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La Audiencia Nacional avala la decisión del juez García-Castellón de exonerar a Esperanza Aguirre e Ignacio González del ‘caso Púnica’

El auto coincide con el instructor y la Fiscalía Anticorrupción al afirmar que faltan indicios sólidos, y, aunque los hubiera, habrían prescrito

Esperanza Aguirre, entonces portavoz del PP en el Ayuntamiento de Madrid, tras testificar en la Audiencia Nacional, en una foto de 2017.
Esperanza Aguirre, entonces portavoz del PP en el Ayuntamiento de Madrid, tras testificar en la Audiencia Nacional, en una foto de 2017.Jaime Villanueva

La Audiencia Nacional ha avalado la decisión del juez del caso Púnica, Manuel García-Castellón, de archivar la pieza sobre la presunta financiación irregular del PP de Madrid entre 2007 y 2011 para los expresidentes madrileños Esperanza Aguirre e Ignacio González.

El auto de la sección cuarta de la Sala de lo Penal desestima el recurso interpuesto por la acusación popular ejercida por la Asociación de Abogados Demócratas por Europa (ADADE), cercana al PSOE, contra el auto de pase a procedimiento abreviado (equivalente a procesamiento) del juez. La acusación buscaba revocar el sobreseimiento para un total de 61 personas, entre las que también incluía a los exconsejeros del PP Manuel Lamela, Salvador Victoria o Juan José Güemes, a los empresarios Juan Miguel Villar Mir y Francisco Javier López Madrid, y al PP, al que quería que se le tuviera como responsable civil subsidiario.

En dicho auto, de octubre de 2022, el magistrado propuso juzgar al exconsejero madrileño Francisco Granados, al exgerente del PP de Madrid Beltrán Gutiérrez y a otros seis investigados por la presunta financiación irregular del partido en las elecciones autonómicas de 2011 y contratos de posicionamiento online de altos cargos.

El magistrado dejó entonces fuera de la causa a los expresidentes madrileños Esperanza Aguirre e Ignacio González, en sintonía con el criterio de la Fiscalía Anticorrupción, fundamentalmente debido a la prescripción y a la falta de indicios sólidos. Un año antes, el juez ya había sacado de la causa a la también expresidenta Cristina Cifuentes. La sala coincide con ese punto de vista. “No parece lógico que (...) después de casi 10 años de instrucción de las actuaciones y de más de cuatro de esta concreta pieza, se considere prematura la decisión de la prescripción de unos hechos que han sido concienzudamente investigados”, explica el auto.

La Sala afirma en su auto que “no consta” que la expresidenta madrileña y del PP de Madrid Esperanza Aguirre “haya utilizado los poderes que tenía adjudicados en su condición” de presidenta de Fundescam, de modo que “no solo puede concluirse que no hubo un uso indebido de los fondos de la fundación” por Aguirre, sino que de una conversación telefónica que mantuvo con Ignacio González, los magistrados deducen que “ignoraba cuáles eran las funciones de la indicada fundación”.

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En dicha conversación, que la acusación adujo en su recurso y el auto reproduce, ambos hablaban del “funcionamiento” de Fundescam y su supuesta utilización “como medio de financiación del Partido Popular madrileño” y en un momento determinado, Aguirre afirmó: “Que nos hayamos saltado el límite del dinero electoral para la campaña, pues, puede, pero, desde luego, Fundescam no ha pagado”.

Tras años de investigación, de los 79 imputados, el magistrado solo vio indicios para sentar en el banquillo a ocho. En el caso de Aguirre y González, los delitos de falsedad electoral vinculados a las elecciones autonómicas de 2007 y 2008 estarían prescritos, de modo que el juez decidió no enviarles a juicio. Además, recuerda la Sala, el juez no vio indicios del delito de malversación con respecto a González “al no existir dato alguno incriminatorio del plan confabulador de la élite del Partido Popular en pro de su financiación”.

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