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Editorial:
Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

La Audiencia falla

Se había alertado sobre la posible excarcelación de los procesados por los atentados terroristas del 11-M si, una vez cumplido el plazo legal máximo de cuatro años de prisión preventiva, el juicio no se había celebrado. Todos los esfuerzos judiciales están concentrados en evitar ese riesgo, prácticamente descartado tras la conclusión del sumario en abril pasado y el procesamiento de los presuntos responsables. Pero el desastre ha llegado por donde menos se esperaba: un error o fallo achacable al juzgado del juez Del Olmo sobre el cómputo de la fecha en que procedía decidir sobre la prórroga en prisión preventiva -de dos a cuatro años- de Saed el Harrak, uno de los 29 procesados en la causa.

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El juez Del Olmo admite su error en la excarcelación del procesado por el 11-M

No hay que minimizar la gravedad del hecho. Aunque el error no ha podido corregirse de inmediato, el procesado seguirá bajo vigilancia estrecha, ha de presentarse dos veces al día ante la policía, y la fiscalía todavía dispone de mecanismos para tratar de que vuelva a prisión. Es posible que el fallo no hubiera llegado a materializarse de no haber estado de baja el juez Del Olmo, o si la juez sustituta, Teresa Palacios, hubiera consultado con el juzgado de su colega ante lo anómalo de poner en libertad provisional a uno de los procesados por el 11-M. Pero se demuestra una vez más que los jueces son reacios a comunicarse entre sí, si no es a través de exhortos, providencias u otros procedimientos perfectamente inútiles en casos de urgencia.

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Como no es la primera vez que un hecho así ocurre en la Audiencia Nacional -los ha habido mucho más graves-, es obligado que el Consejo General del Poder Judicial investigue cómo se produjo. Una equivocación en el cómputo de un plazo no pone en entredicho la capacidad profesional de un juez ni la validez de una instrucción sumarial. Lo que sí cuestiona es el funcionamiento de la oficina judicial, de la que es responsable su titular, el juez, a la que compete el control efectivo de los plazos procesales y, en especial, de las causas con preso. Este aspecto es el que más debe preocupar al órgano de gobierno de los jueces, y más tratándose de la Audiencia Nacional, donde los errores de funcionamiento pueden tener gravísimas consecuencias.

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