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Tribuna:REIVINDICACIONES LABORALES Y SOLIDARIDAD SOCIAL
Tribuna
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Derecho de huelga y derechos de usuarios

El conjunto del sector servicios gana, día a día, terreno en el peso de la economía de las naciones más avanzadas y, paralelamente, crecen, por tanto, las repercusiones que provoca cualquier alteración en su funcionamiento. En nuestro país, la cuestión ha cobrado trascendencia y actualidad, sobre todo tras los sucesivos paros registrados en diversos servicios de transporte.La paralización del Metro y los autobuses en la capital, poco después de una convocatoria de huelga en Renfe, que ahora ha sido declarada abusiva e ¡legal por los tribunales, han reabierto la polémica a unos niveles más estridentes, especialmente porque el detonante laboral de estos conflictos se localizó en sectores situados al margen de los sindicatos mayoritarios. El incumplimiento en muchos casos de los servicios mínimos en estos paros ha acentuado el rechazo social a determinadas estrategias corporativas, pero la ola de indignación de los usuarios ha salpicado también a todo el colectivo de trabajadores implicado en estos conflictos. No se debe olvidar que los sectores populares son los que más usan los servicios públicos.

De esta forma, desde distintas instancias comienza a plantearse cada vez con más fuerza la necesidad de ofrecer una respuesta sólida a este tipo de situaciones. Deben estudiarse fórmulas para compatibilizar el derecho de huelga de los trabajadores y el deber de solidaridad con la sociedad.

Las razones de esta encrucijada hay que buscarlas en la reciente historia política y sindical española. Los trabajadores están pasando de un contexto en el que la huelga aparecía como una herramienta fundamental para la conquista de las libertades democráticas a un entorno en el que se configura como un instrumento límite dentro de un proceso de negociación. Este tránsito suscita controversias, no sólo por el modelo que ha generado y el desgaste provocado por dicha evolución, sino porque obliga a adaptar la cultura de las organizaciones sindicales a nuevos marcos de concertación para fortalecer sus nexos con los intereses generales.

La reciente sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 12 de Madrid, en la que se declaró ¡legal la huelga convocada por el Sindicato Español de Maquinistas y Ayudantes Ferroviarios (SEMAF), a comienzos del pasado enero, marca un hito en este proceso de redefinición. La nueva perspectiva jurídica, que no es plenamente firme hasta una eventual resolución del Tribunal Supremo, conecta con esa nueva sensibilidad social y abre un proceso de reflexión tanto en el seno de las organizaciones sindicales como entre los usuarios y responsables empresariales.

Desproporción

En este sentido, la sentencia aporta referencias jurídicas al declarar una huelga ¡legal, porque su convocatoria se apoyó en reivindicaciones relativas a aspectos ya firmados en un convenio colectivo. Pero también, y es lo que interesa destacar aquí, el fallo judicial engarza con la inquietud de amplios sectores sociales cuando destaca la desproporción entre las reivindicaciones y el instrumento coactivo empleado; resalta que, en el caso juzgado, no se habían agotado otras vías de negociación previas a la huelga, y fija la responsabilidad del sindicato convocante al marcar un resarcimiento económico por el daño causado. Conviene destacar, en todo caso, que es la primera vez en España que un juez responsabiliza a un sindicato de los perjuicios provocados por convocar y realizar una huelga que posteriormente se declara ilegal.

Así las cosas, tanto la dirección como los sindicatos de Renfe, nos encontramos en la necesidad de abrir una vía que concilie estos nuevos planteamientos. Por parte de las organizaciones sindicales resulta preciso que asuman la nueva sensibilidad social y sitúen la huelga como elemento último dentro del proceso de reivindicación de mejoras laborales. Esta consideración debería, entre otras cosas, basarse en el respeto a los derechos de los usuarios, de tal forma que el mantenimiento de los servicios mínimos fuera un principio básico de actuación, así como calibrar las fechas en las que se producen estas convocatorias.

La dirección de Renfe, por su parte, deberá mantener un respeto escrupuloso al derecho de huelga y alejarse de tentaciones maximalistas. Esta obligación debe completarse con la apertura constante de vías de negociación y participación que acentúen el carácter excepcional de la huelga. En el nuevo modelo de relaciones laborales, el objetivo es que pese más la organizacion que intereses más aislados, pero siempre bajo un respeto profundo a los miembros que integran el colectivo ferroviario. Los trabajadores de una empresa de estas características se enriquecerán en la organización, pero sólo si se logra una comunicación fluida y prima el diálogo entre todos los agentes sociales en los procesos de negociación.

El clima laboral en Renfe estaba marcado, a comienzos de año, por unas divergencias enconadas que enrarecían cualquier tentativa de acercamiento. Desde entonces, el trabajo del área de recursos humanos se ha centrado en recuperar la confianza y la participación de todos los agentes de la empresa. Obviamente, el esfuerzo no ha hecho sino arrostrar los problemas pendientes y perfilar los contornos de los grandes retos de la compañía. Sin embargo, se ha establecido ya un nuevo escenario en el que la concertación se puede alcanzar sin renuncias fundamentales de las partes si el sentido de la responsabilidad prima sobre el del oportunismo. Dentro de este marco general, y con la participación de los sindicatos, la dirección y los usuarios, deben definirse las líneas generales que puedan perfilar la regulación del derecho de huelga en Renfe.

José Luis Adell es director general adjunto de Recursos Humanos de Renfe.

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