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Tribuna:TRIBUNA LIBRE
Tribuna
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¿Nueva Constitución en Uruguay?

Al general Líber Seregni, encarcelado en Uruguay, ya todos los detenidos políticos

Cualquier margen de esperanza, por mínimo que sea, para los masacrados pueblos de Suramérica siempre debe ser bien recibido. Por ello, la información aparecida en EL PAIS el 29 de octubre titulada «Comienza a conocerse la Constitución uruguaya» podría haberse considerado como uno de esos signos que tantas veces nos esforzamos en considerar favorables. La información, basada en un cable de la agencia Efe fechado en Montevideo, enunciaba el contenido de los primeros capítulos de un texto aprobado en octubre por una ¡«Asamblea Constituyente» en Uruguay. Pero ¿de qué Asamblea Constituyente se trata? ¿De qué, Constitución?Uruguay es un país cuyo sistema político es semejante y modélico de los más conocidos de Argentina y Chile. Los mismos generales en el poder la misma represión sobre el pueblo, los mismos procesos políticos sentenciados por militares, las mismas torturas, los mismos exiliados, los mismos prisioneros y los mismos desaparecidos. Sin embargo, aunque su situación sea equiparable a la de otras repúblicas del Cono Sur, es mucho menor la información que de allí se recibe, lo que, de paso, facilita notablemente la sucia tarea de sus autócratas.

Por eso, a cualquiera que se le dijera que el general Pinochet o el general Videla o sus subordinados han preparado una Constitución para sus paises no necesitará más explicaciones para saber de qué tipo de Constitución se trata.

La primera sospecha resulta cuando uno se hace la pregunta más inocente del mundo. ¿Cuándo ha habido elecciones en Uruguay para designar esa Asamblea Constituyente y elaborar una Constitución para el país? Porque ocurre que desde el golpe de Estado militar de 1973 no ha habido más elecciones en Uruguay. Así que esa Asamblea Constituyente la han designado los generales golpistas que disolvieron el Parlamento elegido en 1973. iPor ahí debiéramos haber empezado nuestra reflexión!

Se nos podrá decir: ¿qué importa quién la redacte? Lo importante es el contenido. Pero todos sabemos que esto no es cierto. ¿Qué Constitución democrática se puede redactar por los enemigos de la democracia y de los derechos hurnanos? ¿Qué Constitución democrática se puede redactar mientras partidos políticos están prohibidos y perseguidos, con las cárceles llenas de presos políticos, sin derecho de asociación, ni reunión, ni sindicación... y un tristísimo etcétera?

También en el mismo mes de octubre se ha publicado en castellano el último informe sobre Uruguay de Amnistía Internacional. También su titular es elocuente: «La institucionalización de la represión; la nueva Constitución propuesta para Uruguay». Desgraciadamente, los datos de dicho informe son más elocuentes todavía.

Así, de esa «nueva Constitucíón» resulta que se prohibe para siempre, instítucionalmente, la existencia de partidos tales como el demócrata cristiano, socialista, comunista, etcétera; que se va a elegir a un presidente que deberá ser propuesto) conjuntamente por los tradicionales partidos «blanco» y «colorado», cuya propuesta tendrá que contar con el visto bueno de las fuerzas armadas, es decir, que sésto se podrá elegir al candidato aceptado y semipropuesto por los militares; que se priva de sus derechos políticos a los representantes del pueblo elegidos con anterioridad al golpe de Estado, convirtiéndolos en ciudadanos proscritos; que se establece un Consejo de Seguridad Nacional con poderes ejecutivos formado por los comandantes en jefe de las fuerzas armadas; que se crea un «Tribunal de Control Político» situado por encima de todos los poderes del Estado, con potestades desconocidas.

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Mientras tanto, no existe libertad de Prensa, continúan las detenciones contra los que se han atrevido a decir no a esa «Constitución», y, en fin, entre otro sinfin de puntos oscuros, resulta que se procede a diferenciar constitucionalmente los derechos del hombre en «derechos humanos» y «derechos individuales», diferenciación teórica cuyo alcance práctico no se establece en dicha Constitución. Pero ya en 1976 el entonces presidente de la dictadura uruguaya, Bordaberry, decía que no hay que confundir «los derechos esenciales del indivíduo» (la vida, el honor, la libertad, el trabajo,y la propiedad) y «los derechos derivados o secundarios» (asociación, reunión, Prensa) (1). Pero ¿es que sin derecho a la asociación, a la reunión, a la libertad de Prensa, se puede hablar de derecho al trabajo, a la libertad, al honor, a la vida? La realidad diaria de Uruguay nos dice que no es posible. En resumen: parece evidente que los mismos fariseos de siempre, los que tienen sus manos manchadas con la sangre del justo, pretenden blanquear, una vez más, su inmenso sepulcro. Pero suena a hueco, y la sangre sigue corriendo.

Las constituciones que nacieran contra los tiranos nada tienen que ver con las justificaciones de los verdugos.

Juan Baria de Quiroga es letrado del Colegio de Abogados de Madrid.

1. Discurso a las fuerzas armadas publicado en El Día. Montevideo, 16-6-1976.

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