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La Audiencia de A Coruña exige el fin de la instrucción del 'Prestige'

La Audiencia Provincial de A Coruña reclama que se ponga fin a la fase de instrucción del caso Prestige que se tramita desde hace ya seis años en el Juzgado de Corcubión. En una resolución en la que respalda la petición del fiscal y rechaza la ampliación de la querella contra la compañía clasificadora del petrolero, la sección primera de la Audiencia pone el acento en que el estado actual de la instrucción no permite más dilaciones y debe concluirse cuanto antes.

El auto de la Audiencia revoca, a petición del fiscal especializado en delitos contra el Medio Ambiente, Álvaro García Ortiz, la decisión de la juez de Corcubión de admitir a trámite la querella presentada por Nunca Máis contra ABS, la sociedad clasificadora estadounidense que certificó que el Prestige estaba en condiciones de navegar.El tribunal hace suyos los argumentos del ministerio público sobre la imposibilidad de imputar un delito a una persona jurídica, "sobre todo teniendo en cuenta que ni siquiera se sabe quién es el responsable" de los hechos supuestamente delictivos y que éstos se habrían cometido en otros países, con los problemas de jurisdicción que ello conlleva, señalan fuentes judiciales.

La demanda de Nunca Máis se centraba en la defectuosa reparación a que fue sometido el Prestige en China en 2001 y la inspección efectuada en Dubai sólo unos meses antes de su hundimiento, que no incluyó la revisión de los tanques de lastre deteriorados. Pero seis años después es imposible saber quiénes fueron los responsables de aquellas irregularidades y, desde luego, no cabe imputar delito alguno por aquellos hechos al representante de la clasificadora en Madrid.

En todo caso, la Audiencia dispone que se emplace a ese representante legal de ABS a prestar declaración ante la jueza. Pero también insta a la Abogacía del Estado a aportar la abundante documentación de que dispone acerca de las inspecciones a que fueron sometidos el Prestige y otros tres buques idénticos de la misma clasificadora, que fueron desguazados entre 1999 y 2002 por presentar graves problemas de fatiga estructural, según informó el pasado lunes este diario.

El auto de la Audiencia acusa a la representación letrada del Estado de emplear un "doble juego", por no haberse opuesto a la ampliación de la querella y, sin embargo, haber ocultado hasta ahora sus pruebas sobre el irregular proceder de ABS.

Fecha límite

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Pero sobre todo, la resolución judicial quiere dejar claro que "no se permitirán nuevas ampliaciones" de denuncia penal que engrosen y retrasen todavía más el ya de por sí enmarañado procedimiento. La Audiencia Provincial de A Coruña recuerda que los procedimientos penales deben ser autónomos y tener una fecha límite. A este respecto, la postura de la sección primera es meridianamente clara y se ciñe al artículo 779 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

El texto dice que, "practicadas sin demora las diligencias pertinentes", el juez instructor debe acordar una de estas resoluciones: dar traslado de las actuaciones al fiscal y las partes para que se proceda a la apertura de juicio oral, sobreseer la causa o archivarla o calificar los hechos como falta y no como delito.

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