La banca pagará un 4,8% sobre los intereses y comisiones y las grandes energéticas, un 1,2% de sus ingresos
Se prohíbe expresamente trasladar al cliente el coste de los gravámenes, con sanciones del 150% del importe repercutido
El Gobierno ha registrado este jueves en el Congreso los dos nuevos gravámenes extraordinarios a la banca y las energéticas. El primero gravará al 4,8% el margen de los intereses y las comisiones que cobran las entidades financieras, mientras que a las energéticas se aplicará un gravamen del 1,2% sobre el importe neto de su cifra de negocios. Las dos figuras serán temporales, deberán pagarlas solo una veintena de compañías, las más grandes, y no se podrá trasladar su coste a los clientes, so pena de una sanción del 150% del importe repercutido. Competencia será el organismo encargado de vigilar, con el apoyo del Banco de España, en el caso de los bancos.
El objetivo del Gobierno de coalición ―los grupos parlamentarios de PSOE y Unidas Podemos han tramitado las dos nuevas figuras fiscales como proposiciones de ley― es recaudar 7.000 millones de euros en dos años y así financiar las medidas contra la inflación galopante que ha explotado tras conflicto de Ucrania. La propuesta está pensada para apuntalar el pacto de rentas, es susceptible de enmiendas en el Congreso y, con toda probabilidad, se le dará carácter de urgencia tras el receso estival.
En el caso de las energéticas, como avanzó EL PAÍS, eléctricas, gasistas y petroleras abonarán un tipo del 1,2% sobre las ventas. En concreto, sobre el importe neto de la cifra de negocios que hayan tenido el año anterior. La obligación tributaria nacerá el 1 enero de 2023 y el 1 de enero de 2024, tomando como referencia para la base imponible los ejercicios inmediatamente anteriores: el importe de la venta de bienes y servicios de 2022 y 2023. El pago no se hará hasta septiembre, para que dé tiempo a que las cuentas de las sociedades estén aprobadas, pero habrá un desembolso a cuenta en febrero, equivalente a un 50% de la cuantía a abonar.
Tendrán que hacer frente al nuevo tributo las empresas con una facturación superior a los 1.000 millones, tomando como referencia el año 2019, el ejercicio más representativo para evitar las distorsiones de la covid. En el supuesto de empresas con varias actividades, si el negocio energético es inferior al 50% del importe neto de la cifra de negocio, se excluirá a la sociedad del gravamen. Para seleccionar estas empresas se tendrá en cuenta la relación de operadores principales de los tres últimos años que publica la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC).
La empresa sujeta al impuesto podrá ser española o foránea. El grueso de estas sociedades tienen facturación en el extranjero. Pero el tributo solo gravará la declaración consolidada en España. Es decir, se deja fuera el negocio que esté más allá de las fronteras nacionales: los ingresos de las filiales en el extranjero no computarán para estos nuevos impuestos.
El nuevo gravamen que PSOE y Unidas Podemos proponen para el sector financiero es parecido. La obligación de pago nace en el mismo periodo ―el 1 enero― y la prestación se abonará en septiembre con un pago a cuenta en febrero, tomando como referencia el ejercicio inmediatamente anterior. Pero en este caso el objeto que se grava son los intereses y comisiones, como adelantó EL PAÍS. Se aplicará un tipo del 4,8% al margen de intermediación. Es decir, la diferencia entre los intereses que cobra el banco a sus clientes y los que paga la entidad cuando recibe financiación. Y lo mismo ocurre con las comisiones: se tomará en cuenta el diferencial entre las pagadas y cobradas. Tampoco en este caso se van a gravar intereses y comisiones obtenidos en el exterior por las filiales.
El umbral para determinar qué entidades tienen que abonar el impuesto será de 800 millones de euros ―para este sector no hay un listado de operadores principales―. Este importe no se refiere a la cifra de negocios total, sino a la principal parte: el sumatorio de intereses y comisiones cobradas a clientes. Esto supone el 80% de la facturación de la banca, y por ello se ha reducido el límite, en la misma proporción, a los 800 millones, frente a los 1.000 que se emplea para las energéticas.
De esta manera, Hacienda evita gravar el beneficio de las empresas y se va a unas variables más objetivas y fáciles de constatar. En el fondo, el reparto de estos gravámenes reflejará la cuota de mercado de las empresas. Estas figuras se tramitarán como prestaciones patrimoniales de naturaleza pública, no como obligaciones tributarias. Esto es algo parecido a una derrama y facilitaría la justificación excepcional de la medida en el supuesto de que las empresas traten de impugnarlo. Mañana viernes habrá una reunión entre Hacienda y los sectores afectados para explicarles los detalles.
El portavoz del PSOE, Patxi López, ha defendido este jueves que los nuevos impuestos servirán para “avanzar en el pacto de rentas” que reclaman los agentes sociales para contener la inflación, según informa Paula Chouza. Preguntado por las críticas desde los sectores afectados, López, que se estrenaba en su nuevo puesto como portavoz en la sala de prensa del Congreso, ha criticado que estos recelos vengan de quienes “llamaron a la puerta de papá Estado” en la anterior crisis y se llevaron “60.000 millones”. “Son los mismos que socializan las pérdidas y privatizan los beneficios. Hasta aquí, no cuela. Les corresponde aportar su parte de solidaridad”, ha respondido.
Pablo Echenique, por su parte, ha celebrado también la proposición de ley y ha añadido que se mantendrán “vigilantes” para que tanto la CNMC como el Banco de España hagan su función y eviten que los costes del impuesto se trasladen a los clientes. El portavoz de Unidas Podemos ha pedido que si las compañías atentan contra el interés general “haya mano dura”.
Supervisión
En ambos casos, el coste derivado del pago de la prestación no es deducible del pago de impuestos y no se podrá trasladar al cliente. La ley lo prohibirá expresamente y se establecerá una sanción del 150% del importe trasladado en caso de infracción. El organismo encargado de vigilar que este requisito se cumpla no será, sin embargo, la Agencia Tributaria.
La CNMC es la entidad que deberá vigilar que los costes no se trasladen al cliente. En el caso del tributo a la banca, su supervisión será en colaboración con el Banco de España, que tiene las competencias atribuidas a efectos de control. En principio, la Administración cuenta con los históricos de datos para comparar y comprobar que no se está produciendo un perjuicio a los consumidores. Aunque se trate de una estructura novedosa, existen los mimbres para poder hacerlo, explican fuentes gubernamentales. Además, pronto entrará en juego la Autoridad de Defensa del Cliente Financiero, que debería ayudar en esta tarea.
Es muy probable que las empresas recurran estas obligaciones en los tribunales. Sin embargo, el Gobierno sostiene que no hay doble imposición: pese a que se utilizan parámetros empleados para calcular el IVA o sociedades, ningún impuesto hasta ahora gravaba las bases utilizadas para estas nuevas figuras. Por más que el impuesto de sociedades esté pensado para capturar el aumento de los beneficios, el Ejecutivo afirma que no está cumpliendo con este objetivo debido a los numerosos ajustes permitidos como la desgravación de las pérdidas acumuladas. Incluso si se subiese el tipo en diez puntos, este no lograría recaudar tanto.
El Ejecutivo defiende que las energéticas están obteniendo beneficios caídos del cielo gracias a las acusadas subidas en los precios de la energía. De hecho, la Comisión Europea ha avalado que se pueda fijar un gravamen sobre estas ganancias extraordinarias. En cuanto a la banca, esta se va a beneficiar de la subida de tipos de interés. Los números de Hacienda dicen que siempre lo ha hecho cuando ha habido incrementos en el precio del dinero. Por otra parte, el sector está exento de IVA y no está aportando al fuerte incremento de recaudación que está habiendo por este tributo y que sí hacen otros. Y Bruselas está estudiando que se pueda aplicar, en un futuro, un IVA al sector financiero. La carga adicional del 4,8%, sumada al tipo efectivo del 23% que paga la banca en España, todavía no llega al 30% nominal fijado en el impuesto de sociedades para las entidades financieras en España y en otros países del entorno europeo, alega el Gobierno. En todo caso, el gasto de personal de ambos sectores pesa menos que en otros. Con los ingresos que se obtengan, se reforzará la capacidad de la Administración para tomar medidas que impulsen el pacto de rentas.
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.