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Cinco años de concertación social

La instauración de la democracia en España dio a los sindicatos, además del reconocimiento legal, un papel preponderante como interlocutores válidos en las cuestiones económicas y sociales. A partir de las elecciones de junio de 1977, Gobierno, patronal y centrales sindicales iniciaron una serie ininterrumpida de contactos para analizar los temas económicos y la cuantía de las revisiones salariales, así como para establecer un nuevo marco legal de relaciones laborales y resolver la devolución del patrimonio sindical. Sin embargo, cuestiones como la representatividad sindical, primero; la gravedad de la crisis y las distintas posturas de los interlocutores sociales, después, no lograron acabar con el intervencionismo que en materia de negociación colectiva había caracterizado, durante décadas, las relaciones laborales en España.Los pactos de la Moncloa, firmados el 25 de octubre de 1977, supusieron un compromiso conjunto para dar una salida a la crisis y el acuerdo en temas políticos y sociales. El tope máximo de la subida salarial fue establecido en el 22%. El contenido de los pactos, firmado por las fuerzas políticas, fue asumido por UGT, Unión Sindical Obrera (USO) y Comisiones Obreras, aunque en este último caso con fuertes disensiones internas. Otros sindicatos, como CNT, SU y CSUT, manifestaron su oposición.

La clarificación sindical de los primeros años de la democracia tuvo como consecuencia que CC OO y UGT se convirtieran en los dos máximos interlocutores del mundo laboral, con un tercero en discordia -USO-, que fue perdiendo protagonismo. No obstante, las conversaciones iniciadas a finales de 1978 para delimitar los cauces de la negociación colectiva no fructificaron y el Gobierno de UCD dictó su política económica en un decreto-ley, que preveía para el año 1979 una inflación del 10% y subida salarial del 13%, dentro de una banda del 11% al 14%. Aunque el límite del aumento salarial era vinculante para las empresas públicas y sólo indicativo para las privadas, éstas, en caso de no ajustarse a él, podían verse privadas de créditos oficiales y de ciertos beneficios fiscales. Las previsiones del Gobierno, sin embargo, se vieron desbordadas por una inflación que se situó al finalizar el año en el 15,6%.

UGT y CEOE iniciaron, con el Acuerdo Básico Interconfederal, firmado el 10 de julio de 1979, el "abandono del intervencionismo de la Administración" en materia de negociación colectiva, en un intento de incorporarse a la práctica habitual en la mayoría de los países europeos.

El Acuerdo Marco Interconfederal (AMI), firmado el 5 de enero de,1980 por CEOE y UGT, y al que luego se incorporó la USO, estableció una banda salarial entre un mínimo del 13% y un máximo del 16%, además de incrementos de productividad y condiciones especiales en el caso de empresas en crisis. A pesar de la beligerancia de Comisiones Obreras, que no suscribió el acuerdo, tuvo una incidencia generalizada en la negociación colectiva de 1980. La revisión del AMI, que se firmó el 3 de febrero de 1981, fijó un mínimo del 11% y un máximo del 15% para la actualización de los salarios. La inflación fue e n 1980 del 15,2% y del 14,4% en 1981.

El Acuerdo Nacional sobre Empleo (ANE), fruto de largas negociaciones entre Gobierno, patronal y sindicatos, fue firmado el 5 de junio de 1981. La banda salarial quedó fijada entre el 9% y el 11% y el ANE contenía además medidas especiales de protección y fomento de empleo. A pesar de las grandes esperanzas que despertó su firma y de las reacciones positivas de las partes implicadas, el ANE va a pasar, en el cómputo de la eficacia, sin pena ni gloria, ya que ni siquiera se ha celebrado la última reunión prevista de la comisión de seguimiento ni durante su vigencia se ha podido frenar el incremento del índice de desempleo, su principal objetivo.

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