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Justicia tendrá que indemnizar al exconsejero catalán Carles Mundó por los días que estuvo en prisión provisional por el ‘procés’

El Consejo General del Poder Judicial avala la petición del ‘exconseller’, que fue absuelto de malversación y condenado a multa e inhabilitación por desobediencia; reclama 19.400 euros de indemnización

Carles Mundo
Carles Mundó, Ada Colau y Oriol Junqueras, durante una visita a la cárcel Modelo en Barcelona.CARLES RIBAS
Reyes Rincón

El Ministerio de Justicia tendrá que compensar económicamente al exconsejero de Justicia de la Generalitat Carles Mundó por los 33 días que estuvo en prisión preventiva por su implicación en el procés. El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha avalado la petición de Mundó, lo que implica que el Gobierno tendrá que indemnizarlo, ya que la opinión del órgano de gobierno de los jueces es vinculante, aunque la cuantía la fijará el Ejecutivo. El Tribunal Supremo absolvió a Mundó de malversación y solo le condenó por desobediencia, un delito que no implica penas de cárcel, por lo que el exconseller ha reclamado una indemnización de 19.409, 81 euros, que equivalen a 588 euros por día en prisión.

Mundó fue encarcelado el 2 de noviembre de 2017 por orden de la entonces magistrada de la Audiencia Nacional Carmen Lamela, primera instructora del procés. La causa pasó después al Tribunal Supremo, y el magistrado Pablo Llarena dejó en libertad provisional a Mundó, ya que no le atribuyó rebelión como a otros investigados, sino solo malversación de fondos públicos y desobediencia. El exconsejero se sentó en el banquillo del Supremo junto a los otros 12 líderes independentistas, entre ellos el exvicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras, que fueron juzgados entre febrero y junio de 2019. La sentencia, notificada en octubre de ese año, absolvió a Mundó de malversación (delito por el que la Fiscalía pedía para él siete años de cárcel) y le condenó por desobediencia a multa de 10 meses, con una cuota diaria de 200 euros, un total de 60.000 euros.

Al hacer la liquidación de su condena, el Supremo le redujo la multa en 66 días (13.200 euros), a razón de dos días de multa por cada día que estuvo en prisión provisional, pero el exconsejero considera que debe ser indemnizado por “anormal funcionamiento de la Administración de Justicia” y el CGPJ, en un informe aprobado por la Comisión Permanente, le da la razón. El CGPJ basa su decisión en la jurisprudencia de la justicia europea, además de en la del propio Supremo y el Tribunal Constitucional. El Consejo no se pronuncia sobre el importe de la indemnización que reclama Mundó, cifra que debe fijar Justicia.

El exconsejero expone en su petición las “consecuencias” que tuvo para él y su familia aquella estancia en prisión y advierte de que le generó “unos daños que no tiene el deber de soportar”. Mundó alega consecuencias personales y recuerda que cuando ingresó en prisión, con 41 años y tres hijos menores, su sueldo representaba el 89,55% de los ingresos de la familia. Esto supuso, advierte, “un grave inconveniente para la economía familiar”, el cual “vino agravado por la necesidad de realizar desplazamientos para asistir a las visitas familiares en la cárcel de Estremera, a 632 kilómetros desde el domicilio familiar, situado en Gurb (Barcelona)”. “También en el ámbito familiar, tanto los padres mayores en su entorno, como los hijos menores en la escuela y su pareja, han tenido que soportar innumerables comentarios sobre su situación procesal y el encarcelamiento”, lamenta el exconsejero, que señala que sus hijos han necesitado la ayuda de psicólogos para gestionar la situación.

Mundó señala también que la empresa para la que prestaba servicios como abogado por cuenta ajena le suspendió el contrato el día que ingresó en prisión, y alude a otros daños morales y para su reputación personal, familiar y profesional. “La excepcional exposición mediática, con la aparición constante de la propia imagen presente en todos los medios, tanto en televisión, como en medios digitales y portadas en los principales periódicos, bajo la acusación de haber cometido delitos tan graves del Código Penal como son la rebelión, la sedición la malversación de fondos públicos, con peticiones de condena de hasta 24 años de cárcel, es una carga que, como se ha visto en la sentencia absolutoria, nunca debía de haber soportado, y mucho menos la prisión preventiva durante más de un mes”, se queja el exconsejero.

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Sobre la firma

Reyes Rincón
Redactora que cubre la información del Tribunal Supremo, el CGPJ y otras áreas de la justicia. Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en EL PAÍS, donde ha sido redactora de información local en Sevilla, corresponsal en Granada y se ha ocupado de diversas carteras sociales. Es licenciada en Periodismo y Máster de Periodismo de EL PAÍS.

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