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Una juez dicta orden de búsqueda, captura e ingreso en prisión para el ‘estafador de mujeres’

La magistrada considera que existe riesgo de fuga, después que el acusado no se presente al juicio, por segunda vez

Albert Cavallé, presunto estafador de mujeres, en el juzgado de Hospitalet, en una imagen de archivo.
Albert Cavallé, presunto estafador de mujeres, en el juzgado de Hospitalet, en una imagen de archivo.Consuelo Bautista

Una juez ha dictado un auto de búsqueda, captura e ingreso en prisión para el estafador de mujeres después de que por segunda vez el acusado, que está huido de la justicia, no haya comparecido a este nuevo juicio en el que debía ser juzgado por estafar a otra víctima. El hombre estaba citado esta mañana en el juzgado de lo penal número 1 de Barcelona, en la Ciutat de la Justicia, a las 9.30 horas por haber estafado presuntamente 850 euros a otra víctima entre los años 2016 y 2017, pero por segunda vez no se ha presentado a la vista oral; la primera debía haberse celebrado el 31 de mayo, aunque ese día su abogado trató de justificar su incomparecencia.

Albert Cavallé, que ha estafado a diversas mujeres a las que previamente seducía, tiene cuatro sentencias firmes, así como varias causas judiciales todavía pendientes, aunque en estos momentos se encuentra huido de la justicia. Después de que esta mañana no se haya presentado por segunda vez en el juicio, en el que se enfrentaba a una pena solicitada por el ministerio fiscal superior a dos años de prisión, la magistrada de lo penal número 1 de Barcelona ha dictado un auto ordenando su búsqueda, captura e ingreso en prisión provisional, comunicada y sin fianza.

En su auto, la titular del juzgado de lo penal 1 de Barcelona constata que Albert Cavallé fue debidamente citado a este juicio de hoy, y que se le notificaron además los apercibimientos legales correspondientes en caso de incomparecencia, y en concreto la posibilidad de decretar la busca, captura e ingreso en prisión en caso de ausencia injustificada en la vista oral.

La magistrada recuerda en su auto que algunos de los requisitos previstos en la Ley de Enjuiciamiento Criminal, concretamente el 503, para decretar la prisión preventiva de un acusado es que haya indicios suficientes de criminalidad, la de asegurar su presencia en el proceso judicial, cuando pueda interferirse racionalmente un riesgo de fuga o para evitar que cometa delitos similares -se le ha acusado de estafar a al menos ocho mujeres-, entre otros.

La juez considera que, sin perjuicio de la valoración de la prueba, en este caso existen indicios de criminalidad suficientes y que por ello es “imprescindible” la presencia del acusado en el acto oral, pero que, sin embargo, Albert Cavallè no ha comparecido en anteriores señalamientos, lo que hace presumir racionalmente un riesgo de fuga.

Así, la magistrada avala la medida cautelar solicitada por el Ministerio Fiscal para que se ordene su búsqueda, captura e ingreso en prisión provisional, que se suma a las también emitidas por las secciones tercera y octava de la Audiencia de Barcelona. Las razones expuestas, dice la juez, “justifican por tanto la adopción de la medida cautelar de prisión provisional”, siendo esta “necesaria y proporcionada al fin concretamente perseguido, esto es, asegurar la presencia del acusado a juicio”.

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En su resolución, la magistrada dictamina así el ingreso en prisión provisional, comunicada y sin fianza para el estafador de mujeres, el cual será llamado por requisitorias para que en el término de diez días comparezca ante este juzgado, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde si no lo realiza. La jueza requiere, además, a los Mossos d’Esquadra que inserten esta orden en las bases de sus sistemas informáticos para su efectividad en todo el territorio estatal.

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