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EL DEFENSOR DEL LECTOR
Columna
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Delito y nacionalidad

Un lector remitió el domingo pasado un escueto mensaje. "Página 16 del periódico de hoy, en su columna: 'No debe titularse una noticia con la nacionalidad del autor de un crimen'. Página del cuadernillo de Madrid: Detenidos 17 chinos por falsificar películas, CD de música y bolsos. ¿Lo de que fueran chinos es un dato vital de la noticia?".

He aquí una clara demostración de que el éxito del Defensor del Lector en su tarea es relativo, por decirlo de alguna manera.

Jesús Duva, redactor jefe de Madrid, responde a la pregunta: "El lector tiene razón en su queja. En este caso, la nacionalidad de los detenidos es irrelevante. Lo noticioso es que la policía detuvo a una organización de falsificadores de CD y películas, al margen de quiénes fueran los infractores. Todos los redactores saben que no hay que titular por la nacionalidad o la etnia de las personas, salvo que esa circunstancia sea la que convierta un hecho en noticioso. Pero a veces, como ha ocurrido en esta ocasión, se desliza un error al fallar los controles, cuya responsabilidad asumo".

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Destacar en una información circunstancias poco relevantes es una mala práctica periodística, pero si lo que se subraya es la nacionalidad del autor o autores de hechos negativos se contribuye además a consolidar estereotipos peligrosos.

El Consejo Audiovisual de Cataluña (CAC) aprobó en enero de 2002 unas recomendaciones sobre el tratamiento informativo de la inmigración, de entre las que destacamos ésta: "La enfatización de las referencias a cuestiones como el origen o el color de la piel de los protagonistas de algunas noticias a menudo no añade información relevante al relato, no es estrictamente necesaria para la comprensión del hecho y, en cambio, actúa como refuerzo de prejuicios y como clave implícita de interpretación de intención negativa o condenatoria. Conviene administrar con criterio responsable, ponderado y crítico este tipo de referencias, a fin de servir estrictamente a las exigencias de una información detallada, precisa y completa".

Una crítica que se hace a los defensores de reducir al mínimo las alusiones a la nacionalidad es que, si no se informa de ello, se está hurtando información, y el primer deber de un periodista es informar. El CAC aborda así esta cuestión: "Las autoridades, los medios y los profesionales tienen el deber de no ocultar la verdad y de servir al derecho a la información, pero también comparten la responsabilidad social de promover la convivencia, en un contexto de libertad, pluralidad y civismo".

Una lectora que llamó por teléfono el jueves se quejó de que en muchos textos, sobre todo de sucesos, se cita de manera innecesaria la nacionalidad del autor de un delito. "Y eso va calando", se lamentó. El motivo fundamental de la llamada, sin embargo, fue protestar por la publicación en la primera página del cuadernillo de Madrid de una fotografía en la que varios menores podían ser identificados, captada en el momento en que sus mayores eran detenidos. "Me disgusta ver fotos así en mi periódico", comentó.

El texto informaba de la detención en un asentamiento ilegal de la periferia de Madrid de 29 adultos por diversos delitos, incluido el de mendicidad con menores, así como del internamiento en centros de primera acogida de 22 pequeños. Algunos de ellos son los que salían en la foto.

La redactora jefe de la sección de Fotografía, Marisa Flórez, admite que la imagen no se debería haber publicado sin ocultar los rostros de los pequeños que podían ser reconocidos. "Se ha producido un fallo en el control, por el que pido disculpas", precisó.

La Ley de Protección Jurídica del Menor, de 1996, es muy estricta en la protección de la imagen de las personas con menos de 18 años, cuya publicación prohíbe cuando "pueda implicar menoscabo de su honra o reputación".

Obesidad infantil

También sobre niños escribe el pediatra Eduardo Villamor. Se refiere a una amplia información sobre la obesidad infantil publicada el 9 de diciembre e ironiza: "Observo que el artículo ofrece un original y eficaz método para reducir las cifras, tan alarmantes, de prevalencia de la enfermedad". ¿Cuál es? Según el texto, si el índice de masa corporal (IMC) del niño "está entre 25 y 29,9, hay sobrepeso", lo que significaría que un niño de tres años de un metro de altura tendría sobrepeso a partir de los 25 kilos. Ello convertiría el problema en infrecuente porque "hay muy pocos niños de un metro que pesen tanto".

"Lo que ocurre", precisa, "es que la definición de la obesidad infantil, si se hace en base al IMC, debe adecuarse al percentil para la edad. Volviendo al niño de tres años, el IMC por el que podríamos empezar a preocuparnos sería aproximadamente 17".

Uno de los redactores que tratan los temas de salud admite el error y, para subsanarlo, remite una tabla para calcular la obesidad infantil, la que aparece junto a estas líneas como aclaración para los lectores.

Los lectores pueden escribir al Defensor del Lector por carta o correo electrónico (defensor@elpais.es), o telefonearle al número 91 337 78 36.

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