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Tribuna:EL DEFENSOR DEL LECTOR
Tribuna
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A este lado de la Verja

El contencioso entre España y el Reino Unido a propósito de Gibraltar ha generado al cabo del tiempo una terminología bien distinta, incluso contradictoria, a éste y al otro lado de la Verja para designar cosas idénticas, como el lugar donde se asienta la colonia, su contorno físico, sus habitantes, sus comunicaciones, así como aspectos del proceso que busca una solución definitiva al histórico conflicto que enfrenta a dos países miembros de la Unión Europea. No es extraño, por ello, que el Libro de estilo de EL PAÍS dedique nada menos que tres páginas a la confección de un elenco más o menos completo de esos términos y a señalar los que considera apropiados para referirse en este periódico a la colonia británica y a sus circunstancias.Desde la localidad estadounidense de Upper Darby, Pensilvania, un lector, Juan Carlos de Cáceres, señala diversos «errores de derecho» que, a su entender, se contienen en la información publicada en la edición de EL PAÍS del domingo 22 de marzo (sección de España) con el título Mil gibraltareños protestan contra España, y en la que se daba cuenta de los incidentes habidos en aquellas fechas con pesqueros españoles en aguas en torno a Gibraltar. A juicio de este lector, «no hay base jurídica legal para llamar gibraltareños al contingente auxiliar de la fuerza de ocupación británica, ya que los nativos escogieron el exilio antes que vivir bajo ocupación británica. Los pobladores actuales se identifican como llanitos». Tampoco hay base jurídica legal, según el lector, para justificar la existencia de una «Royal Gibraltar Police, pues la única autoridad legítima en la Roca es la británica», como no la hay, finalmente, para la existencia de lanchas patrulleras, de Gibraltar o británicas, porque «Gibraltar no tiene aguas territoriales que patrullar». Y ello porque «en los límites acordados bajo el Tratado de Utrecht, Gibraltar empieza a la puerta del castillo, por tierra, y en la marca de la marea alta, en el resto de la Roca. La existencia del puerto de Gibraltar es una usurpación ilegítima de las aguas territoriales españolas, lo mismo que la existencia del aeropuerto de Gibraltar es una usurpación ilegal del territorio español».

Hasta aquí las observaciones del lector, al que hay que agradecer que plantee esta cuestión, pues no es inocente el uso del lenguaje en medio de una pugna política y diplomática que pretende poner fin a la existencia de un enclave colonial en plena Unión Europea, en un caso, y prolongar indefinidamente ese anacronismo, en el otro. No es cuestión de un nacionalismo fuera de lugar, del que se ha usado y abusado tanto en otros tiempos a cuenta de Gibraltar. Tampoco de un desfasado concepto patriótico de la información. Se trata de algo más simple y a ras de tierra: ante una situación política y jurídicamente conflictiva, todavía sin resolver, como la de Gibraltar, es lógico que quienes estamos a este lado de la Verja utilicemos la terminología propia de este lado, es decir, la española. Lo cual no es nada fácil, como puede comprobarse: en EL PAÍS se deslizan a veces términos acuñados «al otro lado», pero el lector que denuncia el hecho no se libra tampoco de caer en el error de referirse a Gibraltar como «la Roca». En estas páginas, al menos, no procede el uso de ese anglicismo, traducción literal e incorrecta de the Rock, pues a este lado de la Verja el sinónimo correcto de Gibraltar es «el Peñón».

Pero tiene razón el lector en lo impropio de hablar de una «Royal Gibraltar Police» o de «patrulleras» gibraltareñas o incluso británicas, pues la autoridad sobre el Peñón corresponde en exclusiva al Reino Unido y no existen aguas territoriales que patrullar. Sobre este punto, el Libro de estilo señala: «España no reconoce al Reino Unido más aguas que las del puerto de Gibraltar (cedido por el Tratado de Utrecht) ni más espacio aéreo que el situado sobre la vertical del Peñón. Debe evitarse, por tanto, hablar de las aguas o el espacio aéreo de Gibraltar, y sustituir la preposición "de" por "en torno a" o "en la zona de». Y respecto de la denominación de los habitantes de Gibraltar parece existir alguna divergencia entre el lector y el Libro de estilo. Según este último, da lo mismo llamarles «gibraltareños» que «llanitos». Lo incorrecto es referirse a ellos como «el pueblo de Gibraltar».

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No está demás, en todo caso, aprovechar la ocasión para animar a los redactores de este periódico a hojear lo que dice el Libro de estilo respecto de Gibraltar antes de ponerse a escribir sobre la colonia británica o cuestiones conexas. Así evitarán imprecisiones o términos que, al margen de su corrección gramatical, responden a puntos de vista vigentes al otro lado de la Verja. A este lado es impropio, por ejemplo, hablar de «frontera», pues el istmo nunca fue cedido por España, así como de «comunicaciones (terrestres) o tránsito entre Gibraltar y España» (España no comienza en el límite actual marcado por la Verja, sino al pie mismo de la cara norte del Peñón). Si la referencia en el primer supuesto se hace concretamente al lugar por donde pasan personas, vehículos y mercancías, es más apropiado hablar de «puesto aduanero» o «puesto de control», y en el segundo supuesto es mejor decir «comunicaciones entre Gibraltar y el territorio circunvecino o región o zona circundante, vecina o limítrofe». Y si se escribe sobre el proceso negociador entre España y el Reino Unido y su repercusión sobre la población de Gibraltar hay que tener cuidado de no confundir los deseos con los intereses . A este lado de la Verja se opta por el empleo del segundo término -es decir, se habla de intereses de los habitantes del Peñón- frente al primero, que se intenta imponer desde el otro lado como expresión de voluntad autónoma de la población gibraltareña. Los intereses tienen una connotación objetiva, concreta y técnica. Pueden y deben tenerse en cuenta en una posible solución del contencioso entre España y el Reino Unido. Los deseos tienen, en cambio, una connotación fundamentalmente subjetiva, abstracta y política, que implica conceder a los gibraltareños una especie de derecho de veto referido a la cuestión de fondo: la soberanía.

Los lectores pueden escribir al Defensor del Lector por carta o correo electrónico (defensor@elpais.es), o telefonearle al número 91 337 78 36.

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