Los acusados
José Fernández CerraFiscal: treinta años por terrorismo y tres por tenencia ilícita de armas.
Acusación privada: treinta años por terrorismo y nueve años por tenencia ilícita de armas.
Defensa: amnistía. Como alternativa, seis años y un día por homicidio. y seis meses y un día por tenencia ilícita de armas.
Carlos García Juliá
Fiscal: treinta años por terrorismo y tres por tenencia ilícita de armas.
Acusación privada: treinta años por terrorismo y nueve años por tenencia ilícita de armas.
Defensa: amnistía. C6mo alternativa, seis años y un día por homicidio, y seis meses y un día por tenencia ilícita de armas.
Leocadio Jiménez
Fiscal: seis años por tenencia de armas.
Acusación privada: veinte años por terrorismo en calidad de cómplice y doce años por tenencia ilícita de armas.
Defensa: absolución.
Francisco Albaladejo
Fiscal: treinta y cinco años por cinco delitos de asesinato y dieciséis por cuatro asesinatos más en grado de frustración, siempre en calidad de cómplice. Y tres años por tenencia ilícita de armas.
Acusación privada: treinta años por un delito de terrorismo en grado de autor y doce por tenencia de armas.
Defensa: absolución.
Gloria Herguedas
Fiscal: seis años y un día por encubridora y un año por tenencia ilícita de armas.
Acusación privada: nueve años por encubrimiento y ocho por tenencia ilícita de armas.
Defensa: absolución.
Fernando Lerdo de Tejada
La noche de la matanza entró al despacho laboralista de la calle de Atocha, 55, junto a Fernández Cerra y García Juliá, pero se quedó en la puerta. Encarcelado en Ciudad Real, se fugó aprovechando un permiso que le fue concedido en la Semana Santa de 1979. No se le juzga por encontrarse en situación de rebeldía.
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