalía, habida cuenta de la imposibilidad de conocer la fundamentación jurídica de las decisiones adoptadas”.

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