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Editorial:
Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

El fin de la obstinación

LA SENTENCIA del Tribunal Constitucional sobre la imposición de los matrimonios ha puesto fin a una situación anómala que se ha mantenido durante largos años. La discriminación introducida en el momento de pagar los impuestos entre los matrimonios de hecho y de derecho no tenía sentido alguno: en la mayoría de los países avanzados se habían encontrado fórmulas para reducir o eliminar las consecuencias fiscales de la acumulación de rentas en los hogares en los que trabajan los dos cónyuges. En España ha sido el empecinamiento del poder ejecutivo el que ha provocado una larga batalla legal, a la que ha puesto fin la sentencia del Tribunal Constitucional.La obstinación en este caso no servía a los intereses del Estado considerados a largo plazo. Los impuestos deben ser aceptados y comprendidos por todos sí se quiere hacer de la recaudación un oficio tolerable. Para ello es preciso que cada cual tenga el convencimiento de que no está discriminado a la hora de hacer frente a las cargas fiscales. Cuando se defiende numantinamente la discriminación, lo único que se consigue es socavar las bases mismas en las que se asienta la conciencia fiscal de los contribuyentes.

Por el momento, la primera tarea de los responsables económicos consiste en estudiar la sentencia y establecer unas normas que eviten la situación anterior. Porque para el alto tribunal lo decisivo no es si las declaraciones se hacen separada o conjuntamente, sino que en este último caso se establecía una discriminación intolerable. El retraso en el plazo de presentación de las declaraciones para este año, anunciado ayer por el Gobierno, parece imprescindible a la luz de la situación creada. Un mal trago que el Ejecutivo podría haber evitado si, en lugar de recurrir a un subterfugio, hubiese acometido la reforma de la ley fiscal cuando, hace ya tres meses, el Tribunal Constitucional dio el primer aviso sobre la inconstitucionalidad de varios preceptos de la normativa vigente.

Asimismo habrá que rehacer los números para explorar con detenimiento las consecuencias económicas de la sentencia. De momento se ha avanzado la cifra de unos 600.000 millones de pérdidas recaudatorias para el fisco, lo cual parece una exageración grosera de la realidad: la repercusión sobre los ingresos impositivos de las fórmulas presentadas para eliminar la discriminación de los matrimonios cuyas rentas acumuladas no superan los cuatro millones de pesetas (el 90% del total) era inferior a 100.000 millones, y la eliminación de la discriminación para el resto no debiera, ni de lejos, superar la mitad de esta cifra. Se trata, en cualquier caso, de estimaciones que sólo pueden realizar con rigor los expertos de Economía.

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Lo que sí que cabe argüir es el mal momento, desde el punto de vista de la regulación coyuntural, en el que se produce la sentencia. El Gobierno ha adoptado unas medidas claramente contradictorias, que han implicado, por una parte, una reducción de la cantidad de dinero en circulación, y por la otra, un aumento del poder adquisitivo de las familias. En el primer apartado hay que señalar el aumento de los coeficientes de las instituciones financieras, y en el segundo, la disminución de las retenciones y la parte de los 200.000 millones de pesetas acordados en el debate sobre el estado de la nación que no se compense con reducciones en otros capítulos del gasto presupuestario. Lo curioso del caso es que todas estas medidas se han decidido al mismo tiempo, lo cual ha sembrado la confusión en los ciudadanos sobre la dirección que desean conferir las autoridades a su política económica. Desde el punto de vista económico, las consecuencias de la sentencia del Tribunal Constitucional serán más bien expansivas en un momento en el que, aparentemente y por encima de las indicaciones contradictorias que reciben los agentes, lo recomendable sería una política moderadamente restrictiva, centrada esencialmente en una reducción paulatina del ritmo de aumento de los gastos de consumo.

Todas estas cuestiones merecen una amplia información para evaluar las consecuencias de los acontecimientos de estos días. Y Hacienda tiene la obligación de hacerlo sin guardarse cartas en la bocamanga.

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