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El PP recurre cuatro artículos de la 'ley Corcuera' por inconstitucionales

El PP presentó ayer recurso de inconstitucionalidad contra cuatro artículos -retención para identificar, registros de domicilios sin orden judicial, multas basadas en informes policiales y necesidad de pagarlas para recurrir- de la Ley de Seguridad Ciudadana. Según Federico Trillo, portavoz del PP, esa leyes "el mayor atentado contra las libertades que el Parlamento ha inferido desde que aprobó la Constitución". Izquierda Unida y el CDS no han considerado oportuno secundar el recurso.

El PP pide al Constitucional la tramitación preferente del recurso, y la suspensión provisional de los artículos impugnados. Trillo admitió que no hay precedentes de que el Constitucional, desaparecido el recurso previo de inconstitucionalidad, suspenda la aplicación de artículos de una ley antes de dar su fallo. Según el recurso, urge la suspensión porque Ios perjuicios que con la ley pueden causarse, sin duda inminentes y graves, no tienen reparación posible: la privación de libertad o la posible violación del domicilio -siquiera sea una vez-, son daños perpetuos, que sólo muy limitadamente pueden quedar satisfechos mediante una simbólica reparación pecuniaria". El recurso, aunque asegura que "el debate político ha quedado atrás", brinda frecuentes argumentos con un tono más de discurso parlamentario que jurídico.

Retención para identificación. El PP entiende que el retenido no se encuentra en libertad cuando es conducido contra su voluntad (artículo 20.2) a una dependencia policial para su identificación, pero tampoco se encuentra detenido porque no le asisten las garantías que prevé la Constitución, como información de cargos, asistencia de abogado y tutela judicial. De añadidura, se cree innecesario este artículo cuya aplicación requiere "impedir la comisión de un delito", algo ya previsto en la detención ordinaria regulada por la ley de enjuiciamiento criminal. La única diferencia, según el PP, estaría en la falta de garantías de la modalidad Corcuera.

Registros de domingos. Este artículo (21.2), definido por los juristas del PP como "patada a la puerta", quebranta los tres supuestos constitucionales de registro o entrada en un domicilio: consentimiento, resolución judicial o delito flagrante. El PP entiende que la ley de Seguridad desfigura este último principio ya que entiende que un delito flagrante es "aquel que se percibe directa e. inmediatamente; percepción que debe ser sensorial inmediata, que alcanza la evidencia o la audición". Por el contrario, en la ley tal criterio se transforma en "conocimiento fundado" de los hechos. "¿Pero, fundado en qué?. "La expresión denota la insuficiencia del término conocimiento", proclama el recurso. Asimismo, el PP ve desnaturalizado el delito flagrante al dar tal excepcionalidad al narcotráfico.

Sanciones de orden público. El PP recurre también los artículos 37 y 38 que facultan a la Administración a aplicar sanciones por alteraciones del orden público en virtud de meros informes policiales y obligan al ciudadano a pagar la multa para plantear recurso. "Este procedimiento de prueba, cuando sólo interviene un agente, incurre en el siguiente defecto: una mera información son título bastante para hacer saltar por los aires la presunción de inocencia. Se trata de la probatio diabolica: Corresponde al ciudadano probar su inocencia cuando es inculpado". Respecto de la necesidad de pagar la multa impuesta por la Administración para poder recurrirla, el recurso proclama que "la potestad sancionadora se independiza, al menos temporalmente, del control judicial". "Se hace muy oneroso para el ciudadano, aunque gane el pleito, ejercer sus derechos fundamentales. Impide la suspensión automática de la sanción algo que se consideraba como " avance esencial en la protección y garantía jurídica de los derechos fundamentales".

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El secretario de Organización del PSOE, José María Benegas, juzgó ayer "incomprensible e inquietante" que el PP presentase dicho recurso.

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