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ACS ampliará capital por hasta 574 millones

La junta de accionistas del grupo constructor aprobará la renovación del consejo

Cartel de ACS en la entrada de su sede en Madrid.
Cartel de ACS en la entrada de su sede en Madrid.Pablo Monge

ACS ha convocado para el próximo 7 de mayo su junta general ordinaria de accionistas, en la que prevé aprobar una ampliación de capital por un máximo de 574 millones de euros, así como los nombramientos de Carmen Fernández Rozado y de José Eladio Seco Domínguez como consejeros independientes, según ha informado este lunes el grupo a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).

El aumento de capital se realizará mediante la emisión y puesta en circulación de acciones nuevas, de 0,5 euros de valor nominal cada una, de la misma clase y serie que las actualmente en circulación. El aumento de capital se realiza íntegramente con cargo a reservas, sin prima de emisión, y las nuevas acciones serán asignadas gratuitamente a los accionistas.

La compañía ha explicado que el aumento de capital podrá ser ejecutado por el consejo de administración en una o dos fechas distintas. Las fechas en las que previsiblemente se ejecutará el aumento de capital serán, en el caso de la primera ejecución, dentro de los tres meses siguientes a la fecha de la junta y, en caso de producirse una segunda ejecución, no más tarde del fin del primer trimestre de 2022, coincidiendo así con las fechas en que tradicionalmente ACS ha venido repartiendo el dividendo complementario y el dividendo a cuenta.

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El importe máximo previsto en la primera ejecución de la ampliación de capital será como máximo 426 millones de euros, mientras que el valor de la segunda ejecución, de llevarse a cabo, no podrá exceder de 148 millones de euros. La suma de ambas no podrá superar en ningún caso los 574 millones de euros.

Asimismo, se acuerda autorizar al Consejo de Administración para que, si así lo estima conveniente, pueda reducir el capital social por amortización de acciones propias de la sociedad por un importe nominal máximo igual al importe nominal por el que efectivamente sea ejecutado el aumento de capital.

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