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Los 10 puntos del real decreto de ahorro energético que la Comunidad de Madrid considera inconstitucionales

El Gobierno de Díaz Ayuso defiende que el apagado de escaparates a las 22.000 colisiona con su ley de libertad de horarios comerciales y ve un “choque” con su competencia autonómica de cuidado y uso de los edificios propios y con el desarrollo turístico

Medidas ahorro energetico Madrid
Fachada de la Real Casa de Correos encendida, a 2 de agosto de 2022, en Madrid (España), y a la que no afecta el apagado a las 22.00 por ser un Bien de Interés Cultural, según el Gobierno madrileño.Isabel Infantes (Europa Press)
J. VIÚDEZ

El Gobierno de la Comunidad de Madrid ha hecho públicos este martes los diez aspectos “inconstitucionales” que han detectado del decreto de ahorro energético aprobado por el Gobierno y que han anunciado que recurrirán al Tribunal Constitucional alegando que invade competencias autonómicas. Entre ellos, apuntan a una “colisión directa” entre el apagado de escaparates a las 22.00 y la Ley de Libertad de horarios comerciales de la Comunidad de Madrid, que permite abrir durante 24 horas; también hablan de un “choque” con la competencia de cuidado y utilización de edificios propios de la Comunidad de Madrid, que también tendrán que estar apagados a las 22.00 si no están ocupados, y con el desarrollo turístico; o la “defectuosa configuración del régimen sancionador”, que creen que puede llevar aparejada “vicios de legalidad o de constitucionalidad”.

El ministro de la Presidencia, Félix Bolaños, ha subrayado en un acto en Almería que el PP europeo está apoyando planes de ahorro energético más severos y afeado al líder del PP, Alberto Nuñez Feijóo que la presidenta madrileña Isabel Díaz Ayuso sea quien “manda en el PP”. “Trabajo tienen los abogados de la Comunidad de Madrid para poner de pie toda la colección de mentiras que se han dicho y convertirlo en un escrito que no haga enrojecer a la Presidencia de la Comunidad de Madrid”, ha añadido el ministro. Para presentar este tipo de recurso están legitimados el presidente del Gobierno, el Defensor del Pueblo, 50 diputados o 50 senadores, los órganos colegiados ejecutivos de las Comunidades autónomas, y en su caso, las Asambleas de las mismas.

El vicepresidente regional, Enrique Ossorio, ha precisado este martes que se dan un plazo de tres meses para plantear este recurso, hasta el 2 de noviembre, y que no lo harán hasta que pase la convalidación en el Congreso. “Ya lo tenemos preparado. El servicio jurídico ha hecho un magnífico informe de 35 folios que hay que convertir ahora en recurso de inconstitucionalidad”, ha avanzado a los periodistas en Madrid. “Este plazo tiene la ventaja de que si al final el decreto ley no fuera convalidado en el Congreso, moriría, y si se tramita como ley puede haber modificaciones y podríamos adecuar nuestro recurso a esas modificaciones”.

Ossorio ha subrayado que no se dan los supuestos para que el Estado invada competencias autonómicas y que, por ejemplo, el compromiso de reducción del consumo energético con Europa no se puede considerar dentro de esos supuestos porque todavía no es una obligación, ya que no se ha incorporado a un reglamento. El Consejo de la Unión Europea aprobó el pasado 5 de agosto el Reglamento 2022/1369 “sobre medidas coordinadas para la reducción de la demanda de gas”, que se ha publicado este lunes en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE), el equivalente al BOE a nivel supranacional.

Mañana miércoles entran en vigor algunas medidas del decreto de ahorro energético, como el control de temperaturas a 27 grados en verano y a 19 grados en invierno, en locales de ámbito administrativo, comercial, cultural, de restauración o de transporte; o el apagado a partir de las 22.00 de escaparates comerciales y edificios oficiales que estén ocupados. Con esta norma, el Gobierno busca contener un 7% el gasto de energía, como se ha acordado con Bruselas, frente al aumento de precios y el riesgo de que en otoño se hagan reales las amenazas de Moscú de un corte de suministro de gas a Europa. Todavía queda pendiente un plan de Contingencia Adicional que se debe remitir finales de septiembre.

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Estos son los 10 aspectos “inconstitucionales” de los que ha informado la Comunidad de Madrid:

1. No hay problemas con el suministro de gas. El Gobierno afirma en el decreto ley de ahorro energético que España no tiene problema con el suministro de gas por lo que, según la Comunidad de Madrid, decae “el carácter básico alegado por el Estado para invadir competencias autonómicas”, que es precisamente garantizar el suministro de gas. “Consideramos que no se pueden establecer mínimos ni máximos en las temperaturas de aire acondicionado y la calefacción”, añaden.

2. El acuerdo con Europa todavía no es obligatorio. Madrid cuestiona ese carácter básico de controlar el consumo de gas porque el acuerdo europeo que esgrime el Gobierno “no es obligatorio”.

3. Los cierres colisionan con las normas de lucha contra la pandemia. El cierre de puertas y de los locales y centros de trabajo choca con la normativa de Salud Pública dictada con ocasión de la pandemia por Covid-19, que establece necesidad de ventilación.

4. Informar sobre ahorro energético no ahorra energía. La obligación de instalar cartelería, pantallas, etc, para informar de las medidas de ahorro energético “no contribuye directamente a dicho ahorro energético”. “Invade competencias autonómicas sin justificación”, concluye.

5. No es “proporcional” apagar la iluminación generada con energía sostenible. La extensión de las prohibiciones a energías renovables o de autoconsumo excede la necesaria proporcionalidad del real decreto, según el gobierno madrileño. “Si lo que se pretende es ahorro de gas ¿por qué se prohíbe ese tipo de iluminación basada en otras fuentes de energía?”, se preguntan.

6. Los escaparates sin luz colisionan con la ley autonómica de libertad de horarios comerciales. El apagado de escaparates a las 22.00 “colisiona directamente” con la Ley de Libertad de horarios comerciales de la Comunidad de Madrid, que permite abrir las 24 horas del día. ¿Se puede cumplir esa norma con escaparates apagados?

7. Colisión con la competencia autonómica para utilizar los edificios de la Comunidad de Madrid. El apagado de edificios choca con la competencia de cuidado y utilización de edificios propios de la Comunidad de Madrid y con el desarrollo turístico.

8. Anticipar las revisiones podría ser un exceso. El adelanto puntual de la próxima inspección de eficiencia energética en instalaciones podría exceder las bases estatales, toda vez que la periodicidad de estas inspecciones no tiene carácter básico.

9. Las medidas duran más del tiempo de la previsión europea. La Comunidad de Madrid encuentra una “discrepancia” entre la duración prevista de las medidas entre la normativa europea, un año, y la indicada en las medidas del Real Decreto Ley, que está previsto mantener hasta octubre de 2023, más de un año.

10. El sistema de sanciones es defectuoso. La “defectuosa configuración del régimen sancionador” puede llevar aparejada “vicios de legalidad o de constitucionalidad” en las sanciones que pueden imponerse, tal y como sucedió en las derivadas de los estados de alarma durante la pandemia.


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Sobre la firma

J. VIÚDEZ
Es redactora de la sección de España, donde realiza labores de redacción y edición. Ha desarrollado la mayor parte de su trayectoria profesional en EL PAÍS. Antes trabajó en el diario Málaga Hoy y en Cadena Ser. Es licenciada en Periodismo por la Universidad Complutense y Máster de periodismo de EL PAÍS.

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