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PROYECTO DE REGLAMENTO DEL SERVICIO MILITAR

El estatuto del soldado

DERECHOS-A defender militarmente a España y sus intereses (9.2.a).

-A no ser discriminado por razón de nacimiento, raza, religión, opinión o cualquier otra circunstancia (9.21).

-A no declarar sobre su ideología, religión o creencias y a que en su documentación no figuren datos relativos a ellas (9.2.c).

-A la libertad ideológica y religiosa sin otros límites en sus manifestaciones que la salvaguarda de la disciplina y la seguridad nacional (9.2A). Podrán recibir, si lo desean, asistencia de los capellanes militares o de ministros de otras confesiones (62). Antes de la jura o promesa de bandera podrá celebrarse un acto religioso de asistencia voluntaria (68.21).

-A la intimidad. Si hay indicios de delito o falta disciplinaria o lo exije la protección de la salud pública o de la seguridad nacional, el jefe de la unidad autorizará expresamente el- registro, que se hará en presencia de testigos. y, si es posible, del interesado (9.2.e). Al secreto de las comunicaciones (9.21).

-A circular libremente por España. Para salir al extranjero se requerirá autorización expresa del jefe de la unidad (9.2.g).

-A la libertad de expresión, con los límites derivados de la seguridad y defensa nacional (9.2.h).

-De reunión. Para ejercer este derecho en centros militares deberá autorizarlo expresamente el jefe de la unidad. No podrá asistir de uniforme a manifestaciones públicas, salvo de carácter familiar, social y cultural (9.2.i).

-De asociación. No podrá ejercer el derecho de sindicación o huelga, ni acciones reivindicativas colectivas (9.2.j).

-Al sufragio activo y pasivo (9.21). Se suspenderá el servicio militar cuando un soldado sea incluido en una candidatura. De no resultar elegido, volverá de inmediato a filas. La suspensión durará mientras se ejerza un cargo de elección popular (105).

-A la reserva del puesto de trabajo y de la plaza en el centro de enseñanza. A efectos de la seguridad social, la suspensión del contrato por servicio militar se considera como alta (9.2.l.m).

-A no estar sometido, ni someter a otros, a medidas que supongan menoscabo de la dignidad personal (15).

-A no obedecer las órdenes que entrañen la comisión de delitos. De hacerlo, será responsable de su acción u omisión (1 7.b).

DEBERES

-Defender militarmente España y sus intereses (10.2.a).

-Prestar juramento o promesa ante la bandera (10.21).

-Conocer y cumplir la Constitución, la ley del Servicio Militar, las ordenanzas y leyes penales y disciplinarias militares (10.2.c):

-Conocer y emplear el castellano en el servicio (10.2A).

-Respetar y obedecer a los jefes en todo lo que manden concerniente al servicio (10.2J).

-Respetar a los compañeros y evitar bromas pesadas y acciones que supongan vejación o menosprecio (17.11).

-Ser cortés y deferente con la población civil (17. 1. g).

-Respetar la neutralidad de las Fuerzas Armadas y abstenerse de actividades políticas, o sindicales (10.21).

-Guardar reserva sobre la información clasificada o que conozca por su destino (10.2J).

-Comunicar, en cuanto sea posible, al mando, el fiscal o el juez militar cualquier delito militar que conozca (14.5) e informar de cualquier irregularidad (17. Ij).

-Velar por el buen nombre de las Fuerzas Armadas (17. I.d).

-Sercorrecto en el saludo mifitar y vestir el uniforme con decoro (17.1.e); así como conservar correctamente el armamento, material y equipo (17. 1. h).

COMETIDOS

-Son actividades propias del militar de reemplazo las de carácter táctico, técnico, logístico, administrativo o de apoyo y las otras necesarias para el funcionamiento y seguridad de las unidades. Se les podrá encomendar, en circunstancias extraordinarias, tareas de protección y seguridad, protección civil y del medio ambiente y ayuda humanitaria. No se les podrán ordenar actividades ajenas al servicio (65).

-El mantenimiento, limpieza y conservación de dormitorios, áreas de esparcimiento y otras instalaciones militares será responsabilidad de los soldados allí destinados, salvo que haya personal específico para ello (48.1). No se podrá asignar a nadie un servicio de armas si no ha alcanzado el nivel de formación necesario (81). Quienes de manera continuada realicen tareas de manipulación de alimentos deberán estar cualificados para ello (59). La formación física se hará de forma progresiva, teniendo en cuenta las condiciones individuales y bajo control de personal profesional (78.2). En unidades que requieran especial preparación física, se harán pruebas de evaluación y quienes no las superen serán trasladados (79).

DURACION

-El servicio militar dura nueve meses; pero quienes estén bajo arresto no se licenciarán hasta cumplirlo (2). La mifl como voluntario en Cruz Roja dura 11 meses (Disposición Adicional Segunda). El tiempo de baja por accidente o enfermedad contra¡da durante la mifl se computa en los nueve meses, así como los permisos ordinarios y extraordinarios; pero no el tiempo transcurrido en suspensión del servicio, incluso si es por enfermedad contraida antes de la incorporación y manifestada después (108 y 109). Quienes estén en unidades enviadas al extranjero. podrán enrolarse como profesionales hasta el fin de la misión y por un máximo de seis meses (114).

HORARIO

-El militar de reemplazo estará en disponibilidad permanente para el servicio. Sus actividades se regirán por él horario único establecido en su unidad [el mismo que sigan los mandos](32). Durante el periodo de actividad, podrá ausentarse por motivos personales justificados, previa solicitud (34.4). Durante el tiempo libre, los francos de guardia o servicio no están obligados a realizar ningún'trabajo, salvo circunstancias imprevistas (34.5). Podrán ausentarse del destino desde el final de la actividad diaria hasta el comienzo de la del día siguiente, siempre que pernocten en un radio de 60 kilómetros o ,puedan presentarse en un máximo de dos horas. Esta limitacióndesaparece cuando el periodo sin actividad supere las 48 horas, aunque deben estar siempre localizables (33).

PERMISOS

-El permiso ordinario será de 15 días naturales para los destinados en su localidad, isla o provincia de residencia o en la provincia limítrofe. Tendrán 20 días los destinados en una provincia peninsular no limítrofe con la suya o en otra isla del mismo archipiélago; y 30 días, los destinados en Ceuta, Melilla, Baleares y Canarias, siempre que no residan en dichas plazas o archipiélagos; así como los residentes extrapeninsulares y en el extranjero destinados a la Península (41).

-El jefe de la unidad podrá conceder permisos extraordinarios por razones personales, familiares, laborales o de estudio; que serán deducibles de los ordinarios, salvo por fallecimiento o enfermedad grave de familiar en primer grado (43. l). También se podrán conceder permisos extraordinarios, no deducibles, por una duración máxima igual a la del permiso ordinario, como recompensa por actos meritorios (43.2.3). Los permisos podrán suspenderse, con carácter general -o particular, por necesidades del servicio (42). Los deportistas de élite tendrán hasta 90 días de permiso para prepararse y asistir a competiciones (Disposición Adicional Tercera)

SANCIONES

-El militar de reemplazo está sujeto al régimen disciplinario militar. Se tendrá en cuenta su condición de no profesional para graduar las sanciones con menor rigor. (11) Cuando se le abra expediente por falta grave [hasta tres meses de arresto], podrá ser asesorado por un abogado de su libre elección (12).

RECURSOS

-Cuando entienda vulnerados sus derechos, podrá individualmente presentar la reclamación a través de sus mandos inmediatos. Si considera que no es atendida debidamente, podrá reclamar directamente al jefe de Personal de su ejército, quien informará al director general del Servicio Militar. Podrá dirigirse también al Defensor del Pueblo (14).

EL SALUDO

-El saludo militar lo iniciará el militar de reemplazo, quien será correspondido por el superior. En lugares de encuentro frecuente, el soldado saludará la primera vez y luego sólo si se dirige al superior o es llamado por él. No es obligatorio saludar cuando ello distraiga la atención de un cometido que no pueda interrumpirse

-Tampoco hay que saludar durante el tiempo libre y en lugares de esparcimiento y comedores, salvo que se le dirija un superior o en caso de inspección (18).

ACOGIDA

-El joven se convierte en militar al firmar la,correspondiente notificación (5). El Plan de Acogida pretende facilitar su integración, en las Fuerzas Armadas. Los reclutas, que tendrán una entrevista personal con el mando, serán informados sobre la unidad, régimen de vida, medios de transporte, actividades, etc ... A su incorporación, serán analizados por el sicólogo (25 al 29).

DOCUMENTACIÓN

-Los soldados recibirán una tarjeta de identificación y otra sanitaria; así como una placa, que deberán llevar siempre al cuello, con su grupo sanguíneo, alergias, ejército, número de DNI y, si lo desean, religión. (28)

FAMILIAS

-El jefe de la unidad escribirá a los padres o esposa del soldado ofreciéndoles su colaboración y los números de teléfono y personas a quienes dirigirse. El soldado facilitará los datos de los familiares con quienes desea que se contacte en caso de accidente u otra circunstancia análoga. En estos casos, se hará un informe de lo sucedido para comunicarlo, por teléfono, a dicha persona (31).

UNIFORME Y MANUTENCIÓN

-Se proporcionará a los soldados el vestuario y equipo correspondiente, así como una manutención adecuada (44 y 46). No están obligados a llevar uniforme fuera del cuartel ni al entrar y salir del mismo (45.2).

RETRIBUCIÓN

-El militar de reemplazo percibirá una cantidad mensual para atender sus gastos personales que será fijada anualmente en la Ley de Presupuestos. También recibirá gratificaciones cuando preste servicio en destinos que supongan especial preparación, penosidad o peligrosidad o cuando tenga el empleo de cabo (50).

VIAJES

-El Estado pagará los viajes para incorporse a filas o regresar al domicilio tras la mili; así como los que haga por permisos ordinarios y aquellos extraordinarios concedidos por razones humanitarias o como recompensa (49.1).

PENSIONES E INDEMNIZACIONES

-Quienes fallezcan, desaparezan, se inutilicen o sufran lesiones permanentes, en acto de servicio, causarán derecho a pensión o indemnización. Son accidentes en acto de servicio los producidos como consecuencia de actividades militares; en cumplimiento de órdenes; al ir o volver al lugar de servicio; y, en general, entro de recintos militares, salvo prueba en contrario. Otros accidentes y enfermedades estarán abiertos por un seguro que amparará, al menos, el fallecimiento (51). Si el accidente es en acto de servicio, el soldado o su familia tienen derecho a recibir la información no sometida a secreto judicial y a ser oídos antes concluir el expediente (54.3)

ASISTENCIA SANITARIA

-Los militares de reemplazo tienen derecho a asistencia sanitaria y cobertura de la seguridad social militar (52). En caso de enfermedad, ellos o sus familiares tienen derecho a conocer el diagnóstico y tratamiento, a que se les extienda certificado de salud y a la confidencialidad de dicha información (53). Quienes sufran accidente o contraigan enfermedad durante la- mili quedarán rebajados del servicio, total o parcialmente, hasta su curación (54. l). El soldado que al pasar a la reserva esté de baja podrá recibir, hasta su curación, asistencia por la sanidad militar o civil (54.4).

DROGAS, ALCOHOL Y TABACO

-Habrá controles para detectar e impedir el consumo de drogas. En las unidades sólo podrán consumirse bebidas alcohólicas de hasta 13 grados [cerveza y vino]. Se prohíbe fumar en dormitorios y sollados. Se intentará crear zonas para fumadores (55 y 56).

ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS

-Serán voluntarias y tendrán carácter educativo, formativo, social, deportivo o recreativo. Se potenciarán los cursos de formación profesional, ocupacional y de adultos (36 y 37).

EXENCIÓN

-Los militares de reemplazo podrán pedir la exención de la mili tras incorporse a filas: por situación excepcional e irreversible que exija su presencia en el domicílio; por convenio internacional que entre en vigor tras su incorporación; por contraer o maniefestarsele una enfermedad que sea causa de exclusión; o por cumplir 30 años (93).

SUSPENSION

-El servicio militar puede sus penderse por las siguientes causas sobrevenidas que, de producirse antes de la incorporación, hubieran dado lugar a prórroga: por ser necesario el soldado para el seistenimiento de la la familia; por desempeñar un cargo de elección popular; por decisión del Gobierno; o por, manifestarse una enfermedad contraida antes.

La duración de la suspensión será igual a la de las prórrogas respectivas. También puede interrumpirse la mili, hasta por seis meses, cuando razones humanitarias y excepcionales requieran la presencia temporal en el domicilio (99 y 100). La suspensión podrá anularse por falsedad de los motivos alegados o por necesidades excepcionales del servicio (104). Los deportistas de élite podrán suspender la mili por seis meses para competiciones (Disposición Adicional Tercera).

CAMBIO DE DESTINO

-Tras su destino inicial, se podrá pedir cambio de región militar o unidad por causas excepcionales

También se le podrá cambiar e unidad por necesidades del servicio (22 y 23). Las solicitudes e cambio de destino, exención y suspensión se resolverán en dos eses. Si no hay respuesta, se entenderán deneeadas.

DESPEDIDA

-Al acabar la mili, se recibirá una notificacion y un certificado que acredite las actividades realizadas y, en su caso, la cualificación profesional alcanzada, según el sistema de homologación establecido con el Ministerio de Educación (64.2). El servicio militar se considera mérito para ser soldado profesional (Disposición Adicional Primera).

DEBERES DEL MANDO

Inculcar la disciplina basada n el convencimiento (19.I.a).

Ejercer la autoridad con firmeza, justicia y equidad, evitando la arbitrariedad (19.11).

-Evitar actos que, sin producir ventaja al servicio, ocasionen fatigas innecesarias (19.1.e).

-Tratar de conocer a los soldados, cuidar solícitamente sus condiciones de vida, inquietudes y necesidades, para que estén persuadidos de que se les trata con el respeto y la consideración que merecen (19.1.e).

-Velar porque los cometidos asignados no impliquen prestaciones de tipo personal ajenas al servicio (19.1).

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