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Tribuna
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Una legislación imprecisa y que no se cumple

La ley de Educación incurre en numerosas imprecisiones en todo lo que concierne a la inclusión de las actividades relacionadas con las llamadas «Areas de Expresión Plástica y Dinámica», entre las que merece especial mención cuanto concierne a la situación legal del profesorado que ha de impartir estas enseñanzas.En relación con la capacitación del profesorado, la ley exige una titulación mínima que le reconoce a los «profesores de Educación Preescolar y de Educación General Básica, a los diplomados universitarios o arquitectos técnicos o ingenieros técnicos, según las especialidades».

La «formación pedagógica adecuada» la conferirán los Institutos de Ciencias de la Educación, los cuales, en el caso de los profesores de Educación Preescolar y de EGB, supervisarán la formación que adquieran en las escuelas universitarias correspondientes.

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El cuerpo, instrumento de expresión

De otro lado, la ley exige «estudios o experiencias prácticas relativos a la especialidad que hayan de enseñar en aquellos niveles y disciplinas que reglamentariamente se determinen».

Para legalizar las situaciones existentes en el momento de ser promulgada la ley, se remite a un posterior decreto en el que, como medida transitoria y para el curso 1970-71, se dictan normas que permiten seguir en sus funciones a los antiguos maestros de Enseñanza Primaria, y en los centros estatales, a los pertenecientes al cuerpo del Magisterio Nacional. En los centros no estatales, además, «... a quienes estén en posesión del título académico de maestro o de un título de enseñanza superior, y, sólo excepcionalmente, podrán impartirlas, también, quienes, sin ese título, las hayan impartido de acuerdo con la legislación anterior durante el año académico 1969-70».

Hasta aquí, lo relativo a capacitación exigida al profesorado. Veamos ahora lo que se propone oficialmente para las enseñanzas de la Expresión Plástica y Dinámica. Se encuentra recogido en una disposición complementaria... «por la que se dan instrucciones sobre evaluación continua en la Educación General Básica».

Se dice textualmente en tal disposición: En la Expresión Plástica se considerará el conjunto de las realizaciones, desarrollo de aptitudes y destrezas logradas por el alumno en los aspectos de dibujo, pintura, modelado, manualizaciones, etcétera.

El Area de Expresión Dinámica- incluirá en su calificación global los aspectos aptitudinales y hábitos referentes a la educación del movimiento, ritmo, juegos, gimnasia, canto, música, danza, dramatizaciones, etcétera.

No se forma a los maestros

Comparando estos aspectos que se pide evaluar con el apartado referente a las capacidades de los profesores se ven a primera vista serias contradicciones. Los «aspectos a evaluar», así como sus posibles etcéteras, escapan, en principio, a las capacidades supuestas a los maestros por -la titulación exigida. El Ministerio propone materias a evaluar, pero no da alternativas para impartirlas bien. Ninguna Escuela Universitaria de Formación del Profesorado de EGB incluye en sus programa los aspectos reseñados en estas áreas. Y menos, desde luego, las antiguas Escuelas Normales de las que proviene gran parte del profesorado actual. Sólo se imparten de cuando en cuando algunos cursos para maestros que incluyen estas disciplinas y, generalmente, la propuesta surge de entidades privadas y no del Ministerio, que, en algunas ocasiones, ni subvenciona estas esporádícas iniciativas. La contradicción de la ley en este punto parece insalvable, Pero ahí está y conviene hacerla ver como punto de partida para analizar la situación real.

Producto de esta legislación, el Ministerio sólo paga directamente o subvenciona un maestro por curso de EGB al que necesita «suponer» capaz de impartir todas las enseñanzas que la ley propone, incluidas las muy amplias de expresión plástica y dinámica. Por tanto, el maestro ha de asumir su enseñanza. Cualquier otra alternativa ha de ser a cuenta de otra persona o entidad que no sea el Ministerio, que se lava las manos al respeto y no dedica ningún presupuesto al fomento de este tipo de enseñanzas. En algunos centros escolares, para resolver a medias el problema se recurre a la contratación, por parte de la empresa privada que tiene medios para ello, de algún especialista en alguna de las materias de esas áreas, para que lleve la actividad al margen de la «clase normal» impartida por el maestro. Esto supone problemas, desde la pura discriminación económica hasta lo esporádico de la actividad que, en última instancia, depende de la iniciativa de la dirección del centro, que puede suprimirla en cualquier momento, pues es «un lujo» que puede ser eliminado.

Otras veces, esta contratación corre a cargo de una asociación de padres. En este caso, a los problemas anteriores habría que añadir lo que ocurre frecuentemente: la actividad se relega al plano extraescolar y se paga aparte, con -lo cual se margina a gran cantidad de alumnos.

En cualquiera de los casos el profesor de expresión se encuentra en una situación marginal a todos los niveles como producto de la indefinición de la actividad. En el mejor de los casos se ve forzado a dar clase a cantidades ingentes de alumnos que permitan hacer rentable la actividad o, en su defecto, ha de conformarse con trabajar al nivel elitista que impone el aspecto económico.

- Es evidente que la situación es anómala y sería necesario corregirla para poder acercarnos a una auténtica enseñanza de la expresión en la escuela.

Dada la precariedad económica de nuestro sistema educativo, podríamos encaminar las alternativas, a corto plazo, por el camino de atender a la constante formación del actual profesorado de estas materias. Esta tarea debería asumirla el Ministerio potenciando o, cuando menos, subvencionando las iniciativas privadas de cursillos de formación y, lo que sería mucho más eficaz, escuelas permanentes de formación del profesorado, en las que se impartan los conocimientos teóricos y prácticos que demandan las diferentes ramas de las áreas de expresión, con el fin de ir creando los profesores y maestros especialistas. De otro lado, se hace preciso que la coordinación de las actividades de expresión -supuesta la exigencia de que se impartan de verdad en todos los centros estatales o no- la ejerzan profesores expertos. Por supuesto que si no se introducen estas materias en los planes de estudio de las escuelas universitarias de formación del profesorado de EGB, el futuro de este ámbito educativo, de tanta importancia, jamás estará asegurado.

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