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El debate de los Presupuestos, centrado en las incompatibilidades

«Como ustedes ven, la coartada es perfecta», afirmó Juan Rovira Tarazona, portavoz de UCD, cuando, después de las intervenciones de socialistas y comunistas critícando la política del Gobierno y de su partido al retirar la regulación de las incompatibilidades del articulado del proyecto de ley de Presupuestos del Estado para 1981, les había anunciado que en el Congreso acababa de entrar un proyecto de ley específico sobre la citada materia. Hoy, el ministro de Hacienda, Jaime García Añoveros, explicará públicamente los criterios del Gobierno sobre las incompatibilidades de funcionarios de la Administración.Pese a la oposición de socialistas y comunistas para que se debatiera anoche el artículo 15 en la Comisión de Presupuestos, que es el relativo a las incompatibilidades, el presidente de la comisión, Santiago Rodríguez Miranda, que se vio apoyado en su decisión por el portavoz centrista, acordó que la sesión continuara. «Con nocturnidad y alevosía», como indicaba un parlamentario socialista, UCD sacó adelante con el apoyo de Minoría Catalana y Minoría Vasca, una enmienda de Coalición Democrática que preponía la supresión del artículo 15.

Previamente había tenido lugar un debate de gran brillantez, en el que el diputado socialista Francisco Ramas y el comunista Pérez Royo recordaron el compromiso del ministro de Hacienda en la cuestión de confianza sobre este tema, el incumplimiento del mandato de los Presupuestos de 1980 sobre esta materia y las presiones del Colegio de Médicos y del alto funcionariado, que llevaron a los ponentes de UCD, ante la sorpresa del propio Gobierno, a retirar el artículo 15 del proyecto de ley.

Las expresiones fueron muy duras. Se habló de inmoralidades manifiestas en la Administración, de diputados que ostentaban un sinfín de cargos, de la timidez del propio artículo 15, que dejaba la puerta abierta, con el subterfugio del «trabajo regular y continuo», para que siguieran disfrutando los altos funcionarios de las sinecuras de los consejos de administración de empresas públicas.

En las críticas de los portavoces de la izquierda sobre el tema de las incompatibilidades se dijo que el Gobierno no podía exigir al país que se apretara el cinturón e hiciera sacrificios cuando los propios diputados de UCD cuando veían en peligro su bolsillo, actuaban de la manera que lo habían hecho.

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Especial atención a las incompatibilidades de los funcionarios de Sanidad

Viene de primera página

Rovira Tarazona, en su respuesta, dijo lo de la coartada perfecta y anunció que el Gobierno había enviado el proyecto de ley y que, por tanto, en contra de lo afirmado por la oposición, existía una voluntad política del Gabinete hacia el tema de las incompatibilidades. Insistió también en que tal regulación era más propia de una ley que de los presupuestos.

Replicaron los diputados comunistas y socialistas argumentando la falta de seriedad del Gobierno, que de la noche a la mañana había cambiado de criterio y había, pasado de regular las incompatibilidades en presupuestos a «sacarse de la manga un proyecto de ley».. Elorriaga, el representante de la Minoría Vasca, pese a mostrarse partidario de la regulación por ley, insistió también en estos argumentos y expresó su temor de que el Gobierno estuviera actuando con igual irresponsabilidad en los temas de Estado, y que alguno de ellos no estuviera resuelto por las presiones que acepta el Gobierno.

Entre tanto, en el registro general del Congreso nadie aseguraba que tal proyecto de ley hubiera entrado, y Enrique Barón recordaba que, la coartada perfecta se busca cuando se comete un crimen.

Con anterioridad fue aprobado el artículo 12, que indica topes de incremento salarial para el personal laboral de la Administración y de las empresas públicas, que prosperó con los votos en contra de socialistas y comunistas. La concurrencia de pensiones, artículo 11, fue aprobado también según el proyecto, gracias a los votos de UCD.

Contenido del proyecto

El ministro de Hacienda explicará hoy a los medios de información el contenido y alcance del proyecto de ley de incompatibilidades presentado ayer por el Gobierno ante la Secretaría General del Congreso. En síntesis, el proyecto, según ha reseñado Europa Press, indica que no se podrá desempeñar simultáneamente más de un puesto de trabajo regular y continuo retribuido al servicio de la Administración del Estado, sus organismos autónomos, entidades territoriales, Seguridad Social, sociedades estatales y otras del sector público.

Sin embargo, este precepto no afectará a los funcionarios de los cuerpos especiales al servicio de la sanidad local que presten asistencia sanitaria a los beneficiarios de la Seguridad Social, quienes, en las condiciones legalmente establecidas, percibirán las remuneraciones que figuren en los Presupuestos del Estado y de la Seguridad Social.

Los médicos forenses, a su vez, percibirán las retribuciones que se establecen en la ley y las correspondientes a otros puestos compatibles. Las incompatibilidades tampoco afectarán en principio a .los funcionarios y personal de los entes públicos citados anteriormente que hubieran obtenido autorización para compatibilizar su puesto de trabajo con otro de carácter docente o la obtengan en lo sucesivo.

La remuneración por el desempeño del puesto de carácter docente consistirá en una cantidad equivalente al 75% del sueldo y grado que le corresponda, sin devengo de pagas extraordinarias y ningún otro concepto retributivo.

El personal de las universidades que preste servicios sanitarios de la Seguridad Social en los términos que se establezcan reglamentariamente percibirán las retribuciones que se consignen en los presupuestos respectivos.

A su vez, el personal sanitario podrá ser autorizado a desempeñar simultáneamente dos puestos de trabajo de carácter asistencial, siempre que no lo impida el régimen de dedicación, horario o demás circunstancias objetivas de ambos puestos de trabajo. En este supuesto, la remuneración por desempeño del segundo puesto de trabajo consistirá en una cantidad equivalente al 75% del sueldo base y sin devengo de pagas extraordinarias y ningún otro concepto retributivo.

Según el proyecto, el reconocimiento de las situaciones de compatibilidad antes reseñadas se entiende sin perjuicio de su revisión cuando las necesidades del servicio así lo exijan, pero respetando en todo momento los derechos consolidados o en trámite de consolidación en materia de derechos pasivos o de pensiones de la Seguridad Social. El Gobierno establecerá las condiciones de índole funcional para el desempeño de puestos de trabajo compatibles.

En las disposiciones transitorias se precisa que el personal sanitario podrá durante un período transitorio de tres años compatibilizar los puestos de trabajo de carácter sanitario o asistencial que viniera desempeñando, aun cuando éstos fueran incompatibles por aplicación de lo dispuesto en esta ley.

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