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Tres directivos se enfrentan a siete años de cárcel por un posible delito ecológico

Tres directivos de las constructoras Ferrovial y Cadagua se enfrentan hoy a siete años de prisión -dos años y cuatro meses en cada caso- por un presunto delito ecológico en la construcción de la depuradora de aguas residuales de Gorliz. El juicio, que se celebra esta mañana en la Audiencia de Bilbao, examinará su actuación en abril de 1995, cuando hubo un vertido que causó la muerte de miles de peces en un arroyo cercano. El desastre ecológico se completó con la utilización de escorias de acero para relleno de los terrenos.

El fiscal culpa de lo ocurrido, en su escrito de acusación, a Javier López-Ulloa, representante legal de Ferrovial; Luis Quintana, jefe de obra, y José Luis Mugueta, gerente de la unión temporal formada por Ferrovial y Cadagua. Ambas empresas eran responsables de las obras y del proyecto técnico de la depuradora de Gorliz, que se inauguró en el verano de 1997. Según el ministerio fiscal, cuando se desarrollaban los trabajos de construcción -en abril de 1995- aparecieron en el arroyo que desemboca en la playa de Gorliz "gran cantidad de peces muertos, anguilas, ranas y unos 300 [peces] más que nadaban con gran dificultad". El informe posterior elaborado por el Departamento de Sanidad del Gobierno vasco constató que se utilizaron escorias de acero para el acondicionamiento del terreno donde se ubica la depuradora y que quedaron depositadas junto al arroyo.Además, el fiscal señala en su acusación que, durante la ejecución de las obras, se rompió una tubería de aguas fecales que fluyó al arroyo. "Como consecuencia de los vertidos se constata un aumento considerable del Ph del arroyo, debido a la presencia elevada de calcio y una disminución del oxígeno disuelto".

Esta situación llevó a la Inspección de Sanidad del Gobierno vasco a solicitar el acotamiento de la zona de baño de la playa de Gorliz, puesto que constataba la existencia de un riesgo para la salud humana. El informe confeccionado por Sanidad calificaba de "no adecuado" el depósito de las escorias junto al arroyo, por lo que desaconsejó la utilización de este material como relleno y recomendó "la retirada del mismo a otro lugar más adecuado".

El Ayuntamiento de Gorliz ya planteó la paralización de los trabajos cuando tuvo lugar el episodio contaminante y se dirigió a la Diputación de Vizcaya, la institución que adjudicó las obras de ejecución de la depuradora a las empresas. El consistorio solicitó que se obligara a retirar los desechos contaminantes pero la institución foral se negó entonces a proceder a la interrupción de las obras.

En su escrito de acusación, la Fiscalía estima que los hechos constituyen un delito contra el medio ambiente, por lo que solicita para cada uno de los tres acusados una pena de dos años y cuatro meses de prisión menor, así como una multa de dos millones de pesetas. A ello añade una indemnización por responsabilidad civil de 2,5 millones.

Una decena de juicios

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En el País Vasco las vistas en los tribunales por un delito ecológico no han llegado a la decena y sólo "en dos o tres casos", según constatan los ecologistas, ha habido sentencias condenatorias "que han sido menores y en ningún caso han supuesto el ingreso en prisión". Entre éstas, se encuentra el caso de una granja de gallinas en Gordexola y un vertido de lindane en Barakaldo. En cambio, juicios contra grandes empresas, como la química Rontealde y la papelera de Aranguren, debido a escapes contaminantes terminaron con la absolución de los acusados.

Precisamente la empresa Rontealde será de nuevo juzgada por el escape tóxico de 1994, tras el que murió un vecino. El fiscal solicita un total de nueve años de cárcel para los tres máximo responsables de la planta.

La depuradora de Gorliz se enfrentó también a otro posible delito ecológico por los vertidos fecales que en el verano de 1997 obligaron al cierre de la playa durante cuatro días. En este caso, el juzgado de instrucción número 2 de Getxo lo archivó, el pasado septiembre, "por no ser constitutivos de infracción penal".

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