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Editorial:
Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

Otra vez Filesa

EL "CASO Filesa" se aproxima a su tercer año de, existencia sin que políticamente haya sido resuelto en los términos anunciados en algún momento por Felipe González (Universidad Autónoma de Madrid, marzo de 1993) y sin que judicialmente se vislumbre todavía el cómo y el cuándo de su conclusión. Sin embargo, una vez superado el largo periodo de hibernación por causa de las elecciones del 6 de junio y de la posterior tramitación del suplicatorio del senador Josep María Sala, el asunto no debería tener, a partir de ahora, otros obstáculos que los propios de una investigación sumarial laboriosa y difícil.La instrucción judicial se reanudó, ayer, con las pesquisas sobre los supuestos informes que determinadas empresas encargaron al holding formado por Filesa, Malesa y Time-Export, y por los que pagaron más de 1.000 millones de pesetas, presuntamente destinados a la financiación del PSOE. Durante el mes de febrero, 42 directivos de estas empresas deberán comparecer ante el juez Barbero para testimoniar sobre este extremo: 18 para declarar por primera vez y 24 para ratificarse en su anterior declaración. Pero entre la anterior comparecencia y la iniciada ayer existe una diferencia capital para los declarantes: todos ellos deben acudir ante el juez acompañados de abogado, es decir, que su inicial condición de testigos puede convertirse en la de inculpados.

Qué es lo que haya podido influir en este cambio de criterio judicial sólo lo sabe, obviamente, el juez Barbero. Pero no parece descabellado relacionarlo con el carácter aparentemente evasivo (no saber nada o ser otros los responsables) que revelan las declaraciones prestadas hasta ahora. Induce a pensar que este tipo de declaraciones, además de evasivas, puedan ser también encubridoras a juicio del instructor. Si fuera así, la asistencia de abogado es obligada para evitar situaciones de posible indefensión a los declarantes. Lo que no evita es la confusión en, que éstos deben hallarse: no saber a ciencia cierta si son sólo testigos o también potenciales inculpados. Algo que procesalmente no parece ser muy ortodoxo: quien comparece ante la justicia tiene derecho, al menos, a que se le diga claramente en qué condición lo hace.

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