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Cartas al director
Opinión de un lector sobre una información publicada por el diario o un hecho noticioso. Dirigidas al director del diario y seleccionadas y editadas por el equipo de opinión

El honor, por encima de la expresión

Aún estando totalmente de acuerdo con la conclusión que alcanza en su tribuna el eminente jurista José Jiménez Villarejo (Libertad de expresión, honor y justicia, EL PAÍS, 17 de agosto de 2007), esto es, en que son impecables jurídicamente el comportamiento de oficio del fiscal y a instancia de éste, del juez, en relación con la publicación de la viñeta de los Príncipes en la revista El Jueves me atrevo, con osadía de lego, a poner en cuestión uno de sus argumentos principales.

Sostiene Jiménez Villarejo que "no existe derecho alguno, fundamental o no, que sea ilimitado". Y, en este contexto, al derecho (fundamental) a la información recogido en el artículo 20 de la Constitución española le llama "derecho a la libertad de expresión". Discrepo por partida de doble osadía: los derechos, todos, fundamentales o no, son ilimitados. Son las libertades las que tienen límites. Y el derecho recogido en el artículo 20 de la CE es el derecho a recibir la información, por supuesto, ilimitado, al igual que los derechos al honor, intimidad y propia imagen -también fundamentales- recogidos en el artículo 18 de la CE.

Hay colisión entre derechos -y ésta del 18/20 es la colisión más repetida e interesante en las democracias- sólo si uno se empeña en llamar libertad de expresión u opinión (de la que son sujetos los que expresan) al derecho a (recibir) la información (de la que somos sujetos los lectores, oyentes, televidentes o interlocutores). El artículo 20, mal que les pese a los malos periodistas, no regula la libertad de expresión. No existe ningún derecho a informar, el derecho que existe es a la información. No hay colisión, como en este caso, si lo que se enfrenta es un derecho inalienable como es el del honor (igual o más aún si es el del Príncipe heredero) con la libertad de expresión, que no es un derecho, sino una libertad por tanto limitada: gana y debe ganar el honor siempre, como derecho. Si el honor o intimidad de alguien se ve afectado, no hay expresión que valga, otro cantar sería si colisionara con el derecho a ser informados de la circunstancia que involucra su honor, que es donde se plantea la colisión habitual.

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Me parece magnífica la iniciativa de Jiménez Villarejo de abrir el debate por esta línea jurídica en vez de la utilitarista de las consecuencias con la que se ha jugado al despiste. Quizá el próximo paso para evitar lesiones a más derechos fuera del legislador, pero no repensándose el secuestro por su efectividad (argumento de aplicación en todo caso achacable a la diligencia al realizarlo o a la no presentación de iguales protecciones contra todos los medios digitales y físicos que reproducían la viñeta), sino planteando reglamentos (y quizá un Estatuto de la Profesión Periodística no meramente autorregulatorio) que expliciten situaciones y que desarrollen el texto y espíritu constitucional en este conflicto.

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