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La Audiencia de Lugo absuelve al exalcalde de Muras de un delito de prevaricación

El tribunal considera que no hay pruebas de que el acusado “tuviese conocimiento de actuar en contra del derecho” al firmar resoluciones a favor de su esposa

Sede del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia en A Coruña.
Sede del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia en A Coruña.óscar corral


La sección segunda de la Audiencia de Lugo ha absuelto al exalcalde de Muras, Issam Alnag Azzam, del delito de prevaricación que le imputaba tanto la fiscalía como la acusación particular por haber firmado varias resoluciones de ámbito urbanístico en las que la interesada era su esposa. Las acusaciones pedían para el acusado una condena de 12 años de inhabilitación por un delito continuado de prevaricación pero el tribunal sostiene que no quedó acreditado que el entonces regidor actuase de forma deliberada en contra del derecho.

Issam Alnag, según el fiscal, concedió varias licencias, una de ellas enclavada en una parcela en suelo rústico, protegido y regulado dentro de los espacios naturales de la Red Natura. Además, “a sabiendas de que cometía una injusticia” supuestamente acordó en otra resolución la anulación de recibos correspondientes a la tasa de residuos sólidos urbanos de dos inmuebles en 2012, con providencia de apremio un año antes.

Invocando diversa jurisprudencia del Tribunal Supremo, el tribunal la Audiencia indica que aunque “es posible una nulidad de pleno derecho sin que la resolución sea constitutiva de delito”, resuelve que, en este caso, “ni tan siquiera consta que se haya declarado esa nulidad o se hayan recurrido o impugnado de alguna forma los acuerdos de la corporación local o del alcalde”.

Los jueces sostienen que “no se puede identificar o establecer una equivalencia automática entre una posible nulidad administrativa, que, según el perito, sería únicamente por haberse dictado por emisor manifiestamente incompetente, pero no respecto del contenido, y prevaricación penal”.

Además, los magistrados subrayan que tampoco se ha acreditado que el acusado tuviese “conocimiento de actuar en contra del derecho”. Para que exista delito de prevaricación, según recuerda el tribunal en el fallo, es exigible “actuar a sabiendas de la injusticia de la resolución, con plena conciencia de que se resuelve al margen del ordenamiento jurídico y de que ocasiona un resultado materialmente injusto, esto es, con intención deliberada y plena conciencia de la ilegalidad del acto realizado”, algo que, en este caso, considera que no ha quedado probado.

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Issam Alnag Azzam fue alcalde del ayuntamiento lucense de Muras durante 24 años, y fue juzgado el pasado 9 de julio. Los hechos que motivaron la denuncia y la acusación de la fiscalía por un supuesto delito continuado de prevaricación se produjeron entre 2010 y 2013. Azzam firmó desde la alcaldía hasta siete resoluciones urbanísticas que favorecían a su esposa con la que estaba casado en régimen de gananciales. La fiscalía y la acusación particular consideraron que los hechos eran suficientemente graves como para solicitar la pena de 12 años de inhabilitación especial para el ejercicio de cargo público.

De origen sirio, Issam Alnag encabezó la candidatura del Partido Popular durante más de dos décadas en este municipio de apenas 700 habitantes. Para las acusaciones, al tratarse de intereses del matrimonio, el político había “incumplido el deber de abstenerse al que estaba obligado y que le impedía intervenir personalmente en una actuación administrativa que le pudiese reportar cualquier clase de beneficio o ventaja personal”, señaló el fiscal en su escrito de acusación.

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