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Los límites de la investigación

Álvaro Rodríguez Bereijo, presidente del Tribunal Constitucional, considera que Ias facultades de investigación, también de los jueces, están limitadas por las leyes y los derechos fundamentales". A la pregunta de si un juez puede pedir a un psiquiatra el historial clínico de un paciente, Rodríguez Bereijo responde: "Es un problema delicado. La información que incluso un juez pueda requerir tiene límites".Tanto en este caso como en el de la petición de historiales a las clínicas que practican abortos, el presidente del alto tribunal estima que "la respuesta general a esos problemas es que las facultades de investigación, también de los jueces, tienen límites, (...) de forma que no son facultades omnímodas". Rodríguez Bereijo cree "un problema distinto" el requerimiento judicial de los papeles del Cesid sobre la guerra sucia, aunque añade: "Pero la cuestión sigue siendo la misma. ¿Existen límites a la facultad de investigación y de inquisición de un juez que instruye una determinada causa penal? Existen límites, límites en las leyes y en los derechos fundamentales".

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Otros juristas consuItados coinciden, también con la actitud de Carlos Castilla del Pino, que consideran plenamente correcta no sólo ética, sino jurídicamente.

Pericias

José Antonio Martín Pallín, magistrado del Tribunal, Supremo, declara tajante: "EI juez puede pedir una pericia pero no el historial clínico de una persona". Martín Pallín señala que muchos de los datos, o circunstancias que los médicos requieren a veces a sus pacientes son cuestiones -si fuman o beben, antecedentes genéticos, abortos- "no adecuadas ni pertinentes al objeto de una investigación judicial y amparadas por el secreto profesional del médico, que se debe negar a facilitarlos".

Martín Pallín, también dirigente de la Asociación Pro Derechos Humanos, cree que las peticiones de, historiales clínicos "deben tratarse de escritos poco precisados". Y añade: "El juez debe explicar los datos necesarios, sin entrar a saco en la abundantísima información reservada que puede tener un médico en su poder". Razona que "los informes médicos pueden ser de especial relevancia para una investigación judicial, pero en ese caso el juez competente debe pedir al médico una pericia, para que aporte lo que interese a la investigación, sin que resulte dañado el derecho a la intimidad".

José Luis Mazón, abogado especializado en la defensa de derechos fundamentales, considera que "en la jurisprudencia europea de derechos humanos está resuelto este conflicto, ya que prohíbe la injerencia de la autoridad pública en el ejercicio del derecho a la vida privada, y lo más privado es un historial clínico".

Mazón cree "de absoluta necesidad proteger la intimidad personal". Como abogado, dice: "Si un juez me pide una copia de la ficha o historial de mi cliente, yo haría igual que Castilla del Pino, y además le enviaría una copia del artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos".

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