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Una mujer demanda a la Junta de Andalucía para que le permita ver a sus hermanos tutelados con más frecuencia

El centro de menores en el que viven los dos adolescentes solo les permite encuentros de dos horas al mes

Greyce Medina
Greyce Medina, el pasado lunes en la plaza de España de Sevilla.PACO PUENTES (EL PAÍS)
Javier Martín-Arroyo

Greyce Medina, de 25 años, no entiende cómo sus dos hermanos, tutelados por la Junta andaluza, no pueden verla con asiduidad para charlar y jugar, pese a que ella es la única familiar con la que mantienen lazos fuera del centro de tutela. Por eso, ha presentado una demanda contra el Gobierno autonómico en el juzgado de Familia de Sevilla, para que le permita recuperar un contacto más estrecho ―ahora vedado— y poder pasar días completos con sus hermanos, de 16 y 14 años, más allá de las dos horas al mes en las que únicamente les está permitido encontrarse.

Este caso ilustra las trabas con las que se topan los familiares de los menores tutelados por las comunidades autónomas, cuando se enfrentan a situaciones que ellos consideran injustas, según denuncian abogados especializados y las ONG. Cuando un equipo técnico de un centro de menores tutelados adopta medidas que afectan al régimen de visitas de los adolescentes —el único hilo con la realidad social más allá del edificio administrativo—, los familiares solo pueden recurrir las decisiones ante las comisiones provinciales de asuntos sociales (que suelen ratificar las decisiones de los centros) y la justicia. A menudo esta última opción es contraproducente, porque el atasco de los juzgados de familia suele dilatar la solución hasta la mayoría de edad de los menores, dado que los Ejecutivos dificultan el contacto de las familias con los menores cuando estas les han denunciado y les obligan a acudir a juicio para defenderse. El dilema de las familias es a veces un callejón sin salida.

“Solo me dijeron que le grité a la educadora, pero yo insistí en que me estaban llamando por teléfono para recordarme una cita en el punto de encuentro, cuando yo ya estaba allí”, lamenta Greyce Medina. “Y por perder los nervios 35 segundos por teléfono, no es justo que se penalice a mis hermanos, ellos son los perjudicados”. Ella admite que alzó la voz ante la educadora del centro San Antonio de Alcalá de Guadaíra (Sevilla), donde viven sus hermanos, el pasado 5 de febrero, pero alega que lo hizo porque esta le dijo que si quería, le podía quitar las visitas. “Y le dije que ella no era nadie para amenazarme con quitarme las visitas. Al lunes siguiente me llamó la directora para comunicarme su decisión”, comenta indignada Medina. Resultado: desde entonces sus hermanos la han visto solo dos horas al mes.

La Junta andaluza no da explicaciones bajo el pretexto de que la información requerida está ligada a dos menores. La directora del centro de tutela, Aurora Sánchez, aduce que debe guardar silencio, pero antes menciona que Medina “amenazó” a sus trabajadores. “Que yo no esté conforme con la restricción de visitas y que cuestione la profesionalidad del equipo técnico del centro y de la Junta no es una amenaza”, replica la aludida.

Después de que tanto el padre como la madre de Medina no pudieran criar a sus hijos por diferentes razones, hace un año Medina quedó como el único familiar adulto con posibilidad de educarlos. Pero la falta de recursos económicos le hizo desistir. La Consejería para la Igualdad y Bienestar Social andaluza se hizo cargo de la tutela y educación de los dos adolescentes. Entre mayo y noviembre de 2021 la Junta evaluó los encuentros de la hermana mayor con los dos más pequeños y los informes del técnico fueron favorables. De este modo, entre noviembre y enero pasados, Medina pudo pasar días enteros con ellos algunos fines de semana.

Pero el 5 de febrero, después del incidente con la educadora, todo cambió. Le redujeron las visitas a dos horas al mes y siempre de lunes a viernes, lo que la obligó a cambiar de turno y trabajar de noche si quería ver a sus hermanos. Ahora trabaja como teleoperadora en el turno de noche (de once de la noche a siete de la mañana) para poder visitar a sus hermanos en horario de mañana los días laborables. A veces también trabaja por las tardes para completar su salario, y comparte piso con otros jóvenes.

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Greyce Medina, el pasado lunes en Sevilla.
Greyce Medina, el pasado lunes en Sevilla. PACO PUENTES (EL PAÍS)

En su demanda judicial, Medina subraya que la Junta asumió la tutela provisional de sus dos hermanos en mayo de 2021, pero no le trasladó la resolución con el régimen de visitas, que estableció sin haber escuchado a los menores, ni a ella. “No puede ser admisible que a dos menores en plena adolescencia, a punto de alcanzar la mayoría de edad, se les limite la relación con el único familiar directo, hermana mayor de los mismos, sin una justa causa y sin que la misma suponga un peligro para sus hermanos, máxime teniendo la edad que tienen”, destaca el escrito, interpuesto por el abogado Manuel Pérez. “En 18 meses pondrán a la primera [menor] en la calle y al segundo en poco más de tres años (…) Con ese régimen de visitas tan restrictivo, que impide la más mínima relación entre hermanos, lo único que van a conseguir es el distanciamiento entre los hermanos, siendo Greyce el único apoyo con el que cuentan para cuando dejen de ser menores de edad”, censura el letrado.

La demanda prosigue: “Medina es la única persona que les puede ofrecer momentos de felicidad y distracción fuera del centro de acogida (…) Es indudable el daño moral y psicológico que se ocasiona a los menores y a su hermana (…) Los funcionarios de la Junta, como si de un muro de piedra se tratara, sin la menor empatía ni sensibilidad, se han negado a la relación entre hermanos”.

La joven reclama a la Junta pasar con sus hermanos ―hasta que sean adultos― dos sábados completos al mes y cuatro días de las vacaciones de verano, además de poder mantener conversaciones telefónicas diarias, con un mínimo de 15 minutos de duración. A preguntas de este diario, la Fiscalía de menores tutelados de Sevilla ha optado por el silencio al desconocer la demanda formulada y los detalles del caso.

El interés del menor

El artículo 94 del Código Civil establece el derecho de comunicación y visita de los menores con hermanos, abuelos y otros allegados, y el juez debe resolver “teniendo siempre presente el interés del menor”. Un educador social de otro centro de tutela andaluz que reclama anonimato augura sobre la demanda: “Hay que entenderse con el que manda porque si no te consideran referente positivo, restringen las comunicaciones. Aunque sea irracional la respuesta del centro, demandar al equipo técnico [psicólogo, trabajador y educador social] no suele ser efectivo”.

Marisina Mari, presidenta de la Fundación Conciencia, que trabaja para mejorar el sistema de protección de menores en todo el país, ha identificado una carencia generalizada en las tutelas de menores de los gobiernos autonómicos: “La Administración no trabaja en la vuelta hacia atrás para devolver los niños a las familias. No hay mala fe, pero no se intentan cursos de habilidades parentales, que deberían existir en todos los casos. Cuando el niño llora en las visitas, para que no llore se suprimen las visitas y se ignora la parte emocional del niño”.

Ella estima que existe una falta de adaptación de los protocolos al bienestar “real y emocional” del niño. “Apenas hay revisiones psicológicas de los menores, no cuidamos bien de ellos y no se mira por su parte emocional, que es importante y le puede llevar a drogadicciones o al suicidio”, critica. Esta experta considera que un psicólogo debería decidir sobre los puntos de encuentro, en vez de los técnicos habituales, y recomienda que un equipo técnico supervise la tutela y otro el régimen de visitas, como el caso de Medina.

La Junta andaluza mantiene 5.070 menores tutelados, 2.330 de ellos en centros y 3.045 con medidas de integración familiar, según datos oficiales. El abogado José Antonio Bosch, que ha llevado diversos casos de menores tutelados, reclama un análisis independiente para conocer si las medidas de acogimiento son eficaces. “La mayoría son niños sin formación, ni currículo académico, al 90% de los cuales les ponen en la calle y a nadie les importa, y la Junta ignora los resultados. Tendríamos que saber cuántos encuentran trabajo y cuántos ingresaron en la cárcel”. La Ley 4/2021 de Infancia y adolescencia de Andalucía establece un seguimiento, aunque limitado: “Durante al menos un año la Junta, en colaboración con los servicios sociales de las entidades locales, realizarán un seguimiento del proceso de integración social de las personas que hayan estado bajo su tutela”.

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Sobre la firma

Javier Martín-Arroyo
Es redactor especializado en temas sociales (medio ambiente, educación y sanidad). Comenzó en EL PAÍS en 2006 como corresponsal en Marbella y Granada, y más tarde en Sevilla cubrió información de tribunales. Antes trabajó en Cadena Ser y en la promoción cinematográfica. Es licenciado en Periodismo por la Universidad de Sevilla y máster de EL PAÍS.

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