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TRIBUNALES

Juzgado el director de 'Egin' por supuesta colaboración con ETA Militar

José Felix Azurmendi, director del diario donostiarra Egin, compareció ayer ante la Audiencia Nacional acusado en principio de dos delitos de apología del terrorismo, como consecuencia de la publicación de otros tantos comunicados de ETA militar explicativos y justificativos de dos atentados cometidos por la citada organización terrorista. Sin embargo, tras el interrogatorio del procesado, el representante del ministerio fiscal cambió su primitiva calificación de los hechos por la de dos delitos de colaboración con bandas armadas y solicitó para el director de Egin dos penas de un año y seis meses de prisión menor.El ministerio fiscal señaló en su informe que el director de Egin permitió la publicación de dos artículos titulados ETA militar expone sus razones por haber dado muerte al doctor Carasa y Para ETA militar su último atentado supone un incremento cualitativo de la campaña contra Lemoniz.

Estos artículos fueron publicados los días 4 y 9 de abril del presente año, respectivamente, y en ellos, sin firma de autor conocido, se justifica según el fiscal la actuación de las bandas armadas.

En el interrogatorio, el director de Egin declaró ante el tribunal que los dos artículos incriminados eran comunicados de ETA y aunque los informantes leen siempre el comunicado completo, casi nunca se publica así en el periódico. Añadió que los comunicados son remitidos inmediatamente a la comisaría de policía de San Sebastian, que se reserva una copia. A los comunicados no se les añade nada, dijo el procesado, sino que se les suprimen incluso los calificativos que pudieran perjudicar a alguien.

En su informe, el representante del ministerio fiscal manifestó que los dos artículos constituían una loa de actividades criminales, dados los juicios de valor que contenían, sobrepasando con mucho la simple reivindicación de un hecho por parte de ETA sin valoraciones.

Por su parte, el abogado defensor, lñaki Esnaola, diputado de Herri Batasuna, solicitó la libre absolución por entender que la difusión de estos comunicados es práctica común en todos los medios informativos y apeló al artículo 20 de la Constitución, que establece el derecho a la libre transmisión de información veraz.

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