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Reportaje:

La difícil visita del abuelo

Asuntos Sociales y ONG de mujeres discrepan sobre las visitas a hijos de divorciados

El pasado 27 de junio, el ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, Eduardo Zaplana, anunció la decisión del Gobierno de modificar cinco artículos del Código Civil para garantizar en forma expresa el derecho de los abuelos a visitar a los nietos en caso de ruptura matrimonial, mediara o no acuerdo entre los cónyuges. La norma, señaló, continuaría "una política ya tradicional del Gobierno de apoyo a la familia". El pasado viernes el proyecto de ley fue remitido a las Cortes, y la polémica no se ha hecho esperar.

"Es una ley en apariencia dulce e inocua, pero entraña graves consecuencias", dijo ayer Consuelo Abril, presidenta de la comisión para la Investigación de Malos Tratos a Mujeres. Ésta es una de las seis ONG que han manifestado su "oposición rotunda" a la reforma, señalando que puede implicar "un peligro grave para los menores". Las otras cinco son la Asociación de Mujeres Juristas Themis, la Federación de Mujeres Progresistas, la Red de Organizaciones Feministas contra la Violencia de Género, la Unión de Asociaciones Familiares y la Federación de Asociaciones de Mujeres Separadas y Divorciadas.

El "riesgo" para los menores proviene, según estas ONG, de la posibilidad de que un padre violento, privado de sus visitas, aproveche el régimen establecido a favor de los abuelos y consiga acceder a sus hijos. Ello supondría "la violación de una resolución judicial" de alejamiento.

"Es ridículo, irreal y hasta retorcido", sostuvo ayer Lucía Figar, secretaria de Asuntos Sociales, en respuesta a las críticas. "Dudo mucho que ningún abuelo ceda su tiempo de visitas para que alguien maltrate a sus nietos." Figar indicó, además, que las objeciones olvidan que "la reforma se hace en interés del menor" y que el juez sigue siendo quien decide las condiciones en que el derecho de visita de los abuelos ha de ejercerse. "Puede definir, por ejemplo, que los abuelos paternos visiten al niño en casa de la madre" para garantizar el cumplimiento de la orden de alejamiento, afirmó. "Hemos querido regular la relación de los abuelos con sus nietos reconociendo el papel esencial que cumplen", agregó Figar. "El proyecto se remitió a las Cortes con informes favorables del Consejo General del Poder Judicial y de la Fiscalía General del Estado".

Entre las motivaciones expresadas por el Gobierno al enviar el proyecto de ley a las Cortes se incluye que, de un total de 115.049 separaciones y divorcios en 2002, el 36% se dio sin acuerdo entre los cónyuges, lo que afectó la relación entre los abuelos y sus nietos.

El proyecto de ley consta de un único artículo y cinco apartados que modifican los artículos 90, 94, 103, 160 y 161 del Código Civil. La reforma prevé que en los casos de separación, nulidad y divorcio, el convenio regulador entre los cónyuges o, a falta de acuerdo entre ambos, las medidas adoptadas por el juez, deberán contemplar expresamente el derecho de visita de los abuelos a los nietos. Establece, además, la posibilidad de que la custodia de los menores pueda ser concedida a los abuelos.

Otra de las objeciones esgrimidas ayer por las asociaciones de mujeres se refiere a que no menciona la situación de las parejas de hecho, algo que entienden "discriminatorio". "¿Acaso el interés de un hijo no matrimonial es distinto del de uno nacido en un matrimonio", se preguntó una de las portavoces.

Figar también se refirió a este punto: "Esta ley introduce una previsión específica en los casos de crisis matrimoniales, es cierto. Lo que no entiendo de las críticas es que, por un lado, se objete la ley en su totalidad, y por el otro se reclame para las parejas de hecho algunos de sus beneficios".

La situación de las parejas de hecho está amparada en el Código Civil, señala Figar. El artículo 160 prevé: "No podrán impedirse sin justa causa las relaciones personales entre el hijo y otros parientes y allegados".

Pero las críticas no cesan. "Justamente el artículo 160 hace que esta reforma sea innecesaria. El Gobierno legisla sobre lo ya legislado", dice Rosa Pérez Villar, de la Asociación de Mujeres Juristas Themis. No es preciso, dicen, un derecho expreso a favor de los abuelos que "no tiene antecedentes en el derecho comparado de la UE".

Eduardo Zaplana, en una imagen de archivo.
Eduardo Zaplana, en una imagen de archivo.

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