¿No puedes pagar tus deudas? Seis opciones para evitar caer en un fichero de morosos
¿Es mejor una ampliación de plazo o de capital? ¿Y reunificar las cuotas o buscar refinanciación? Los expertos contestan a esta y otras dudas
Pese a representar todavía el 60% del PIB, la deuda de los hogares españoles ha disminuido un 28% en nueve años, de los 980.160 millones de euros, máximo alcanzado en 2008, a los 704.390 millones de euros a cierre del año pasado. No obstante, si el endeudamiento de las familias en créditos hipotecarios para adquirir una vivienda se redujo el año pasado en unos 15.700 millones, las letras de los hogares se incrementaron en otros préstamos, sobre todo créditos al consumo, en 7.300 millones de euros, según el Banco de España.
Cuando la mirada en este ámbito se traslada de las grandes cifras macroeconómicas a la vida de los ciudadanos, se pueden encontrar historias como la de Víctor, un madrileño que prefiere no dar su verdadero nombre, que a un momento dado de su vida tuvo que hacer frente a unas cuotas de préstamos —dos personales, otro para el coche, más el crédito de su VISA– que, juntas, sumaban 626 euros al mes. Cuando la empresa por la que trabajaba le redujo las horas laborales y el sueldo, el riesgo de no poder pagar sus letras y acabar inscrito en un fichero de morosos se hizo muy concreto.
La reunificación de la deuda, una solución muy cara
Víctor negoció entonces con una entidad financiera una reunificación de sus deudas por unos 25.000 euros y una cuota mensual de 350 euros, mucho más asequible. Gorka Berrenetxea, director financiero de iMorosity, una empresa de gestión de morosidad y que ha proporcionado este testimonio, subraya que “la reunificación de deudas, si se utiliza de forma adecuada, puede ser una vía de financiación muy recomendable”.
Un recurso que, sin embargo, el experto en finanzas del comparador bancario iAhorro, Pablo Souto, aconseja solo para paliar una debilidad financiera grave. En los demás casos, mejor acudir a los ahorros o a la ayuda de alguien cercano. “Hay que tener en cuenta que las entidades están poco interesadas en llevar a cabo esta medida, por lo que las comisiones son bastante elevadas”, advierte. En la misma línea, la portavoz de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), Ileana Izverniceanu, opina que la reunificación es “la solución más cara de todas”. Por supuesto, no es la única que puede evitar el impago y sus consecuencias.
Alargar el plazo: menos gastos pero más intereses
En el caso de los préstamos hipotecarios, la primera opción que la OCU sugiere es alargar el plazo, una medida que se ha generalizado bastante con la llegada de las entidades de crédito online, según el director general de iMorosity, Mario Mazaira. Tener más tiempo para devolver el capital prestado implica una disminución de las cuotas mensuales, “lo que hará más fácil enfrentarse a ellas”, explica Izverniceanu.
La portavoz de la OCU destaca el bajo coste de este tipo de operación: unos 75 euros de gastos de notario y registro, y el cobro por parte del banco de una comisión por modificación de condiciones que no puede superar el 0,1% del capital pendiente. “Hay que tener en cuenta que la ampliación es recomendable cuando el plazo pendiente no es muy largo, ya que cuanto mayor sea, menos se notará en la cuota el alargamiento”, añade Izverniceanu. Aun así, no hay que olvidar que, “al tardar más tiempo en saldar nuestra deuda, los intereses totales del préstamo serán mayores”, resalta Souto.
Ampliar el capital: dos pájaros de un tiro
Como alternativa, y siempre para créditos hipotecarios, desde la OCU indican la ampliación de capital. De esta manera, con la nueva parte de capital obtenida se podrán cancelar los préstamos personales pendientes, mientras se consigue más tiempo para saldar la deuda y con un tipo de interés más bajo, ya que los plazos para las hipotecas son más largos que para los préstamos personales y los intereses son inferiores.
“Ampliar el capital del préstamo, sin embargo, tiene unos gastos relativamente elevados”, evidencia Izverniceanu, porque la entidad financiera exigirá una nueva tasación del inmueble hipotecado y el usuario deberá pagar el impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados, así como gastos de notario, registro de la propiedad y gestoría. La rescisión de los préstamos personales también conlleva desembolsos, ya que en muchos casos habrá que pagar una comisión por cancelación anticipada que puede llegar hasta el 3% del capital pendiente en los créditos a tipo fijo, detallan desde la OCU.
¿Carencia o dación en pago?
Otra opción para el deudor es pedir una carencia de capital, por lo que, durante un determinado período, solo amortizará con sus pagos los intereses del préstamo, o una carencia total, que supone dejar de pagar toda la cuota, es decir, intereses y capital. En ambos casos, “las cantidades que el usuario deja de abonar temporalmente serán cobradas por el banco después, y la cuota del préstamo será recalculada”, explica Souto. De esta forma, el alivio transitorio se convertirá inevitablemente en un aumento final de la cuota mensual a reembolsar.
Dos son los casos que se pueden dar con la dación en pago, es decir, la entrega de un bien hipotecado como garantía –generalmente una vivienda– para extinguir la deuda, “una figura de la que se ha hablado mucho a raíz de los impagos que se produjeron durante la crisis financiera”, recuerda Souto.
A través de esta acción, el usuario puede resolver por completo su obligación dineraria con el banco que le concedió el préstamo, o le puede faltar o sobrar una parte de la deuda. “Si este hecho se produce, el cliente y la entidad deberán ponerse de acuerdo a través de una negociación”, explica Mazaira.
La refinanciación, último recurso
Para evitar el impago, el director general de iMorosity ve de buen ojo la posibilidad de refinanciar la deuda, algo parecido a una reunificación de varios préstamos, con la peculiaridad de que por lo menos uno, sin embargo, tiene que ser hipotecario. “No creo que sea oportuno generalizar, por lo que diría que su utilidad se tendrá que estudiar caso por caso”, afirma Mazaira. En palabras de Souto, “refinanciar una deuda solo para reducir una cuota que no tenemos problema en pagar supone incrementar voluntariamente lo que le pagamos al banco por intereses”.
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