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El Constitucional cambiará su proyecto de sentencia sobre las devoluciones en caliente para permitirlas

La ponencia elaborada inicialmente prohibía expulsar a los inmigrantes sin estudiar previamente su situación

José María Brunet
Pleno limites Congreso
Fachada de la sede del Tribunal Constitucional, en Madrid. ÁLVARO GARCÍA

El Tribunal Constitucional va a cambiar su proyecto de sentencia sobre la ley de seguridad ciudadana y aceptará las expulsiones en caliente —que dicho texto preveía prohibir— para adaptar la legislación española a la sentencia que este jueves dictó el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH). Ese texto del alto tribunal solo había sido objeto de contactos preliminares, en los que ya se pudo comprobar que había una fuerte oposición interna a que los inmigrantes que saltan las vallas de Ceuta y Melilla sean tratados de la misma manera que los que tratan de ser acogidos en España por vías legales.

En todo caso, el Constitucional había decidido paralizar la deliberación de su sentencia sobre la ley de seguridad ciudadana hasta que hablara el Tribunal de Estrasburgo. Ahora esta situación transitoria continuará posiblemente varias semanas, hasta que el proyecto de sentencia del Constitucional se rehaga. No hay dudas sobre cuál será el sentido de esa modificación.

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El tribunal tiene una clara mayoría conservadora, cuyos criterios encajan con los del fallo de la justicia europea, y si la ponencia preparada sobre la ley mordaza proponía impedir las entregas inmediatas de inmigrantes ilegales era porque el texto estaba en manos de un ponente progresista, Fernando Valdés Dal-Ré. Las posiciones de este magistrado coinciden con las que propugnan las ONG y las organizaciones defensoras de derechos humanitarios.

Será en todo caso el propio Valdés quien ahora tenga que rehacer su proyecto de sentencia, sin que se produzca un cambio de ponente. Ello se debe a que, a diferencia de lo que ocurre en los tribunales colegiados de la justicia ordinaria, en el Constitucional el ponente asume siempre el criterio de la mayoría, se ajuste o no al suyo propio. El cambio en la ponencia podrá retrasar algo el debate, pero con toda probabilidad la sentencia sobre la ley de seguridad ciudadana se aprobará en uno de los próximos plenos, durante el mes de marzo o a lo sumo a comienzos de abril.

El cambio en la ponencia es prácticamente obligado, a la vista de la sentencia de Estrasburgo, en la medida en que el proyecto proponía expulsar del ordenamiento jurídico este tipo de devoluciones de los inmigrantes nada más saltar las vallas de Ceuta y Melilla. La habilitación para continuar con estas políticas se incluyó en la ley de seguridad ciudadana en una disposición adicional introducida de manera un tanto forzada en un texto previsto para otro tipo de cuestiones relacionadas con el orden público. En dicha disposición adicional, transparente en cuanto a sus intenciones, ya se mencionaba de forma directa y específica la problemática de Ceuta y Melilla ante la inmigración ilegal.

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Los recursos de inconstitucionalidad contra la ley mordaza, norma impulsada por el PP en 2015, unieron a diversas fuerzas políticas, desde el PSOE a CiU, pasando por el PNV, UPyD e IU. Cuando el PSOE llegó al poder, sin embargo, no frenó en seco las expulsiones en caliente. Por el contrario, ante iniciativas concretas de reforma de dicha ley, en 2018, el Gobierno reaccionó afirmando que era preciso esperar a la sentencia de Estrasburgo para no dar pasos en falso. El propio ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, se mostró entonces favorable a dejar como estaba la mencionada disposición sobre Ceuta y Melilla hasta el fallo definitivo de la justicia europea. El Gobierno siempre ha defendido que “no admisión” no significa “expulsión”, y de hecho, el pasado 29 de enero el secretario de Estado de Asuntos Exteriores, Fernando Martín Valenzuela, defendió en la sede de la ONU en Ginebra que la realidad es que España no estaba realizando repatriaciones de inmigrantes “sin el debido proceso” y sin garantías, y que “no caben expulsiones sumarias”.

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