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EL "CASO PINOCHET"

La justicia chilena avanza en las investigaciones que implican a Pinochet

Juan Guzmán Tapia, el juez que tendrá la responsabilidad de procesar en Chile a Augusto Pinochet si el dictador vuelve a su país y los tribunales autorizan el desafuero, aprovecha los últimos días previos a las vacaciones de febrero para intensificar la investigación. Ayer y anteayer sometió a extensos careos a tres altos oficiales detenidos y procesados por la llamada caravana de la muerte, la causa judicial que presenta mayores indicios de la implicación directa de Pinochet en violaciones de derechos humanos durante la dictadura, y sobre la que se asentará la petición del levantamiento de la inmunidad parlamentaria.

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Los careos entre los procesados por la caravana de la muerte fueron ordenados por la Corte de Apelaciones de Santiago al objeto de aclarar diversas contradicciones en que incurrieron los inculpados.Se trata del primer careo y una de las diligencias más relevantes que ha practicado Guzmán desde que hace dos años aceptó a trámite la primera de las 57 querellas criminales presentadas contra el militar golpista. El juez trata de agilizar las diligencias ante el previsible regreso a Chile de Pinochet, estiman los abogados querellantes.

En la sede del Comando de Telecomunicaciones del Ejército, el general Sergio Arellano Stark, jefe de la caravana de la muerte, y los coroneles Marcelo Morén Brito y Sergio Arredondo González fueron sentados frente a frente e interrogados de dos en dos por el magistrado. El juez también tiene previsto someter a careo al brigadier Pedro Espinoza Bravo, exjefe operativo de la DINA (policía política de la dictadura) que recientemente cumplió una condena a seis años de cárcel por el homicidio del excanciller Orlando Letelier, ocurrido en Washington en 1976. Espinoza fue trasladado el martes desde el penal de Punta Peuco al Comando de Telecomunicaciones, donde se halla en situación de detención preventiva.

En las declaraciones que constan en el sumario, el general Arellano descarga la responsabilidad de los hechos en sus subalternos, mientras que éstos acusan a sus superiores de dictar las órdenes.

Fuentes de los abogados querellantes calificaron la diligencia de Guzmán de gran importancia para el avance de la causa. "Habrá que repetir los careos para abrir una puerta a la verdad", señalaron. Por ejemplo, en el sumario de la localidad de Cauquenes, donde fueron fusilados cuatro opositores a la Junta Militar, entre ellos Claudio Lavín (primo-hermano del excandidato presidencial de la derecha, Joaquín Lavín), el brigadier Espinoza es acusado como testigo de los fusilamientos por Rubén Castillo, exjefe del Regimiento Andalién de Cauquenes. Espinoza declara que mientras se producían los hechos él se encontraba vestido de civil en la plaza del pueblo recabando la opinión de la gente sobre el golpe militar.

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Arellano, Arredondo, Morén Brito y Espinoza están procesados, junto a otros dos militares, como autores materiales de un delito de secuestro de 20 detenidos que fueron fusilados en distintos puntos del norte de Chile en un operativo represivo llevado a cabo en octubre de 1973, un mes después del golpe militar. Según la acusación, el número de ejecutados por la siniestra comitiva asciende a 72. Los cuerpos de 20 de ellos no han aparecido nunca, por lo que el juez Guzmán califica el delito de secuestro permanente, que no prescribe ni queda cubierto por el decreto ley de amnistía de Pinochet, que exonera los crímenes cometidos desde el golpe hasta el 10 de marzo de 1978.

El juez Guzmán considera que el exdictador podría ser juzgado en Chile basándose en el artículo 274 del Código Penal, en concreto los apartados que se refieren a "que está justificada la existencia del delito" y a la existencia de "presunciones fundadas de que ha tenido participación en el delito". A Guzmán le correspondería bastante más que interrogar a Pinochet e instruir las querellas. De acuerdo a la legislación chilena, en primera instancia el juez ejerce la función de fiscal, ya que en dicha fase instruye, juzga y dicta sentencia. Dicho en otras palabras, el magistrado se pronuncia sobre su propia actuación, lo que no puede considerarse muy ajustado a derecho, según coinciden numerosos juristas chilenos.

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