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Un juzgado obliga a las compañías de telefonía móvil a eliminar el redondeo

El fallo prohíbe también el doble cobro del establecimiento de llamada y del primer minuto

Ramón Muñoz

Primer revés judicial contra el redondeo en telefonía. El Juzgado de lo Mercantil número 4 de Madrid ha ordenado a las compañías de telefonía móvil que eliminen la práctica del redondeo, es decir, que dejen de cobrar a sus clientes por bloques de medio minuto o un minuto, y ajusten las tarifas a la verdadera duración de la llamada. Por esta práctica, ingresaron 1.358 millones el año pasado. Además, prohíbe que se cobre al tiempo el establecimiento de llamada y el primer minuto. Movistar, Vodafone y Amena han anunciado que recurrirán el fallo.

La sentencia, del pasado 21 de noviembre, estima la demanda que interpuso el 5 de septiembre pasado la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) contra Movistar, Vodafone y Amena.

El fallo, el primero que reconoce que esta práctica es ilegal, ordena que se elimine el doble cobro del establecimiento de llamada y del primer minuto completo, así como el cobro de las llamadas por bloques de tiempo que comprendan más del efectivamente consumido, en alusión al redondeo que aplican las operadoras.

Las compañías de telefonía móvil ingresaron el pasado año alrededor de 1.385 millones de euros por el redondeo al alza de sus tarifas, es decir, por el cobro de fracciones enteras de tiempo (el primer minuto de conversación y cada 30 segundos después) aunque las llamadas sean de duración inferior. De hecho, cobraron de media a cada cliente 3,1 horas de conversación que, en realidad, no consumió.

La sentencia declara que el redondeo es una práctica "abusiva y claramente perjudicial para el consumidor", y señala que el establecimiento de los precios debe ser transparente, "porque para poder elegir hay que comparar y para ello es preciso saber que cobre cada operador y por qué prestaciones lo hace".

El Gobierno ya aprobó el pasado mes de septiembre una norma prohibiendo la práctica del redondeo, aunque la regulación no ha entrado aún en vigor. No obstante, a raíz del anuncio, las operadoras han creado planes de tarifas que incluyen la posibilidad de elegir la facturación por segundos.

Las tres compañías coincidieron ayer en adelantar que recurrirán la sentencia ante la Audiencia Provincial. No obstante, la OCU podría solicitar la ejecución inmediata de la sentencia, depositando una fianza para resarcir a la operadora en caso de que una instancia jurídica superior revocara el fallo.

Las operadoras estiman que el fallo restringe la capacidad de los clientes de elegir otros modelos de tarificación que se adaptan mejor a sus hábitos de consumo, y cierra la puerta a las tarifas planas y otras promociones.

Asimismo, indicaron que menos del 15% de los clientes han optado por los planes que incluyen la tarificación por segundos, como es el caso de Vodafone y su tarifa Vitamina.

Jugando con el móvil.
Jugando con el móvil.ANTONIO ESPEJO

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Sobre la firma

Ramón Muñoz
Es periodista de la sección de Economía, especializado en Telecomunicaciones y Transporte. Ha desarrollado su carrera en varios medios como Europa Press, El Mundo y ahora EL PAÍS. Es también autor del libro 'España, destino Tercer Mundo'.

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