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COMUNICACIÓN

Unión Radio recurre el auto del Supremo que anulaba la concentración SER-Antena 3

Las empresas afectadas presentaron hace un año un plan para resolver los negocios jurídicos

Antena 3 Radio, Unión Radio y la Cadena SER anunciaron ayer su intención de presentar hoy un recurso de súplica ante el Tribunal Supremo contra el auto, notificado el pasado día 11, en el que se ordena la ejecución de la sentencia que anulaba el acuerdo del Consejo de Ministros (de mayo de 1994) por el que se autorizaba la concentración de Antena 3 Radio, Unión Radio y la SER. Ocho años después de esa autorización, el Servicio de Defensa de la Competencia acordó esta semana ordenar a las empresas afectadas que resuelvan los negocios jurídicos en los que se instrumentó la operación.

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El auto de ejecución de sentencia del Tribunal Supremo ha sido comunicado 10 años después de un largo proceso que arrancó en junio de 1992, cuando una crisis interna estalló en Antena 3 Radio. El entonces director general, Manuel Martín Ferrand, que aspiraba al control de la cadena, puso sobre la mesa del Consejo de Administración la destitución del presidente y accionista mayoritario, Javier de Godó. El consejo aprobó la destitución, pero Godó logró recuperar sus funciones pocos días después y Martín Ferrand presentó la dimisión. Con él salieron un grupo de profesionales de la cadena.

En julio de 1992, el grupo Godó y el grupo PRISA (editor de EL PAÍS) llegaron a un acuerdo por el cual este último tomó una participación indirecta y minoritaria de Antena 3 de Radio. A finales de 1993 se creó Unión Radio (constituida en un 80% por PRISA y un 20% por Talleres de Imprenta SA, editora de La Vanguardia). Esta operación fue comunicada de forma voluntaria al Servicio de Defensa de la Competencia.

Condiciones del Gobierno

Tras analizar el sector, el Tribunal de Defensa de la Competencia trasladó al Gobierno un informe por el que se autorizaba la operación, siempre y cuando se cumplieran unas severas limitaciones. En mayo de 1994, el Consejo de Ministros decidió no oponerse a la concentración. En los últimos meses de 1994 las emisoras de Antena 3 Radio fueron adscritas a algunas programaciones de la SER. Antena 3 Radio siguió produciendo y emitiendo los productos M-80 y Radiolé. Más tarde cambió la oferta convencional a Sinfo Radio.

De acuerdo con las condiciones exigidas por el Gobierno, las empresas radiofónicas comenzaron a ejecutar un plan exhaustivo de reestructuración y desinversión de activos, que causó cuantiosos daños económicos y patrimoniales. Así, la compañía procedió a la venta de 17 emisoras ubicadas en plazas importantes. En este tiempo, los trabajadores de Antena 3 de Madrid se trasladaron a la sede central de la SER y se vendieron algunos edificios.

Pese a cumplir las condiciones impuestas por el Consejo de Ministros y solicitadas por el Tribunal de Defensa de la Competencia, en 1994 un grupo de periodistas encabezados por el antiguo director general de Antena 3 y algunos de sus colaboradores (los periodistas de la Cope Luis Herrero y Federico Jiménez Losantos; el ex director del programa deportivo de Onda Cero Supergarcía, José María García; el director de El Mundo, Pedro J. Ramírez; el adjunto al director de ese periódico Melchor Miralles, Luis Ángel de la Viuda y el fallecido Antonio Herrero) interpusieron un recurso contencioso administrativo solicitando la anulación del acuerdo del Consejo de Ministros que dio luz verde a la concentración.

Seis años después, en junio de 2000, el Tribunal Supremo estimó en parte dicho recurso y declaró anulable aquel acuerdo. La sentencia reconocía que no se había vulnerado el derecho de la competencia ni los límites de propiedad marcados en la Ley de Ordenación de Telecomunicaciones (LOT), pero la sección tercera de la sala (presidida por Fernando Ledesma, ex ministro de Justicia, y de la que forman parte los magistrados Óscar González, Manuel Campos, Francisco Trujillo y Segundo Menéndez, quien actuó de ponente) entendió que el sistema de gestión establecido equivalía a una vulneración de una disposición adicional de la LOT. Las empresas afectadas interpusieron recurso de amparo al Tribunal Constitucional, que no lo admitió a trámite al considerar que no se había lesionado ningún derecho fundamental.

El 14 de noviembre de 2001, el Consejo de Ministros adoptó un acuerdo por el que se daba cumplimiento a la sentencia del Tribunal Supremo y ordenaba a la SER, Antena 3 Radio y Unión Radio que en un plazo de dos meses presentaran un plan de actuaciones para el cumplimiento del fallo. Los afectados proponen entonces que la sentencia no puede cumplirse sino dejando sin efecto los acuerdos y contratos que instrumentaban la operación.

El plan recibió el visto bueno del Tribunal de Defensa de la Competencia y del Ministerio de Ciencia y Tecnología. No obstante, el abogado del Estado solicitó al Tribunal Supremo que determinara si de esa forma se daba cumplimiento a la citada sentencia.

El pasado día 11 se notificó por la sala del Supremo el auto de ejecución de sentencia. En dicho auto, los magistrados añadieron una valoración sobre el pluralismo informativo que choca frontalmente con la realidad de los datos. El auto dudaba de que dicha propuesta fuera suficiente 'para preservar lo que aquella operación de concentración puso en riesgo, que no fue sino el pluralismo informativo en el sector de los medios de radiodifusión sonora'.

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