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El Constitucional anula el fuero privilegiado de los consejeros del Principado de Asturias

El Tribunal Constitucional ha anulado, por inconstitucional, el artículo 39 de la ley de la Junta General del Principado de Asturias, de 5 de julio de 1985, según el cual la responsabilidad criminal de los consejeros de gobierno será exigible en Asturias por su Tribunal Superior de Justicia.El origen de esta sentencia fue una querella contra Manuel Fernández de la Cera, consejero de Educación, Cultura y Deportes del Gobierno del Principado de Asturias, por injurias graves publicadas en el periódico La Nueva España, de Oviedo. El pleno de la Audiencia Territorial de Oviedo -en funciones de tribunal superior- cuestionó la constitucionalidad del precepto.

El pleno del Tribunal Constitucional, en una sentencia de la que ha sido ponente Fernando García-Mon, razona la anulación del precepto en que es competencia exclusiva de la legislación del Estado o de los estatutos de autonomía atribuir las causas penales que se reservan a los distintos tribunales, por lo que "resulta constitucionalmente inaceptable", dice, "que una ley autonómica ( ... ) proceda por sí misma a establecer ex novo el fuero jurisdiccional penal de los miembros del Consejo de Gobierno de la comunidad autónoma".

A causa de este fallo, la querella por injurias volverá al juzgado de instrucción.

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