Que el cáncer no condicione para siempre: el derecho al olvido oncológico

El Parlamento Europeo prevé eliminar las barreras que sufren las personas con antecedentes de cáncer al contratar una póliza de seguro de vida para 2025, pero España todavía no ha aplicado medidas

Dos técnicos controlan el único sistema de radioterapia de precisión molecular guiado por resonancia magnética de España, en el Hospital Carlos III, en diciembre de 2021.Alberto Ortega (Europa Press)

Mientras se curaba del cáncer, a Yaiza Cumelles le llamaron por teléfono para ofrecerle un seguro de vida. “Sí, estoy interesada”, dijo ella. La comercial le preguntó entonces a qué se dedicaba, si estaba trabajando. “Respondí que no, que en ese momento recibía tratamiento para el cáncer. Ella simplemente me respondió: ‘Vale, pues buenas tardes y gracias’. Y me colgó”, recuerda la joven. Cumelles tenía 21 años por aquel entonces, y, ahora, con 30, sostiene que la situación no ha cambiado nada. “Con bancos, hipotecas, o seguros, ni me lo planteo...

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Mientras se curaba del cáncer, a Yaiza Cumelles le llamaron por teléfono para ofrecerle un seguro de vida. “Sí, estoy interesada”, dijo ella. La comercial le preguntó entonces a qué se dedicaba, si estaba trabajando. “Respondí que no, que en ese momento recibía tratamiento para el cáncer. Ella simplemente me respondió: ‘Vale, pues buenas tardes y gracias’. Y me colgó”, recuerda la joven. Cumelles tenía 21 años por aquel entonces, y, ahora, con 30, sostiene que la situación no ha cambiado nada. “Con bancos, hipotecas, o seguros, ni me lo planteo. Porque ya sé cuál es la respuesta”, asegura.

La experiencia de Cumelles, que compartió esta semana en un hilo en Twitter que se hizo viral, ejemplifica los obstáculos a los que se enfrentan las personas con antecedentes oncológicos cuando quieren contratar una póliza de seguro de vida o de salud. El complicado tratamiento y el riesgo vital durante la enfermedad conllevan consecuencias a largo plazo para la vida cotidiana de estos pacientes. Por eso reclaman su derecho al olvido oncológico. No el derecho a que el resto de población les olvide, sino a que su enfermedad deje de condicionar sus posibilidades de conseguir un seguro o una hipoteca. “El derecho al olvido es, básicamente, que pasados diez años desde el último tratamiento —cinco en el caso de los menores de edad— y superado el cáncer, el hecho de haberlo pasado no suponga un criterio de exclusión al rellenar en el formulario y afirmar que has tenido la enfermedad”, explica Cumelles.

El 83% de los pacientes o expacientes de leucemia de entre 18 y 35 años aseguran que han tenido dificultades al contratar un seguro de vida. El 78% lo ha experimentado con el de decesos. Son datos del estudio Jóvenes y leucemia: Más allá de sobrevivir, que realizó la Fundación Josep Carreras el año pasado, y para el que entrevistó a 295 jóvenes que padecían o habían pasado la enfermedad. El informe revela también barreras en el acceso a la vivienda: un 44% de quienes intentaron conseguir una hipoteca tuvieron algún tipo de dificultad, y un 33% las sufrió para conseguir vivienda de alquiler. La mitad de los encuestados asegura haber tenido alguna dificultad para solicitar un préstamo.

El Parlamento Europeo incluye el derecho al olvido oncológico en una resolución de 2022. En concreto, en la 124, donde marca como límite el 2025 para que los países incorporen en su legislación el derecho al olvido de las personas con cáncer. El objetivo, señala el texto, es evitar que las aseguradoras y los bancos tengan en cuenta el historial médico de los pacientes a la hora de pedir un préstamo, comprar una casa o contratar un seguro de vida. La normativa nacional deberá garantizar “que los supervivientes de cáncer no sean discriminados en comparación con otros consumidores”. Para dentro de dos años, todos los Estados miembros tendrán que garantizar el derecho al olvido a todos los pacientes europeos “10 años después del final del tratamiento” y, a más tardar, “cinco años después para los pacientes cuyo diagnóstico se haya realizado antes de los 18 años”.

En España existen antecedentes similares a la propuesta Europea, como la reforma de la ley del Contrato Seguro en 2018 (ley 4/2018) para incluir que “no se podrá discriminar a las personas que tengan VIH/SIDA u otras condiciones de salud”, aunque no se especifica qué condiciones son esas. Sin embargo, Carlos Lluch, corredor de seguros y colaborador de la Asociación de Usuarios Financieros (ASUFIN), defiende que las compañías que se dedican a seguros de personas no cumplen con estas condiciones, y denuncia la discriminación resultante del proceso, no solo a pacientes de cáncer, sino también a personas con discapacidad o en alguna situación de vulnerabilidad. “Estas prácticas son directamente ilegales”, afirma. “Si buscas en una de sus páginas web información en la que se indique, con carácter previo y de manera objetiva, las condiciones que se te van a aplicar en caso de que tengas, por ejemplo, cáncer, no lo encuentras”, critica.

En el caso de las hipotecas, tener un seguro de vida nunca ha sido obligatorio para pedirlas, pero es aconsejable. “Las personas que la han conseguido lo han hecho con peores condiciones que el resto. Con una póliza altísima que no te cubre casi nada, y que en el caso de fallecimiento no te pagan”, dice Cumelles. “Esto es lo que acaba sucediendo, o que se deniegan, o que se falsean datos para conseguirlas”, continúa Lluch. En algunos casos de fallecimiento de una persona con cáncer a la que no le han hecho encuesta o que, en caso de responderla, ha decidido engañar sobre su estado de salud para conseguirla, el banco se niega a hacerlo efectivo.


Para Lluch, una posible vía de defensa para los consumidores y usuarios es acudir a la Agencia Española de Protección de Datos, y denunciar que han pedido información no necesaria. “La legislación en materia de protección de datos dice que los datos que se piden y conservan deben ser pertinentes, es decir, que deben ser adecuados e imprescindibles”, precisa. Por ejemplo, en los seguros de personas hace años que no se puede preguntar si eres hombre o mujer, y el precio de las tarifas debe ser igual para ambos. “Pero, entonces, ¿por qué lo preguntan? Si no puedes discriminar según las condiciones de salud, ¿por qué pides esos datos?”, plantea el corredor de seguros, que incide en la necesidad de que las asociaciones y políticos hagan un trabajo logístico para asegurar el cumplimiento de la ley.

Los obstáculos constantes en estos trámites dejan a Cumelles cansada. “No sé cuándo se pondrán a ello ni si harán algo más para evitar la discriminación que, simplemente, añadir una ley de no discriminación que no se aplica en la práctica”, expresa la joven. España es, junto con Islandia y Malta, uno de los tres países de la UE que aún no han regulado el derecho al olvido. La joven insiste: “Superar un cáncer y solo encontrarte puertas cerradas te hace plantearte si realmente ha valido la pena luchar tanto”.


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