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Dos querellas contra EL PAIS fueron desestimadas

Los inspectores Amador Miralpeix del Pino y José Manuel Ortiz Prieto, procesados y san cionados por la Dirección General de la Policía en relación con la detención y posterior muerte de José Manuel Castán, presentaron también dos querellas contra el director y dos redactores de EL PAIS, que fueron desestimadas, respectivamente, por los títulares de los juzgados de instrucción número 10 y núméro 27, inagistrados Carlos Granados y Carlos Bueren.Ambas querellas fueron presentadas por el abogado José Emilio Rodríguez Menéndez, en nombre de los dos inspectores procesados, y en ellas se solicitaba un montante de 70 millones de pesetas en concepto de responsabilidades pecuniarias. La defensa de los policías consideraba calumniosas las informaciones publicadas en este periódico sobre el caso Castán.

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El auto de desestimación de la primera querella -interpuesta contra Juan Luis Cebrián y José Yoldi, director y redactor de este periódico, respectivamente- está relacionado con la información publicada en referencia al día en que los procesados Miralpeix y Ortiz acudieron a testificar ante el juzgado que les procesó, al primero, por un supuesto delito de lesiones, y al segundo, por otro de complicidad por onu*sión.

El titular del Juzgado de Instrucción número 10, en su auto de desestimación, dijo que de "la noticía o suelto periodístico en el que se narran las circunstancias que concurrieron cuando se efectuó diligencia en los juzgados respecto a los procesados, hoy querefiantes, no se infiere en modo alguno expresión o afirmación injuniosa para los mismos, ya que no se pone en duda la realidad del procesamiento, sino que se imputa como injuriosa el que se aluda a 'procesados por torturas', cuando puede ser que lo hayan sido por delitos de lesiones".

El juez añadía en el auto de desestirnación: "Si ciertamente han sido procesados por presuntas lesiones causadas en el ejercicio de sus funciones profesionales, no se ptiede exigir a los periodistas mayor precisión técnica, ya que se limitan a recogerilo con exclusivo ánimus narrandi (...)".

La segunda querella, presentada contra Juan Luis Cebrián y el redactor Fernando Orgambides, se basaba en informaciones publicadas sobre la detención, paso por comisaría y fallecimiento de Castán, En el auto de desestimación, el titular del Juzgado de Instrucción número 27 dice que la querella "tiene particularidades poco frecuentes, pues quienes pretenden constituirse en parte acusadora ponen ya en conocimiento del juzgado que están procesados (...)".

El magistrado considera que "así como todo ciudadano debe tener amparo en los tribunales ante ataques a los bienes jurídicos (...), cuando el ciudadano que se siente agredido ostenta cargo público ha de saber que sus actos están por ello expuestos a opinión y crítica también públicas".

El auto añadía: "Si en algún caso resulta claro y sin asomo de duda que el periodista ejerce su función de informar es en aquel en que lo hace acerca de comportamientos supuestamente irregulares de funcionarios públicos, máxime cuando han sido indiciariamente considerados como constitutivos de delito por otra autoridad judicial (...)".

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